Otorgan autorización de generación de energía eléctrica térmica para consumo propio a Pesquera Rubí S.A.

Fecha de publicación19 Noviembre 2000
Fecha de disposición19 Noviembre 2000
Pág. 195121
NORMAS LEGALES
Lima, domingo 19 de noviembre de 2000
Otorgan autorización de generación
de energía eléctrica térmica para
consumo propio a Pesquera Rubí S.A.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 389-2000-EM/VME
Lima, 11 de octubre de 2000
Visto, el Expediente Nº 33112600, que incluye los
documentos con Registro Nºs. 1293569 y 1294298, sobre
otorgamiento de autorización para generación de energía
eléctrica de acuerdo con el Artículo 4º del Decreto Ley Nº
25844, presentado por PESQUERA RUBÍ S.A., persona
jurídica inscrita en la Partida Nº 11016273 de la Oficina
Registral de Lima y Callao.
CONSIDERANDO:
Que, PESQUERA RUBÍ S.A., ha solicitado autorización
para desarrollar actividades de generación de energía eléc-
trica para su propio consumo en las instalaciones existentes
de la Central Térmica RUBÍ de propiedad de la solicitante,
la que tiene una capacidad instalada de 3,60 MW;
Que, la petición se halla amparada en las disposiciones
contenidas en el Artículo 38º del Decreto Ley Nº 25844 y
el Artículo 67º de su Reglamento, aprobado por Decreto
Supremo Nº 009-93-EM, habiendo cumplido con los requi-
sitos legales de presentación;
Que, la Dirección General de Electricidad, luego de
haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido
con los requisitos estipulados en el Decreto Ley Nº 25844 y
su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-
EM, ha emitido el Informe favorable Nº 174-2000-EM/DGE;
Estando a lo dispuesto por el Artículo 6º del Decreto
Ley Nº 25844;
Con la opinión favorable del Director General de
Electricidad y del Viceministro de Energía;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Otorgar autorización por tiempo indefi-
nido a PESQUERA RUBÍ S.A. que se identificará con
Código Nº 33112600, para desarrollar actividades de ge-
neración de energía eléctrica para su propio consumo en
las instalaciones existentes de la Central Térmica RUBÍ,
de propiedad de la empresa solicitante, que operará en el
distrito y provincia de Ilo, departamento de Moquegua,
con una capacidad instalada de 3,60 MW.
Artículo 2º.- La empresa autorizada está obligada a
operar cumpliendo las normas técnicas y de seguridad,
preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patri-
monio Cultural de la Nación; así como a remitir la informa-
ción estadística y los requisitos establecidos en el Decreto
Ley Nº 25844, su Reglamento aprobado por Decreto Supre-
mo Nº 009-93-EM y otras normas legales pertinentes.
Artículo 3º.- La presente Resolución entrará en vi-
gencia el día de su publicación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE CHAMOT
Ministro de Energía y Minas
12138
MITINCI
Autorizan viaje de viceministro para
participar en reuniones sobre comer-
cio e integración, a realizarse en los
EE.UU. RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 175-2000-ITINCI
Lima, 17 de noviembre del 2000
CONSIDERANDO:
Que, en la ciudad de Washington - Estados Unidos de
América se desarrollará del 20 al 22 de noviembre del
2000, la "Reunión de la Red de Comercio e Integración de
las Américas" y la "Reunión de Representantes de Comer-
cio de los Estados Unidos de América" - USTR que se
realizarán en la sede del Banco Interamericano de Desa-
rrollo - BID;
Que, conforme al Artículo 5º del Decreto Ley Nº
25831, es función del Ministerio de Industria, Turis-
mo, Integración y Negociaciones Comerciales Inter-
nacionales, formular, dirigir, supervisar y evaluar la
política de integración y negociaciones comerciales
internacionales;
Que, en tal sentido se ha considerado necesaria la
participación de un representante del Ministerio de In-
dustria, Turismo, Integración y Negociaciones Comer-
ciales Internacionales;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto de
Urgencia Nº 058-2000, los Decretos Supremos Nº 053-84-
PCM, Nº 074-85-PCM, Nº 031-89-EF y Nº 135-90-PCM y la
Resolución Ministerial Nº 009-96-ITINCI/DM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje a la ciudad de Wa-
shington D.C. - Estados Unidos de América del 19 al 23 de
noviembre del 2000 del señor Alfredo Ferrero Diez Can-
seco, Viceministro de Integración y Negociaciones Co-
merciales Internacionales, para que en representación
del Ministerio, asista y participe en las reuniones señala-
das en la parte considerativa de la presente Resolución
Suprema.
Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente Resolución Suprema, serán de cargo del
Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negocia-
ciones Comerciales Internacionales, de acuerdo al si-
guiente detalle:
SR. ALFREDO FERRERO DIEZ CANSECO
Pasajes US$ 1,092.00
Viáticos US$ 880.00
Tarifa CORPAC US$ 25.00
Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no
libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos
aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Ricardo Márquez
Vicepresidente de la República
Encargado del Despacho Presidencial
GONZALO ROMERO DE LA PUENTE
Ministro de Industria, Turismo, Integración
y Negociaciones Comerciales Internacionales
13237
INTERIOR
Inician procedimiento disciplinario a
ex subprefectos de la provincia de
Cajabamba, departamento de
Cajamarca
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 1415-A-2000-IN/0901
Lima, 27 de octubre del 2000
Vista el Acta Nº 020-2000-IN-1300 del 25 de octu-
bre del 2000 de la Comisión Permanente de Procesos
Administrativos Disciplinarios del Ministerio del In-
terior en relación a la instauración de proceso admi-

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