22 010-2005-GR.LAMB./CR. - Garantizan la implementación y funcionamiento de los municipios escolares en instituciones de educación inicial, especial, primaria y secundaria en el ámbito de la Dirección Regional de Educación

Fecha de disposición08 Mayo 2005
Fecha de publicación08 Mayo 2005
Pág. 292250
NORMAS LEGALES
Lima, domingo 8 de mayo de 2005
Garantizan la implementación y funcio-
namiento de los municipios escolares
en instituciones de educación inicial,
especial, primaria y secundaria en el
ámbito de la Dirección Regional de
Educación
ORDENANZA REGIONAL
Nº 010-2005-GR.LAMB./CR.
Chiclayo, 28 de marzo de 2005
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL
DE LAMBAYEQUE;
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Lamba-
yeque en su Sesión Ordinaria de 14 de marzo de 2005, ha
aprobado la Ordenanza Regional siguiente:
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú en sus artículos
13º y 14º expresan que, la educación promueve el cono-
cimiento, el aprendizaje y la práctica de las humanidades;
asimismo prepara para la vida, el trabajo y fomenta la soli-
daridad, la formación ética y cívica; siendo la escuela un
espacio privilegiado para el desarrollo de políticas sobre
todo de carácter preventivo, en donde el niño, niña y ado-
lescente asume el concepto de participación ciudadana, el
ejercicio de la democracia y la promoción y protección de
los derechos humanos;
Que, el marco de la doctrina de protección de la niñez
y la infancia consagrada por la Convención de los Dere-
chos del Niño, aprobada y ratificada por el Congreso, me-
diante Resolución Legislativa Nº 25278 y el Código de los
Niños y Adolescentes aprobado por Ley Nº 26012, recono-
cen al niño, niña y adolescente como sujeto de derechos;
Que, sin embargo, la interiorización de estos derechos
sólo será posible si tiene experiencias vivenciales que le
permitan ejercer y reconocer equitativamente sus derechos
y responsabilidades, siendo primordial difundir, respetar y
ejercitar los derechos de opinión, organización y participa-
ción; razón por la que el paso a la escuela no sólo debe
permitir a los educandos el desarrollo de conocimientos y
habilidades, sino que se debe promover la incorporación
de valores cívicos y éticos que los forme como ciudadanos
y los prepare para su participación cívica y creativa en el
desarrollo de su comunidad y de su país;
Que, en este contexto, los municipios escolares son
organizaciones de niños, niñas y adolescentes en las
instituciones educativas de Educación Inicial, Especial, pri-
maria y Secundaria de Menores, a través de las cuales
desarrollan actividades en beneficio de sí mismos, de su
escuela, de su familia y comunidad; por lo que las activida-
des de los municipios escolares, tienen como ejes a la
opinión, participación y organización de los niños, niñas y
adolescentes;
Que, bajo este enfoque es de considerar a los munici-
pios escolares como un adecuado espacio pedagógico
de formación oportuna de liderazgos democráticos, de
información vital sobre los servicios básicos de la munici-
palidad en beneficio de la niñez, juventud y familia, y un
mecanismo de organización y participación informada
estudiantil, que además permitirá obtener un beneficio
directo e inmediato en los estudiantes, la renovación de
la escuela y de los roles docentes, una mejor articula-
ción del sistema educativo nacional y regional mediante
la recuperación de la responsabilidad educativa de las
instituciones y también un esfuerzo demostrativo que
repercutirá en los espacios familiares y comunales, ubi-
cando a los centros educativos como la primera y princi-
pal fuente de experimentación de una conducta demo-
crática y responsable de un desarrollo humano integral a
nivel nacional y regional;
Que, la implementación del programa de Municipios
Escolares se viene desarrollando exitosamente durante
los diez últimos años, habiéndose creado en virtud del
Convenio de Cooperación entre el Ministerio de Educación
y la Organización No Gubernamental Radda Barnner, apro-
bado mediante Resolución Ministerial Nº 375-94-ED, nor-
mada mediante las Directivas Nºs. 006-98-DINEIOUD-
GREEIP y 014-VMGP/UPCUD-98, habiéndose realizado
actividades con técnicos, docentes, directores, alumnos y
padres de familia de los centros educativos en todos los
niveles dentro del ámbito nacional;
Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 049-
2002-ED, se generalizó la organización y ejecución del
programa de Municipios Escolares en todos los centros
educativos de los niveles inicial, especial, primaria y
secundaria, y mediante Directiva Nº 005-VMGP. DINEIP-
2002, se reguló la organización, implementación y
funcionamiento de los municipios escolares a nivel na-
cional; y, habiéndose emitido por parte de la Dirección
Regional de Educación de Lambayeque la Directiva Nº
013-2005-GRLAM/DRE-DGP, por la cual se estipulan las
normas internas para la organización y funcionamiento
de los municipios escolares dentro de las instituciones
educativas del Gobierno Regional de Lambayeque, y al
amparo de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos
Regionales, conforme a lo dispuesto por su Artículo 47º,
inciso d) que atribuye las funciones específicas de estas
entidades en materia de educación, cultura, ciencia y
tecnología, deporte y recreación; y, siendo uno de los
principios fundamentales del Gobierno Regional de Lam-
bayeque velar por el respeto irrestricto de los derechos
fundamentales del niño, niña y adolescente de esta
Región, así como del Consejo Regional el ser constante
fiscalizador del cumplimiento de toda normatividad vi-
10 SECRETARIA DE LA COMISIÓN T5-05-675-5 1 1
DSECRDVS 1
11 SECRETARIA DE LA COMISIÓN T5-05-675-5 1 1
TPEPMECT
12 SECRETARIA DE LA COMISIÓN T5-05-675-5 1 1
SPMDH
13 SECRETARIA DE LA COMISIÓN T5-05-675-5 1 1
IPPAT
14 SECRETARIA DE LA COMISIÓN T5-05-675-5 1 1
RNGMA
15 SECRETARIA DE LA COMISIÓN T5-05-675-5 1 1
FAL
1.2 PRESIDENCIA REGIONAL Presidente R. 1 1 C. ELECTO
F-7
08720
CARGOS CLASIFICADOS CARGO TOTAL T.DEL CARGO APELLIDOS Y REM OBSERVACIÓN
ORD. NOMENCLATURA CÓDIGO ESTRUCT. Neces S/P P NOMBRES

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