SENTENCIA Exp. Nº 0019-2009-PI/TC - Declaran fundada en parte demanda de inconstitucionalidad interpuesta contra diversos artículos de la Ley N° 29277, Ley de la Carrera Judicial

Fecha de publicación13 Abril 2011
Fecha de disposición13 Abril 2011
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, miércoles 13 de abril de 2011
440918
Autorizan viaje de funcionaria para
participar en evento a realizarse en
Colombia
RESOLUCIÓN SBS Nº 4140-2011
Lima, 12 de abril de 2011
EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y
ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE
PENSIONES
VISTA:
La comunicación cursada por el Banco Interamericano de
Desarrollo (BID) a la Superintendencia de Banca, Seguros y
Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), en
el marco de la ejecución de la Cooperación Técnica RG-T1693
(ATN/SU-11502-RG), con el f‌i n de convocar a representantes
de esta Superintendencia para participar en el Taller de Trabajo
conjunto entre la Superintendencia Financiera de Colombia y
las contrapartes de Perú (SBS y CONASEV), el mismo que
se llevará a cabo del 12 al 15 de abril de 2011, en la ciudad de
Bogotá, República de Colombia;
CONSIDERANDO:
Que, la indicada cooperación técnica tiene por f‌i nalidad
desarrollar un estudio sobre la arquitectura institucional
y la gobernabilidad de los organismos de supervisión en
América Latina, a la luz de las experiencias regionales
y en particular del caso peruano y colombiano, con el
propósito de buscar soluciones que permitan a los países
de la región estar mejor preparados y contar con mejores
sistemas de supervisión y regulación para enfrentar los
desafíos de la innovación f‌i nanciera y la globalización de
los mercados f‌i nancieros;
Que, en el marco de la citada cooperación se ha
previsto la realización de un taller de trabajo conjunto entre
representantes de la Superintendencia Financiera de Colombia
y las contrapartes del Perú (SBS y CONASEV), cuyo tema
central será el desarrollo de la Matriz Integrada de Supervisión
en el contexto de una Supervisión Basada en Riesgos,
habiéndose realizado las coordinaciones necesarias para que
la representante de nuestra institución participe en las sesiones
que se llevarán a cabo el 14 y 15 de abril de 2011;
Que, en tanto los temas a tratar en el citado evento
serán de utilidad y aplicación directa para la mejora y
fortalecimiento del marco de regulación, supervisión del
sistema f‌i nanciero nacional, se ha designado a la señora
Mila Guillén Rispa, Jefe del Departamento de Regulación
de la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica, para
que en representación de esta Superintendencia participe
en el indicado taller;
Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y
Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones,
mediante Directiva SBS-DIR-ADM-085-14, ha dictado
una serie de Medidas Complementarias de Austeridad
en el Gasto para el ejercicio 2011 estableciéndose en el
Numeral 4.3.1., que se autorizarán los viajes al exterior
para participar en eventos cuyos objetivos obliguen la
representación sobre temas vinculados con negociaciones
bilaterales, multilaterales, foros, o misiones of‌i ciales
que comprometan la presencia de los funcionarios de la
Superintendencia, como el presente caso;
Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje de
la citada funcionaria para participar en la referida reunión,
cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos, viáticos y Tarifa
CORPAC, serán cubiertos por esta Superintendencia con
cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2011; y,
En uso de las facultades que le conf‌i ere la Ley Nº 26702
“Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de
Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y
Seguros”, y la Resolución Nº 3078-SBS y de conformidad
con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo
Nº 047-2002-PCM y en virtud a la Directiva sobre Medidas
Complementarias de Austeridad en el Gasto para el
ejercicio 2011, Nº SBS-DIR-ADM-085-14;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar el viaje de la señora Mila
Guillén Rispa, Jefe del Departamento de Regulación de la
Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica de la SBS,
a la ciudad de Bogotá, República de Colombia del 13 al
15 de abril de 2011, para los f‌i nes expuestos en la parte
considerativa de la presente Resolución.
Artículo Segundo.- La citada funcionaria, dentro de los
15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación,
deberá presentar ante el Superintendente de Banca, Seguros
y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones un
informe describiendo las acciones realizadas y los resultados
obtenidos durante el viaje autorizado.
Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el
cumplimiento de la presente autorización, según se
indica, serán cubiertos por esta Superintendencia con
cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2011,
de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes US$ 1 525,12
Viáticos US$ 600,00
Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga
derecho a exoneración o liberación de impuestos de
Aduana de cualquier clase o denominación a favor de la
funcionaria cuyo viaje se autoriza.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FELIPE TAM FOX
Superintendente de Banca, Seguros y
Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
627818-1
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Declaran fundada en parte demanda
de inconstitucionalidad interpuesta
contra diversos artículos de la Ley
EXPEDIENTE N.º 0019-2009-PI/TC
Expediente N.º 0019-2009-PI/TC
LIMA
ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DEL CALLAO
SENTENCIA
DEL PLENO JURISDICCIONAL DEL
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DEL PERÚ
DEL 21 DE MARZO DE 2011
PROCESO DE
INCONSTITUCIONALIDAD
Ilustre Colegio de Abogados del Callao c/. diversos
artículos de la Ley 29277, Ley de la Carrera Judicial
Síntesis
Proceso de inconstitucionalidad contra diversos
artículos de la Ley 29277, Ley de la Carrera Judicial.
Magistrados f‌i rmantes
MESÍA RAMÍREZ
ÁLVAREZ MIRANDA
BEAUMONT CALLIRGOS
CALLE HAYEN
ETO CRUZ
URVIOLA HANI
Sumario
I. ASUNTO
II. DEMANDA Y CONTESTACIÓN DE LA
DEMANDA

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