1007 109-99-EM - Autorizan viaje de funcionarios del INGEMMET a Bolivia, en comisión de servicios

Fecha de disposición20 Agosto 1999
Fecha de publicación20 Agosto 1999
Pág. 177044
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 20 de agosto de 1999
Que, en consecuencia es necesario autorizar el correspon-
diente viaje;
De conformidad con lo dispuesto en el numeral 2.5 de la
Directiva de Gestión y Proceso Presupuestario aprobada me-
diante Resolución Ministerial Nº 292-98-EF/15;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar, el viaje del Dr. Antonio Carme-
lino Cornejo, Jefe de la Oficina Legal de ELECTROPERU
S.A., a la ciudad de Cambridge, Massachusetts, Estados
Unidos de América, del 1 al 7 de agosto de 1999, para el fin
a que se refiere la parte considerativa de la presente
Resolución.
Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la
presente Resolución, que ascienden a US$ 5,377.44 (Cinco Mil
Trescientos Setentisiete y 44/100 Dólares Americanos) serán
cubiertos por ELECTROPERU S.A., de acuerdo al siguiente
detalle:
Pasajes US$ 1,312.44
Viáticos (US$ 220.00 x 7 días) US$ 1,540.00
Inscripción US$ 2,500.00
Tarifa CORPAC US$ 25.00
-------------
TOTAL US$ 5,377.44
Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no dará
derecho a exoneración o liberación de impuestos o de derechos
aduaneros de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
DANIEL HOKAMA TOKASHIKI
Ministro de Energía y Minas
10761
Autorizan viaje de funcionarios del IN-
GEMMET a Bolivia, en comisión de
servicios
RESOLUCION SUPREMA
Nº 109-99-EM
Lima, 19 de agosto de 1999
Visto el Oficio Nº 288-99-INGEMMET/DT, de fecha 5 de
agosto de 1999, del Director Técnico del Instituto Geológico
Minero y Metalúrgico - INGEMMET, solicitando autorización
de viaje para dos funcionarios;
CONSIDERANDO:
Que, INGEMMET viene ejecutando estudios geológicos en
el marco del Proyecto Multinacional Andino (MAP), en el que
participan los Servicios Geológicos de Argentina, Bolivia, Chile
y Perú con la Asesoría del Servicio Geológico de Canadá y el
financiamiento de la Agencia Internacional de Desarrollo de
Canadá (CIDA);
Que, el Comité Ejecutivo del Proyecto MAP, acordó que la
próxima Reunión se lleve a cabo en Santa Cruz, Bolivia con la
finalidad de definir el Programa de Actividades para el año 2000,
y se planifique el Estudio Aeromagnético en la zona fronteriza
entre Perú, Chile y Bolivia, del 21 al 22 de agosto de 1999;
Que, adicionalmente se llevarán a cabo dos reuniones de
carácter técnico, una para definir el financiamiento y edición
del Mapa de recursos minerales del área fronteriza entre Chile,
Argentina, Bolivia y Perú, el 20 de agosto de 1999, y otra sobre
el levantamiento Geofísico Aéreo en Perú, Bolivia, y Chile, el 19
de agosto de 1999, dirigida a atraer la inversión de la empresa
privada para el levantamiento;
Que, el Consejo Directivo del INGEMMET en su Sesión Nº
636, de fecha 26 de julio de 1999, mediante Acuerdo Nº 022-99,
aprobó la participación del Ing. Juan Mendoza Marsano, Pre-
sidente del Consejo Directivo para que viaje del 20 al 23 de
agosto de 1999 y del Ing. Oscar Palacios Moncayo, Director
General de Geología, del 19 al 21 de agosto de 1999, a Santa
Cruz, Bolivia;
Que, en consecuencia es necesario autorizar el corres-
pondiente viaje;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo
Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y el Decreto Supremo Nº 135-
90-PCM; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje a Santa Cruz, Bolivia, del 20
al 23 de agosto de 1999, del Ing. Juan Mendoza Marsano,
Presidente del Consejo Directivo y del 19 al 21 de agosto de
1999, del Ing. Oscar Palacios Moncayo, Director General de
Geología, del INGEMMET, para el fin a que se refiere la parte
considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la
presente Resolución que ascienden a US$ 1,358.60 (Mil Tres-
cientos Cincuentiocho y 60/100 Dólares Americanos) serán
cubiertos por el INGEMMET de acuerdo al siguiente detalle:
Ing. Juan Mendoza Marsano
Pasajes aéreos US$ 454.30
Viáticos (US$ 200.00 x 4 días) US$ 800.00
Tarifa CORPAC US$ 25.00
------------
TOTAL US$ 1,279.30
Ing. Oscar Palacios Moncayo
Pasajes aéreos US$ 454.30
Viáticos (US$ 200.00 x 3 días) US$ 600.00
Tarifa CORPAC US$ 25.00
------------
TOTAL US$ 1,079.30
Financiamiento de la Agencia
Internacional de Desarrollo de
Canadá (CIDA) US$ 1,000.00
------------
TOTAL US$ 79.30
Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no dará
derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos de
ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
DANIEL HOKAMA TOKASHIKI
Ministro de Energía y Minas
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Otorgan concesión definitiva a ELEC-
TRO UCAYALI S.A. para desarrollar
actividades de transmisión de energía
eléctrica en la provincia de Coronel
Portillo
RESOLUCION SUPREMA
Nº 110-99-EM
Lima, 19 de agosto de 1999
Visto el Expediente Nº 14086598, que incluye los documen-
tos con Registros Nºs. 1187811, 1191484, 1198304, 1199260 y
1240090, sobre otorgamiento de concesión definitiva para desa-
rrollar actividades de transmisión de energía eléctrica de
acuerdo con el Decreto Ley Nº 25844, presentado por Empresa
Concesionaria de Electricidad de Ucayali S.A. - ELECTRO
UCAYALI S.A., persona jurídica inscrita en el asiento 01, folio
315, tomo 34 del Registro Mercantil de Pucallpa.
CONSIDERANDO:
Que, la petición se halla amparada en las disposiciones
contenidas en el Artículo 25º del Decreto Ley Nº 25844 y
artículos pertinentes de su Reglamento aprobado por Decreto
Supremo Nº 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos
legales de presentación;
Que, la solicitud de concesión definitiva de transmisión
comprende la línea eléctrica C.T. Yarinacocha - S.E. Reparti-
ción de Pucallpa de 60 kV de tensión, de propiedad de la
solicitante, en las zonas comprendidas dentro de las coordena-
das que figuran en el expediente;
Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber
verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los
requisitos estipulados en el Decreto Ley Nº 25844 y su Regla-
mento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, ha emiti-
do el Informe favorable Nº 068-99-EM/DGE;
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 53º del
Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por

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