RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0680/RE - Autorizan viaje de funcionaria de la Dirección de Archivo General y Documentación del Ministerio a Ecuador, en comisión de servicios

Fecha de publicación05 Junio 2008
Fecha de disposición05 Junio 2008
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, jueves 5 de junio de 2008
373450
integrante de la Junta de Vigilancia de los Traductores
Públicos Juramentados, representante del Colegio de
Traductores Públicos del Perú, con efectividad al 06 de
marzo de 2008.
Artículo Segundo.- Dar término al nombramiento de
la Magister Rosario Valdivia Paz-Soldán, como integrante
de la Junta de Vigilancia de los Traductores Públicos
Juramentados, representante de la Universidad Ricardo
Palma, con efectividad al 06 de marzo de 2008.
Artículo Tercero.- Dar las gracias a la Magister
Gabriela Victoria García Salazar, y a la Magister Rosario
Valdivia Paz-Soldán, por los servicios prestados en la Junta
de Vigilancia de los Traductores Públicos Juramentados.
Artículo Cuarto.- Nombrar como integrante de la Junta
de Vigilancia de los Traductores Públicos Juramentados,
a la Vicedecana del Colegio de Traductores Públicos del
Perú, Licenciada Giselly Guillén Castillo, representante del
Colegio de Traductores Públicos del Perú, con efectividad
al 6 de mayo de 2008;
Artículo Quinto.- Nombrar como integrante de la Junta
de Vigilancia de los Traductores Públicos Juramentados,
a la Licenciada Rosa Luna García, representante de la
Universidad Ricardo Palma, con efectividad al 06 de mayo
de 2008.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAUNDE
Ministro de Relaciones Exteriores
207510-1
Autorizan viaje de funcionaria de
la Dirección de Archivo General
y Documentación del Ministerio a
Ecuador, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0680/RE
Lima, 30 de mayo de 2008
CONSIDERANDO:
Que, la Embajada del Perú en el Ecuador mantiene
documentos que datan de varias décadas los cuales
carecen de la organización técnica archivística
adecuada;
Que, por tratarse de documentos en los que se
hayan registrados acontecimientos de alta importancia
para la historia del Perú, se requiere el concurso de una
especialista que efectúe un diagnóstico, evaluación y
organización del Archivo de la Embajada del Perú en la
República del Ecuador, para lo cual la Dirección de Archivo
General y Documentación ha propuesto a la señora Maité
Sandra Ibarra Castro, archivera que cumple funciones en
la Subsecretaría para Asuntos Multilaterales, a f‌i n que se
encargue de dicha tarea;
Que, el indicado diagnóstico, evaluación y organización
está previsto para el período comprendido entre el 5 de
junio y el 31 de julio de 2008, por lo que la mencionada
señora deberá viajar para permanecer en la ciudad de
Quito, República del Ecuador, durante dicho período;
Teniendo en cuenta el Mensaje Nº L-QUITO20081042,
de la Embajada del Perú en la República del Ecuador,
de 15 de mayo de 2008; el Memorándum (AGD) N°
AGD0598/2008, del Archivo General y Documentación,
de 26 de mayo de 2008; y la comunicación de 2 de junio
de 2008;
De conformidad con el inciso m) del artículo 5º del
Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de
Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619, que regula
la autorización de viajes al exterior de servidores y
funcionarios públicos, su modif‌i catoria la Ley Nº 28807,
que establece que los viajes of‌i ciales al exterior de
servidores y funcionarios públicos se realicen en clase
económica, y su Reglamento, aprobado mediante el
Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modif‌i catoria el
Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM; el numeral 8.2 del
artículo 8º de la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2008; y el artículo 1764º
y siguientes del Código Civil peruano;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar el viaje de señora Maité
Sandra Ibarra Castro, archivera de la Dirección de Archivo
General y Documentación, del Ministerio de Relaciones
Exteriores, a la ciudad de Quito, República del Ecuador,
del 5 de junio al 31 de julio de 2008, con la f‌i nalidad de
organizar, de acuerdo a los procedimientos archivísticos
los documentos de la Embajada del Perú en Quito,
República del Ecuador.
Artículo Segundo.- Los gastos por concepto de
pasajes que irrogue el viaje de la señora Maité Sandra
Ibarra Castro, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal
del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 01478:
Vigilancia y Conservación de Documentos de la Institución,
debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no
mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de
acuerdo con el siguiente detalle:
Nombres y Apellidos Pasajes
US$
Tarifa
aeropuerto
US$
Maité Sandra
Ibarra Castro 889.37 30.25
Artículo Tercero.- Los gastos por concepto de
viáticos, que irrogue el viaje de la señora Maité Sandra
Ibarra Castro, serán asumidos por la Asignación para
Gastos de Funcionamiento y Gestión de la Embajada del
Perú en la República del Ecuador.
Artículo Cuarto.- Dentro de los quince (15) días
calendario siguientes al término de lo encomendado, la
mencionada funcionaria deberá presentar ante el señor
Ministro de Relaciones Exteriores, un informe de las
acciones realizadas durante el viaje autorizado.
Artículo Quinto.- La presente Resolución no da
derecho a exoneración ni liberación de impuestos de
ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE
Ministro de Relaciones Exteriores
208984-1
SALUD
Crean la Estrategia Nacional “Médico
de Familia”
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 377-2008/MINSA
Lima, 3 de junio del 2008
Vistos, los Expedientes Nºs. 08-040963-001, 08-
036800-001, 08-036799-001, 08-040963-002 y 08-
032327-001; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 9º de la Constitución Política de 1993
establece que el Estado determina la política nacional de
salud, por lo que el Poder Ejecutivo norma y supervisa su
aplicación y es responsable de diseñarla y conducirla en
forma plural y descentralizadora para facilitar a todos el
acceso equitativo a los servicios de salud;
Que, el numeral II del Título Preliminar de la Ley
Nº 26842, Ley General de Salud, establece que la
protección de la salud es de interés público; por tanto, es
responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla;
asimismo, el numeral VI del mismo Título, señala que es
responsabilidad del Estado promover las condiciones que
garanticen una adecuada cobertura de prestaciones de
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