08 139-2005-PCM - Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comisión de delito contra la función jurisdiccional, contra la fe pública y de tráfico ilícito de personas

Fecha de publicación10 Mayo 2005
Fecha de disposición10 Mayo 2005
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NORMAS LEGALES
Lima, martes 10 de mayo de 2005
Suprema, vinculadas a sus fines propios, efectuada por
las instituciones deportivas a que se refiere el inciso b)
del artículo 19º de la Ley del Impuesto a la Renta, apro-
bada por el Decreto Legislativo Nº 774, y que cuenten
con la calificación del Instituto Peruano del Deporte;
Que, el Decreto Supremo Nº 076-97-EF, modificado
por el Decreto Supremo Nº 139-2004-EF, establece los
procedimientos y requisitos que deben cumplir las insti-
tuciones deportivas a fin de obtener la autorización para
la inafectación del Impuesto General a las Ventas;
Que, la institución solicitante ha cumplido con los re-
quisitos exigidos por las normas precitadas;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27444,
el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, el Decreto Supremo
Nº 076-97-EF modificado por el Decreto Supremo
Nº 139-2004-EF; y,
Con la opinión técnica del Instituto Peruano del
Deporte; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorízase la inafectación del Impuesto
General a las Ventas a la importación realizada por la
Federación Deportiva Peruana de Gimnasia, identifica-
da con RUC Nº 20212500314, de los bienes consigna-
dos en la Resolución Nº 332-2004-P/IPD del 23 de julio
de 2004, con un valor F.O.B. de US$ 72 593,68 (Setenta
y dos mil quinientos noventa y tres y 68/100 Dólares de
Estados Unidos de América) según la Declaración Úni-
ca de Aduana Nº 118-2004-10-107929-01-3-00.
Los bienes señalados en el párrafo precedente de-
berán destinarse exclusivamente al cumplimiento de los
fines deportivos de la citada asociación.
Artículo 2º.- Transcríbase la presente Resolución
Suprema a la Superintendencia Nacional de Administra-
ción Tributaria (SUNAT), al Instituto Peruano del Deporte
y a la Federación Deportiva Peruana de Gimnasia.
Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DAVID WAISMAN RJAVINSTHI
Segundo Vicepresidente de la
República, encargado del Despacho
de la Presidencia de la República
CARLOS FERRERO
Presidente del Consejo de Ministros
08863
Autorizan a procurador iniciar accio-
nes legales contra presuntos responsa-
bles de la comisión de delito contra la
función jurisdiccional, contra la fe pú-
blica y de tráfico ilícito de personas
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 139-2005-PCM
Lima, 6 de mayo de 2005
Visto, el Oficio Nº 418-2005(PRE) del Presidente del
Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del
Estado - CONSUCODE;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 3º de la Resolución Nº 090-2005-
CONSUCODE/PRE del Presidente del Consejo Supe-
rior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado -
CONSUCODE, se pronuncia por el inicio de las accio-
nes penales correspondientes contra el señor Camilo
Ernesto Montoya Esteves, representante legal de la
empresa RODEL S.R.L., por la presunta comisión de los
delitos contra la función jurisdiccional (falsa declaración
en procedimiento administrativo) y contra la fe pública,
en agravio del CONSUCODE;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley
Nº 17537, Ley que crea el Consejo de Defensa Judicial
del Estado, modificado por el Decreto Ley Nº 17667, el
Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo,
modificado por la Ley Nº 27779, la Ley Nº 27444, Ley del
Procedimiento Administrativo General, el Texto Único
Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones
del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-
PCM y el Reglamento de Organización y Funciones de
la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por
Decreto Supremo Nº 067-2003-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar a la Procuradora Pública a
cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del
Consejo de Ministros para que, en representación y de-
fensa de los intereses del Estado, inicie e impulse las
acciones judiciales correspondientes contra el señor
Camilo Ernesto Montoya Esteves, representante legal
de la empresa RODEL S.R.L., de conformidad con la
Resolución Nº 090-2005-CONSUCODE/PRE, que consti-
tuye parte integrante de la presente Resolución Ministe-
rial.Artículo 2º.- Remitir los antecedentes a la Procura-
dora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la
Presidencia del Consejo de Ministros, para los fines a
que se contrae la presente Resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS FERRERO
Presidente del Consejo de Ministros
08831
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 140-2005-PCM
Lima, 6 de mayo de 2005
Visto, el Oficio Nº 409-2005-P/IPD, del Presidente del
Instituto Peruano del Deporte - IPD;
CONSIDERANDO:
Que, el Informe Especial Nº 007-OCI/IPD-2005 - Infor-
me Especial a la Dirección Regional del IPD - Arequipa -
Caso Viaje a Perugia - Italia, del Órgano de Control del
Instituto Peruano del Deporte - IPD, recomienda que de
acuerdo a los fundamentos de hecho y de derecho conte-
nidos en él, se interponga la denuncia penal correspon-
diente contra los señores Pastor Efraín Bernedo Vera,
ex Director Regional del Instituto Peruano del Deporte de
Arequipa y el señor Noland Oswaldo Huaylla Huachani,
Presidente de la Liga Distrital de Kung Fu, por la presun-
ta comisión del delito de tráfico ilícito de personas, de
conformidad con el artículo 303º - A del Código Penal;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley
Nº 17357, Ley que crea el Consejo de Defensa Judicial
del Estado, modificada por Decreto Ley Nº 17667, Ley
Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control
y de la Contraloría General de la República, la Ley
Nº 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte y
el Reglamento de Organización y Funciones de la
Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante
el Decreto Supremo Nº 067-2002-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar a la Procuradora Pública a
cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del
Consejo de Ministros para que, en representación y de-
fensa de los intereses del Estado, inicie e impulse las
acciones judiciales correspondientes contra las perso-
nas indicadas en el Informe Especial Nº007-OCI/IPD-
2005 - Informe Especial a la Dirección Regional del IPD
- Arequipa - Caso Viaje a Perugia - Italia, del Órgano de
Control Institucional del Instituto Peruano del Deporte -
IPD, que constituye parte integrante de la presente Re-
solución Ministerial.

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