Fujimori deberá cumplir condena

Por Karem Barboza Quiroz

La Sala Penal Especial de la Corte Suprema ratificó ayer por unanimidad la anulación del indulto humanitario que Pedro Pablo Kuczynski le otorgó a Alberto Fujimori el 24 de diciembre del 2017.Por la decisión, Fujimori seguirá cumpliendo su condena de 25 años de cárcel por los casos Barrios Altos y La Cantuta en el penal de Barbadillo ?en la Diroes de Ate?, a donde reingresó el 23 de enero luego de que le dieran el alta médica en la clínica Centenario. En este lugar había estado internado desde el 3 de octubre del año pasado, día en que el juez supremo de investigación preparatoria Hugo Núñez anuló la gracia presidencial.La resolución de la Sala Penal Especial ?firmada por los jueces supremos Jorge Salas Arenas, José Neyra y Zavina Chávez? señala que el juez Núñez cumplió con anular ?una decisión administrativa con la que se pretendía obstruir la ejecución judicial de la condena en marcha?.A continuación, los principales argumentos de la sala y la vía legal por la que la defensa de Fujimori podría optar más adelante.1El Caso CrousillatLa sala remarcó en su resolución que los indultos ?pueden ser anulados en vía jurisdiccional?, según lo estableció el Tribunal Constitucional (TC) en el caso de José Enrique Crousillat. Rechazó así la argumentación de la defensa de Alberto Fujimori respecto a que el indulto otorgado extinguió la condena y adquirió la calidad de cosa juzgada. Por tanto, indicaron los jueces, al determinar que el indulto no cumplió los principios constitucionales en el procedimiento, este puede ser anulado.2El control de convencionalidadSegún la sala suprema, en el caso de Crousillat el TC no restringió la revisión de un indulto a tribunales de asuntos constitucionales. Sostuvo que el término ?control constitucional? dispuesto por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) ?cuando revisó el indulto? no debe restringirse a un espacio ?constitucional concentrado?, ya que en el Perú existe un sistema mixto; y revisar el caso en un sistema constitucional interrumpiría la ejecución de la sentencia. Por tanto, los jueces ordinarios o de ejecución tienen la potestad de evaluar el control de constitucionalidad, pero también el control de convencionalidad. En consecuencia, la sala rechazó los argumentos de la defensa de Fujimori. Esta sostuvo que la validez del indulto debía ser revisada por un juez constitucional y no penal.3Cumplimiento de la legislación y normas internacionalesEl tribunal remarcó...

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