1007 393-2004-DE/FAP-CP - Autorizan viaje de personal FAP a la República Francesa para recibir cursos de capacitación sobre planeamiento, programación y conducción de operaciones aéreas

Fecha de publicación27 Marzo 2004
Fecha de disposición27 Marzo 2004
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NORMAS LEGALES
Lima, sábado 27 de marzo de 2004
lo establece el literal k) del artículo 15º de la Ley Nº 28128,
Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2004;
Que, el costo del pasaje será íntegramente asumidos
por la Organización de Estados Americanos - OEA;
Que, la Comisión para la Promoción de Exportaciones
- PROMPEX, es un Organismo Público Descentralizado
del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCE-
TUR, conforme al literal c) del artículo 6º de la Ley Nº 27790,
Ley de Organización y Funciones del MINCETUR;
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legis-
lativo Nº 560, modificado por la Ley Nº 27779, Ley Nº 27619
y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-
2002-PCM, e inciso k) del artículo 15º de la Ley Nº 28128 -
Ley del Presupuesto del Sector Público para el ejercicio
fiscal 2004;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Miguel Viaña
Rosa Pérez, Funcionario de la Gerencia de Promoción de
Mercados del Sector Manufacturas Diversas y Artesanías,
de la Comisión para la Promoción de Exportaciones -
PROMPEX, a la ciudad de La Paz, Bolivia, del 28 al 31 de
marzo del 2004, para los fines expuestos en la parte consi-
derativa de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento
de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pre-
supuesto del Pliego 008 Comisión para la Promoción de
Exportaciones, del Sector 35 Comercio Exterior y Turismo,
Unidad Ejecutora 001 Comisión para la Promoción de Ex-
portaciones, Función 11 Industria, Comercio y Servicio,
Programa 040 Comercio, Subprograma 0110 Promoción
Externa del Comercio, de acuerdo al siguiente detalle:
- Viáticos : US$ 450.00
- Tarifa CORPAC : US$ 28.24
Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario
siguientes a la realización del viaje, el representante de
PROMPEX, autorizado mediante el Artículo 1º de la pre-
sente resolución, presentará al Titular de la entidad un in-
forme detallado sobre las acciones realizadas y los logros
obtenidos en la reunión a la que asistirá.
Artículo 4º.- La presente Resolución no da derecho a
exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de
ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALFREDO FERRERO
Ministro de Comercio Exterior y Turismo
06205
DEFENSA
Autorizan viaje de personal FAP a la
República Francesa para recibir cursos
de capacitación sobre planeamiento,
programación y conducción de
operaciones aéreas
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 393-2004-DE/FAP-CP
Lima, 23 de marzo de 2004
Visto el Oficio V-50-EMIN-Nº 0203 del 15 de marzo del
2004 del Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aé-
rea del Perú y Papeleta de Trámite Nº 1232-SGFA del 15
de marzo del 2004 del Secretario General de la Fuerza
Aérea del Perú;
CONSIDERANDO:
Que, el Comandante FAP CHAPARRO PINTO Jorge
Luis y el Mayor FAP COSSIO ESCOBEDO Antonio Ernes-
to, han sido designados para participar en el Curso Q-2:
ABPMC (Air Battle Planning and Management Course), del
4 al 17 de julio del 2004 y en el Curso Q-1 ABETC (Air
Battle Elementary Course), del 28 de marzo al 10 de abril
del 2004, respectivamente, en el Centro de Análisis y
Simulación de Operaciones Aéreas de Taverny, en la Repú-
blica Francesa;
Que, los gastos de hospedaje, transporte y alimenta-
ción serán solventados por la institución anfitriona, no irro-
gando gasto al Tesoro Público;
Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11º del
Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio
del 2002, los viajes al extranjero que no ocasionen ningún
tipo de gasto al Estado, serán autorizados mediante Reso-
lución del Titular del sector correspondiente;
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27619 -
Ley que regula los viajes al exterior de Servidores y Fun-
cionarios Públicos, su Reglamento aprobado por Decreto
Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002 y
la Ley Nº 28128 - Ley del Presupuesto del Sector Público
para el Año Fiscal 2004;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión
de Servicio a la República Francesa, al personal de la Fuer-
za Aérea que se indica a continuación, con la finalidad que
participen en los cursos de capacitación en el ámbito de
planeamiento, programación y conducción de operaciones
aéreas, a realizarse en la Base Aérea de Taverny:
Curso Q-1 ABETC (Air Battle Elementary Course)
Del 28 de marzo al 10 de abril del 2004:
Mayor FAP COSSIO ESCOBEDO Antonio Ernesto
Curso Q-2: ABPMC (Air Battle Planning and Manage-
ment Course)
Del 4 al 17 de julio del 2004:
Comandante FAP CHAPARRO PINTO Jorge Luis
Artículo 2º.- El Comandante General de la Fuerza Aé-
rea queda facultado para variar la fecha de inicio y término
de la autorización a que se refiere el artículo 1º, sin exce-
der el total de días autorizados.
Artículo 3º.- Los gastos de hospedaje, transporte y ali-
mentación serán solventados por la institución anfitriona,
no irrogando gasto al Tesoro Público.
Artículo 4º.- La presente Resolución no dará derecho
a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de nin-
guna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN
Ministro de Defensa
05990
ECONOMÍA Y FINANZAS
Aprueban política remunerativa del
Pliego Comisión Nacional de la Juven-
tud - CNJ
DECRETO SUPREMO
Nº 043-2004-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 28128 se aprobó la Ley del Pre-
supuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004, den-
tro de la cual, entre otros, se encuentra aprobado el presu-
puesto del Pliego Comisión Nacional de la Juventud - CNJ,
quien cuenta con personal sujeto al régimen laboral priva-
do según la normatividad legal vigente;
Que, el artículo 52º de la Ley Nº 27209 - Ley de Gestión
Presupuestaria del Estado, establece que las escalas remune-
rativas y beneficios de toda índole, así como los reajustes de
las remuneraciones y bonificaciones que fueran necesarios
durante el Año Fiscal para los Pliegos Presupuestarios com-
prendidos dentro de los alcances de la referida Ley, se aprue-
ban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de
Economía y Finanzas, a propuesta del Titular del Sector;

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