1067 78-2003-C/MC - Aprueban Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias

Fecha de publicación16 Febrero 2003
Fecha de disposición16 Febrero 2003
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NORMAS LEGALES
Lima, domingo 16 de febrero de 2003
Que, el requerimiento de útiles y materiales de oficina
para cumplir con las necesidades de la Zona Registral Nº
XII, durante el año fiscal 2003, constituye un valor referen-
cial total ascendente a S/. 308,650.00 (trescientos ocho
mil seiscientos cincuenta y 00/100), por lo que en atención
a la categorización otorgada por la Dirección Nacional de
Presupuesto Público correspondería la realización de una
Adjudicación Directa Selectiva;
Que mediante Informe Nº 092-2003-SUNARP-GL-LAS,
la Gerencia Legal de la SUNARP, opina por la procedencia
de la exoneración de acuerdo a lo señalado por el inciso c)
del artículo 19º del TUO, toda vez que se cumple con los
requisitos para la aplicación de la causal de exoneración
por situación de urgencia;
Que, la Gerencia de Presupuesto y Desarrollo de la
SUNARP, mediante Oficio Nº 052-2003-SUNARP-GPD, in-
forma que en el presupuesto de la Zona Registral N| XII -
Sede Arequipa, aprobado para el ejercicio fiscal 2003, exis-
ten recursos presupuestales disponibles para la atención
del gasto planteado;
Estando a lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de
la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su
Reglamento y el Estatuto de la SUNARP, aprobado por
Resolución Suprema Nº 135-2002-JUS;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Declarar en situación de urgencia la
adquisición de útiles y materiales de oficina por los meses
de febrero y marzo del 2003.
Artículo Segundo.- El valor referencial de los bienes
señalados en el artículo anterior, por el período referido
ascienden a S/. 33,143.65 (treinta tres mil ciento cuaren-
titrés y 65/100 nuevos soles); fuente de financiamiento:
Recursos Directamente Recaudados.
Artículo Tercero.- Autorizar a la Gerencia de Adminis-
tración y Finanzas de la Zona Registral Nº XII - Sede Are-
quipa a adquirir los bienes mencionados en el Artículo
Primero de la presente resolución, mediante el proceso de
Adjudicación de Menor Cuantía, conforme lo dispone el
artículo 105º del Reglamento de la Ley de Contrataciones
y Adquisiciones del Estado.
Artículo Cuarto.- Disponer que la Gerencia General de la
SUNARP haga de conocimiento de la Contraloría General de
la República, la presente resolución y los informes que la sus-
tentan, dentro del plazo de diez días calendario a su aproba-
ción según lo dispone el artículo 20º del Texto Único Ordenado
de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS GAMARRA UGAZ
Superintendente Nacional de los
Registros Públicos
03079
SUNASS
Declaran nulo proceso de adjudicación
de menor cuantía para adquisición de
material de cómputo
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS
DE SANEAMIENTO
RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL
Nº 011-2003-SUNASS-GG
Lima, 13 de febrero de 2003
VISTO:
El Memorándum Nº 005-2003-SUNASS-CEP de fecha
12 de febrero de 2003 del Comité Especial Permanente
para conducir los procesos de selección que se realicen en
la SUNASS en el período 2003, mediante adjudicaciones
directas y adjudicaciones de menor cuantía a través del
cual informan que en el proceso de adjudicación de menor
cuantía Nº 0005-2003-BCEP para la adquisición de mate-
rial de cómputo se omitió notificar a PROMPYME;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 57º del Texto Único Ordenado de la Ley
de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado
por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM -en adelante el
TUO- establece que el Tribunal de Contrataciones y Adqui-
siciones del Estado en los casos que conozca declarará
nulos los actos administrativos expedidos por las Entida-
des, cuando hayan sido dictados por órgano incompeten-
te, contravengan las normas legales, contengan un impo-
sible jurídico, o prescindan de las normas esenciales de
procedimiento o de la forma prescrita por la normatividad
aplicable, debiendo expresar en la Resolución que expida
la etapa a la que se retrotraerá el proceso;
Que, el artículo 26º del Reglamento de la Ley de Contrata-
ciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Su-
premo Nº 013-2001-PCM -en adelante el Reglamento-, esta-
blece que el titular del pliego o la máxima autoridad administra-
tiva de la Entidad, según corresponda, podrá declarar de oficio
la nulidad del proceso de selección por alguna de las causales
establecidas en el artículo 57º del TUO, sólo hasta antes de la
celebración del contrato;
Que, de la revisión del expediente del proceso indicado
en el visto se aprecia que si bien a este proceso de menor
cuantía se han invitado a nueve proveedores, se ha omiti-
do notificar a la Comisión de Promoción de la Pequeña y
Microempresa, conforme lo establece el artículo 93º del
Reglamento;
Que, el incumplimiento de este requisito establecido
para la convocatoria conlleva a la nulidad del proceso de
selección materia de la presente Resolución, por contravenir
el principio de legalidad que debe regir las contrataciones
y adquisiciones de las entidades del Sector Público, y que
se encuentra recogido en el artículo 26º del Reglamento y
el artículo 57º de la Ley, mencionados en los consideran-
dos precedentes;
De conformidad con lo establecido por el Texto Único
Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del
Estado, y su Reglamento;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Declarar nulo el proceso de adjudicación
de menor cuantía Nº 0005-2003-BCEP para la adquisición
de material de cómputo, retrotrayendo el proceso a la eta-
pa de convocatoria.
Artículo 2º.- Disponer que la Gerencia de Administración
y Finanzas realice la publicación de la presente resolución
en el Diario Oficial El Peruano dentro de los 5 días siguien-
tes contados a partir de su expedición.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ LUIS BONIFAZ FERNÁNDEZ
Gerente General
03062
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE COMAS
Aprueban Reglamento de Fracciona-
miento de Deudas Tributarias y No Tri-
butarias
ORDENANZA Nº 78-2003-C/MC
Comas, 7 de febrero de 2003
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE COMAS
POR CUANTO:
EL CONCEJO DISTRITALDE COMAS
VISTO: En sesión Ordinaria de Concejo del 7 de febre-
ro del 2003 el Dictamen de la Comisión de Administración,
Planificación, Economía y Finanzas, respecto al Informe Nº
20-2003-OAT/MC por el cual la Oficina de Administración y
Finanzas, presenta la propuesta de Fraccionamiento de
Deudas tributarias y No tributarias;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 076-2003-C/
MC el Concejo Municipal de Comas otorgó Amnistía Tribu-
taria al 31 de enero del año en curso;

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