06 084-MDSMP - Establecen programa de fraccionamiento de deudas tributarias y no tributarias

Fecha de disposición12 Enero 2004
Fecha de publicación12 Enero 2004
Pág. 259532
NORMAS LEGALES
Lima, lunes 12 de enero de 2004
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Nº 284-MSB se estableció
el Procedimiento para el proceso de elección de represen-
tantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación
Local Distrital;
Que, atendiendo a la inquietud de los vecinos expresa-
da a la Gerencia de Participación Vecinal se ha visto por
conveniente ampliar los plazos establecidos para la reali-
zación del proceso electoral de representantes de la so-
ciedad civil ante el Consejo de Coordinación Local Distri-
tal; a fin de facilitar la participación del mayor número de
organizaciones, en procura de que el proceso sea más
participativo y democrático;
Estando a lo expuesto, y de conformidad a lo dispuesto
en el inciso 8) del artículo 9º y artículo 40º de la Ley Orgá-
nica de Municipalidades Nº 27972, con dispensa del trámi-
te de comisiones y dispensa de aprobación de actas; y con
el voto unánime del pleno del Concejo, se aprobó la si-
guiente:
MODIFICATORIA DE LA
ORDENANZA Nº 284-MSB
Artículo Único.- Modifíquese la Primera y Segunda
Disposición Transitoria de la Ordenanza Nº 284-MSB se-
gún el texto siguiente:
Primera.- La Municipalidad de San Borja abrirá el regis-
tro de Organizaciones Sociales para el CCLD a que se
refiere la presente Ordenanza, dentro de los diez (10) días
siguientes a la entrada en vigencia de la misma.
Las Organizaciones de la Sociedad Civil a las que se
refiere el inciso b) del artículo 2º de la presente Ordenanza
que deseen participar en el primer proceso de elección de
representantes ante el Consejo de Coordinación Local Dis-
trital podrán presentar sus solicitudes de inscripción de
acuerdo a lo establecido en la presente Ordenanza dentro
de los treinta y cinco (35) días hábiles siguientes a la fecha
de apertura del Registro.
Segunda.- El Alcalde de la Municipalidad de San Borja
convocará a la elección de los representantes de la Socie-
dad Civil, ante el Consejo de Coordinación Local Distrital
dentro del plazo máximo de 10 días hábiles, con posteriori-
dad a la aprobación de la presente Ordenanza.
POR TANTO:
Mando se registre, comunique, publique y cumpla.
CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA
Alcalde
00385
MUNICIPALIDAD DE
SAN MARTÍN DE PORRES
Fijan montos por derecho de emisión
mecanizada de actualización de valo-
res y otros referidos a tributos muni-
cipales
ORDENANZA Nº 083-MDSMP
San Martín de Porres, 8 de enero 2004
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE SAN MARTÍN DE PORRES
POR CUANTO:
Visto, en la Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 8 de
enero 2004, el Informe Nº 1259-2003-GAJ-MDSMP, de la
Gerencia de Asesoría Jurídica, relacionado con el Proyec-
to de Ordenanza sobre el monto que abonarán los contri-
buyentes por derecho de emisión mecanizada de actuali-
zación de valores, determinación del Impuesto, incluyendo
la distribución de la Declaración Jurada y Determinación
del Impuesto Predial del ejercicio 2004;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo con lo establecido en la Cuarta Disposi-
ción Final del Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributación
Municipal, faculta a las municipalidades a cobrar por el
servicio de emisión mecanizada de actualización de valo-
res, determinación de impuestos y de recibos de pago co-
rrespondientes , incluida su distribución a domicilio, un im-
porte no menor al 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria
(UIT) vigente al 1 de enero de cada ejercicio gravable;
Que, es necesario establecer los montos que deben
abonar los contribuyentes por el derecho de emisión me-
canizada de actualización de valores, determinación del
Impuesto Predial y de Arbitrios Municipales (Limpieza Pú-
blica y de Parques y Jardines Públicos) correspondiente al
ejercicio 2004;
Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo
109º y el numeral 4) del Artículo 157º de la Ley Nº 27972,
Ley Orgánica de Municipalidades , el Concejo Municipal
por mayoría y con dispensa del trámite de la lectura y apro-
bación del acta aprobó a siguiente:
ORDENANZA
MONTOS QUE ABONARAN LOS CONTRIBUYENTES
POR DERECHOS DE EMISIÓN
Artículo Primero.- Fíjese en 8.40 (Ocho y 40/100 Nue-
vos Soles), el monto que deberán abonar los contribuyentes
por concepto de derecho de emisión mecanizada de ac-
tualización de valores, determinación del Impuesto, inclu-
yendo la distribución de la declaración jurada y determina-
ción del Impuesto Predial del ejercicio 2004.
Por cada predio adicional se abonará 4.00 (Cuatro y
00/100 Nuevos Soles) por el derecho mencionado. Dichos
montos serán cancelados conjuntamente con la primera
cuota del Impuesto Predial correspondiente al presente ejer-
cicio.
Artículo Segundo.- Fíjese en 6.00 (Seis y 00/100 Nue-
vos Soles) el monto que deberán abonar los contribuyentes
por concepto de derecho de emisión mecanizada de ac-
tualización de valores, determinación del tributo, incluyen-
do la distribución de la determinación de los Arbitrios Mu-
nicipales de Limpieza Pública y de Parques y Jardines
Públicos, correspondiente al ejercicio 2004, por cada pre-
dio.
POR TANTO:
Mando se registre, comunique, publíquese y cúmplase.
LUCIO CAMPOS HUAYTA
Alcalde
00491
Establecen programa de fraccionamien-
to de deudas tributarias y no tributa-
rias
ORDENANZA Nº 084-MDSMP
San Martín de Porres, 8 enero de 2004
EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MARTÍN
DE PORRES
POR CUANTO:
El Concejo de la Municipalidad Distrital de San Martín
de Porres, en Sesión Ordinaria de fecha 8 enero de 2004,
visto el proyecto de Ordenanza remitido por la Gerencia de
Administración Tributaria y Rentas, y el Memorándum
Nº 1263-2003-GAJ/MDSMP, de la Gerencia de Asesoría
Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el Artículo 194º al 199º de la
Constitución Política del Perú y el Artículo II del Titulo Pre-
las Municipalidades tienen autonomía política, económica
y administrativa en los asuntos de su competencia;

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