06 0473-99-IN-0103 - Autorizan a procurador formular denuncia penal contra presuntos responsables de delitos contra la Seguridad y la Administración Pública

Fecha de disposición16 Mayo 1999
Fecha de publicación16 Mayo 1999
Pág. 173211
NORMAS LEGALES
Lima, domingo 16 de mayo de 1999
tivo disciplinario a la EC PD PNP Verónica Patricia AVA-
LOS GARCIA, por haber incurrido en presunto abandono
de cargo desde el 23.ABR.98, sin haberse reincorporado
hasta la fecha;
Que, efectuada la publicación de la indicada Resolución
Directoral en el Diario Oficial El Peruano y transcurrido el
plazo establecido, la procesada no ha presentado su descar-
go correspondiente;
Que, la Comisión Permanente de Procesos Administra-
tivos Disciplinarios para los servidores civiles de la Policía
Nacional del Perú, ha estudiado y analizado todos los actua-
dos inherentes al proceso seguido contra la referida servido-
ra, al que se contrae la presente resolución, y observadas las
garantías y procedimientos establecidos, ha comprobado que
la acción realizada constituye grave falta disciplinaria, acor-
dando por unanimidad recomendar al Despacho Ministerial
se le imponga la sanción de Destitución;
Que, de conformidad a los Arts. 28º Inc. k) y 26º Inc. d)
del Dec. Leg. Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Admi-
nistrativa y de Remuneraciones del Sector Público, y a los
Arts. 155º Inc. d) y 159º de su reglamento, aprobado por D.S.
Nº 005-90-PCM de 17.ENE.90;
Lo recomendado por la Comisión Permanente de Proce-
sos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Ci-
viles de la PNP, en el Acta Nº 05-99-COPEPROAD-PNP de
10.MAR.99;
Lo propuesto por el Director de Personal de la Policía
Nacional del Perú; y,
Lo opinado por el Director General de la Policía Nacional
del Perú;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Sancionar a la EC PD PNP Verónica
Patricia AVALOS GARCIA con Destitución con fecha
23.ABR.98, en vía de regularización; por falta disciplinaria
(abandono de cargo).
Artículo 2º.- Entiéndase notificada la presente resolu-
ción a la interesada, a partir del día siguiente de su publi-
cación en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 3º.- Disponer se remita copia de la presente
resolución a la Presidencia del Consejo de Ministros, para
los fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese y archívese.
JOSE VILLANUEVA RUESTA
Ministro del Interior
6174
Autorizan a procurador formular denun-
cia penal contra presuntos responsa-
bles de delitos contra la Seguridad y la
Administración Pública
RESOLUCION MINISTERIAL
Nº 0473-99-IN-0103
Lima, 11 de mayo de 1999
Visto, el Atestado Nº 060-IV-RPNP.CH/JSR.HZ/JPC de
12.ABR.99, instruido por la comisaría PNP de Carhuaz,
contra Jaime MINAYA CASTROMONTE y otros, por deli-
tos contra la seguridad pública (delitos contra los medios de
transporte, comunicación y otros servicios públicos) y otros,
en agravio del Estado Peruano.
CONSIDERANDO:
Que, los denunciados Jaime MINAYA CASTROMON-
TE, Luis GARCIA FITZCARRALD, Mario Miguel ALVA-
RADO SOTO, Jorge HENOSTROZA PINEDA, Eladio MEL-
GAREJO FIGUEROA, Noyo LUNA RODRIGUEZ, Víctor
Hugo AVILA SERNAQUE, el día 7.ABR.99 desde las 05.30
hasta 08.00 horas, interrumpieron el libre tránsito vehicu-
lar, bloqueando la carretera (vía Huaraz - Carhuaz) con sus
unidades de transporte, piedra, tronco de árboles y quema
de llantas, perjudicando a los usuarios que se desplazaban
al callejón de Huaylas y viceversa;
Que, los cuatro primeros denunciados, en su condición de
dirigentes de la ASOCIACION DE TRANSPORTES "CA-
LLEJON DE HUAYLAS", promovieron protestas masivas
en contra de los Decretos de Alcaldía Nºs. 002 y 003-99-MPC
modificando el Art. 5º del Decreto Nº 002, en donde se
establece la prohibición de ingreso al casco urbano de los
vehículos que circulan de Norte a Sur (Caraz - Huaraz);
debiendo hacerlo por la carretera principal adyacente a dicha
localidad y de Sur a Norte (Huaraz - Caraz) por las avenidas
principales de la ciudad (Av. Santa Rosa y Progreso);
Que, los citados dirigentes, se comprometieron ante la
Subprefectura de la provincia de Carhuaz, hacer su moviliza-
ción en forma pacífica, bajo cuya condición la autoridad política
del lugar autorizó el paro, pero sin embargo, éstos faltando al
Acta de Compromiso cometieron actos de fuerza en la forma y
circunstancias que se indica en el primer considerando, dando
lugar a la intervención de la policía y del Ministerio Público
para restablecer el orden además se niegan comparecer a la
autoridad policial para el esclarecimiento de los hechos, pese
de haber sido debidamente notificados;
Que, estos hechos constituyen delitos contra la seguri-
dad pública (delitos contra los medios de transporte, comu-
nicación y otros servicios públicos) y delitos contra la
administración pública (violencia y resistencia a la autori-
dad), previstos en los Artículos 283º y 365º del Código Penal,
respectivamente;
Que, son deberes primordiales del Estado, entre otros,
proteger a la población de las amenazas contra la seguridad,
y que todo ciudadano tiene derecho a la libertad de trabajo
y al libre tránsito sin restricción alguna (Art. 2º incisos 2),
Que, la defensa de los intereses del Estado está a cargo
de los Procuradores Públicos conforme lo prevé el Art. 47º de
la Constitución Política del Perú, concordante con el Decre-
to Ley Nº 17537 y sus modificatorias;
Que, es necesario autorizar al Procurador Público del
Ministerio del Interior a cargo de los Asuntos Judiciales de
la Policía Nacional, para que en defensa y representación
del Estado, formule denuncia penal contra los presuntos
responsables de los ilícitos penales señalados en el Atestado
Nº 060-IV-RPNP.CH/JSR.HZ/JPC de 12.ABR.99; y actúen
las diligencias que le corresponden, tendientes a esclarecer
los hechos y perseguir la indemnización de los daños ocasio-
nados al Estado;
Que, de conformidad con el Art. 12º del Decreto Ley Nº
17537, modificado por Decreto Ley Nº 17667;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público del Minis-
terio del Interior a cargo de los Asuntos Judiciales de la
Policía Nacional para que en defensa y representación del
Estado, formule denuncia penal contra Jaime MINAYA
CASTROMONTE, Luis GARCIA FITZCARRALD, Mario
Miguel ALVARADO SOTO, Jorge HENOSTROZA PINEDA,
Eladio MELGAREJO FIGUEROA, Noyo LUNA RODRI-
GUEZ, Víctor Hugo AVILA SERNAQUE y los que resulten
presuntos autores de los delitos contra la seguridad pública
(delitos contra los medios de transporte, comunicación y otros
servicios públicos) y delitos contra la administración pública
(violencia y resistencia a la autoridad), por los hechos ocasio-
nados el 7.ABR.99, en agravio del Estado Peruano.
Artículo 2º.- La citada denuncia debe formularse ante
el Fiscal competente.
Artículo 3º.- El Procurador Público a que se contrae la
presente, deberá informar permanentemente a este Despa-
cho Ministerial sobre el inicio, curso y resultado del proceso
penal.
Regístrese, comuníquese y archívese.
JOSE VILLANUEVA RUESTA
Ministro del Interior
6178
Dejan sin efecto resoluciones por las
que se autorizó a procurador iniciar
proceso judicial a empresa sobre inter-
namiento de equipos de equitación
RESOLUCION MINISTERIAL
Nº 0474-99-IN-0103
Lima, 11 de mayo de 1999

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