Modifican formatos de Certificado de Habilitación Vehicular y de la Tarjeta de Habilitación Genérica, aprobados por la R.D. N° 2112-2004-MTC/15

Fecha de disposición11 Diciembre 2004
Fecha de publicación11 Diciembre 2004
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NORMAS LEGALES
Lima, sábado 11 de diciembre de 2004
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de
viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos,
en concordancia con sus normas reglamentarias aproba-
das por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece
que para el caso de los servidores y funcionarios públi-
cos de los Ministerios, entre otras entidades, la autori-
zación de viaje se otorgará por Resolución Ministerial
del respectivo Sector, la que deberá ser publicada en el
Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con
excepción de las autorizaciones de viajes que no irro-
guen gastos al Estado;
Que, el inciso k) del artículo 15º de la Ley Nº 28128,
Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fis-
cal 2004, dispone restringir al mínimo indispensable los
viajes al exterior del país en comisión de servicios, esta-
bleciendo que, para el caso del Poder Ejecutivo, éstos
serán aprobados por resolución suprema refrendada por
el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro del
sector correspondiente, con excepción de los sectores
de Relaciones Exteriores, Comercio Exterior y Turismo,
así como de la Dirección General de Aeronáutica Civil
del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en cuyo
caso se aprobarán por resolución del Titular del Pliego
correspondiente;
Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del
Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es
ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil
como dependencia especializada del Ministerio de Trans-
portes y Comunicaciones;
Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin
de cumplir con los estándares aeronáuticos internaciona-
les establecidos en el Convenio de Chicago sobre Avia-
ción Civil y poder mantener la calificación de Categoría -
I otorgada al Perú por la Organización de Aviación Civil
Internacional, debe mantener un programa anual de vigi-
lancia sobre la seguridad operacional a través de la eje-
cución de inspecciones técnicas a los explotadores aé-
reos en el país, basado en las disposiciones estableci-
das en el citado Convenio y en los estándares de la
Organización de Aviación Civil Internacional;
Que, la empresa Star Up S.A., con Carta GM Nº 742-
2004, del 1 de diciembre de 2004, en el marco de los
Procedimientos Nºs. 11 y 18 de la sección correspondien-
te a la Dirección General de Aeronáutica Civil (Inspec-
ción Técnica de Aeronaves e Inspección Técnica a Ta-
lleres de Mantenimiento Aeronáutico para Estableci-
miento o Actualización de Especificaciones de Opera-
ción), establecido en el Texto Único de Procedimientos
Administrativos del Ministerio de Transportes y Comu-
nicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-
MTC, solicita a la Dirección General de Aeronáutica Ci-
vil, efectuar la inspección técnica por expedición de
Constancia de Conformidad a la aeronave Boeing 737-
291A de serie 21641 y la inspección técnica del Taller de
Mantenimiento Aeronáutico de la empresa Star Up S.A.,
en la ciudad de Barranquilla, República de Colombia,
durante los días 13 al 17 de diciembre de 2004;
Que, conforme se desprende de los Recibos de
Acotación Nºs. 27411, 27412 y 27413, la solicitante ha
cumplido con el pago del derecho de tramitación
correspondiente al Procedimiento a que se refiere el
considerando anterior, ante la Dirección de Tesorería del
Ministerio de Transportes y Comunicaciones;
Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de
inspección, están íntegramente cubiertos por la empre-
sa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viá-
ticos y la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto;
Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección
General de Aeronáutica Civil, ha emitido las ordenes de
Inspección Nºs. 1985-2004-MTC/12.04-SDA y 1986-
2004-MTC/12.04-SDA designando a los Inspectores Ale-
jandro Alberto Alva Panduro y Guillermo Julio Rivero
Pun, respectivamente, para realizar la inspección técni-
ca por expedición de Constancia de Conformidad a la
aeronave Boeing 737-291A de serie 21641 y la inspec-
ción técnica al Taller de Mantenimiento Aeronáutico de la
empresa Star Up S.A., en la ciudad de Barranquilla, Re-
pública de Colombia, durante los días 13 al 17 de diciem-
bre de 2004;
Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el
viaje de los referidos Inspectores de la Dirección Gene-
ral de Aeronáutica Civil para que, en cumplimiento de las
funciones que les asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamen-
to, puedan realizar las inspecciones técnicas a que se
contraen las Órdenes de Inspección Nºs. 1985-2004-
MTC/12.04-SDA y 1986-2004-MTC/12.04-SDA;
De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619 y
Ley Nº 28128 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los señores Alejan-
dro Alberto Alva Panduro y Guillermo Julio Rivero Pun,
Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Ci-
vil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la
ciudad de Barranquilla, República de Colombia, durante
los días 13 al 17 de diciembre de 2004, para los fines a
que se contrae la parte considerativa de la presente
Resolución.
Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autoriza-
do precedentemente, ha sido íntegramente cubierto por
la empresa Star Up S.A. a través de los Recibos de
Acotación Nºs. 27411, 27412 y 27413, abonados a la
Dirección de Tesorería del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por
concepto de viáticos y tarifa por uso de aeropuerto, de
acuerdo al siguiente detalle:
Viáticos (por dos inspectores) US$ 2,000.00
Tarifa por Uso de Aeropuerto
(por dos inspectores) US$ 56.48
Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo
10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los
Inspectores mencionados en el Artículo 1º de la presen-
te Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días
calendario siguientes de efectuado el viaje, deberán pre-
sentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la
Oficina General de Administración del Ministerio de
Transportes y Comunicaciones, describiendo las accio-
nes realizadas y los resultados obtenidos durante el via-
je autorizado.
Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no
dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o
derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denomi-
nación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA
Ministro de Transportes y Comunicaciones
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Modifican formatos de Certificado de
Habilitación Vehicular y de la Tarjeta
de Habilitación Genérica, aprobados
por la R.D. Nº 2112-2004-MTC/15
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 6316-2004-MTC/15
Lima, 2 de diciembre de 2004
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 82º del Reglamento Nacional de Admi-
nistración de Transportes aprobado por el Decreto Su-
premo Nº 009-2004-MTC y sus modificatorias - en ade-
lante El Reglamento -, señala que el Certificado de Habi-
litación Vehicular es el documento que acredita la habili-
tación de cada vehículo para la prestación del servicio
de transporte regular de personas;
Que, asimismo, El Reglamento en su artículo 93º,
establece que el transportista que sea titular de una o
varias concesiones interprovinciales para prestar servi-
cio de transporte interprovincial regular de personas,
podrá utilizar en cualquiera de sus rutas autorizadas
sus vehículos habilitados, debiendo para tal efecto soli-
citar a la autoridad competente, la Tarjeta de Habilitación
Genérica en la cual constará la relación de todas sus
rutas autorizadas; asimismo señala que el formato de la
tarjeta de habilitación genérica será aprobado por esta
Dirección General;
Que, en cumplimiento a lo dispuesto en la normati-
vidad acotada en los considerandos precedentes, es

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