69 401-2001-PRES - Aprueban formatos de actas a que se refiere la Ley de Saneamiento y Transferencia de Infraestructura Social, a ser utilizados por el CTAR Callao

Fecha de disposición14 Diciembre 2001
Fecha de publicación14 Diciembre 2001
Pág. 213900
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 14 de diciembre de 2001
SE RESUELVE:
Artículo Unico.- Modificar el Artículo 3º de la Resolu-
ción Ministerial Nº 056-2001-PRES, de fecha 20 de febrero
del 2001, por el siguiente texto:
"Artículo 3º.- Autorizar al Programa Nacional de Agua
Potable y Alcantarillado - PRONAP, para que en repre-
sentación del Ministerio de la Presidencia, reciba de la fir-
ma Mitsubishi Corporation, los equipos, vehículos y mate-
riales a que alude la presente Resolución, para la ejecu-
ción del Proyecto, y entregue posteriormente mediante Acta,
a los Consejos Transitorios de Administración Regional de
Piura y Tumbes, según corresponda, el equipamiento com-
pleto de los pozos perforados y de las estaciones de bom-
beo rehabilitadas en el marco del Proyecto, para su explo-
tación."
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS BRUCE
Ministro de la Presidencia
36174
Aprueban formatos de actas a que se
refiere la Ley de Saneamiento y Transfe-
rencia de Infraestructura Social, a ser
utilizados por el CTAR Callao
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 401-2001-PRES
Lima, 5 de diciembre de 2001
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 27171, se aprobó la Ley de Sa-
neamiento y Transferencia de Infraestructura Social finan-
ciada por el Fondo Nacional de Compensación y Desarro-
llo Social - FONCODES;
Que, la Novena Disposición Complementaria, Transi-
toria y Final del Reglamento de la Ley de Saneamiento y
Transferencia de Infraestructura Social financiada por FON-
CODES, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2000-
PRES y modificado por el Decreto Supremo Nº 003-2001-
PRES, establece que el Ministerio de la Presidencia, el Ins-
tituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud -
INFES y los Consejos Transitorios de Administración Re-
gional, podrán realizar el saneamiento físico legal y conta-
ble y efectuar la transferencia en propiedad de las obras
financiadas, conforme a las disposiciones del referido Re-
glamento;
Que, asimismo, la Sétima Disposición Complementa-
ria, Transitoria y Final del Reglamento de la Ley Nº 27171
aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2000-PRES, esta-
blece que los formatos de las Actas de Transferencia de
Propiedad serán aprobados por Resolución Ministerial ex-
pedida por el Ministerio de la Presidencia;
Que, el Consejo Transitorio de Administración Regional
del Callao - CTAR Callao debe proceder con la transferen-
cia de obras, activo y pasivo, a las entidades receptoras
responsables de la administración y mantenimiento de la
infraestructura social y económica, por lo que se debe apro-
bar los formatos a que se refiere el Reglamento de la Ley
Nº 27171 aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2000-
PRES, para proceder al saneamiento y posterior transfe-
rencia de las obras;
De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley
Nº 25556, modificado por el Decreto Ley Nº 25738, la Ley
Nº 27171 y el Decreto Supremo Nº 005-2000-PRES;
SE RESUELVE:
Artículo Unico.- Aprobar los formatos del Acta de
Transferencia de Propiedad, Acta de Transferencia de Pro-
piedad de Obra de Mejoramiento o Rehabilitación, Acta de
Transferencia Contable, Declaración Jurada del Represen-
tante Legal, Acta de Verificación del Estado Situacional de
la Infraestructura, Acta de Terminación de la Infraestructu-
ra, Memoria Descriptiva, Memoria Descriptiva - Habilita-
ción Urbana y Minuta de Declaratoria de Fábrica a que se
refiere el Reglamento de la Ley Nº 27171 - Ley de Sanea-
miento y Transferencia de Infraestructura Social aprobado
por Decreto Supremo Nº 005-2000-PRES, que como
Anexos, forman parte integrante de la presente Resolu-
ción, y que serán utilizados por el Consejo Transitorio de
Administración Regional del Callao - CTAR Callao para el
saneamiento y transferencia de obras, a las que se hace
referencia en la parte considerativa de la presente Resolu-
ción.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS BRUCE
Ministro de la Presidencia
36169
Autorizan a procurador iniciar acciones
judiciales contra presuntos responsa-
bles de delito de apropiación ilícita en
agravio del FONCODES
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 402-2001-PRES
Lima, 5 de diciembre de 2001
Visto el Oficio Nº 068-2001-FONCODES/GAI, del Ge-
rente de Auditoría Interna del Fondo Nacional de Compen-
sación y Desarrollo Social - FONCODES; y,
CONSIDERANDO:
Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la Direc-
ción Ejecutiva de FONCODES, la Gerencia de Auditoría
Interna llevó a cabo el Informe Especial Nº 001-2001-2-
4382 "Examen Especial al Racimo Estratégico para el
Desarrollo (RED) Rural Llalli Cupi Umachiri - Puno", con
la finalidad de analizar y verificar selectivamente la do-
cumentación que sustenta las recuperaciones de los cré-
ditos otorgados en la Red Rural Llalli Cupi Umachiri, efec-
tuado en el período desde el año 2000 al 30 de junio de
2001;
Que, de conformidad a lo señalado por el capítulo II
"Fundamentos de Hecho", del citado Informe Especial,
FONCODES suscribió el Convenio Nº 99972510-FON-
CODES con el Núcleo Ejecutor "Proyecto Productivo Co-
misión Pumarimayo Corani", por el cual FONCODES otor-
gó la suma de S/. 188 318,00 bajo la modalidad de "dona-
ción con cargo", para el financiamiento del Proyecto Pro-
ductivo Comisión Pumarimayo Corani;
Que, a través del Addendum Nº 1 al citado Convenio,
se acordó ampliar el ámbito del Proyecto Productivo incor-
porando el sector de Kenamari Bajo, ubicado en el distrito
de Llalli; designándose como presidente del Núcleo Ejecu-
tor al señor Cosme Wenceslao Nina Pinto y como tesorera
a la señora Verónica García Atajo;
Que, como resultado de la verificación de las
operaciones de recuperación de los préstamos concedi-
dos por el precitado Núcleo Ejecutor se ha determinado
que las amortizaciones efectuadas por los prestatarios
mediante recibos Nºs. 37, 40, 41, 45, 46 y 52 correspon-
dientes a los meses de enero y marzo de 2001, cuyo
monto total asciende a la suma de S/. 10 250,00, no fue
depositado a la cuenta de ahorros del Fondo Financiero
NEC Rural Llalli, por la tesorera; por el contrario ésta
entregó dicho monto al presidente quien se apropió del
dinero y lo utilizó para fines particulares en perjuicio del
Fondo asignado al proyecto, conforme lo manifestó el
señor Cosme Wenceslao Nina Pinto en su manifesta-
ción de fecha 19 de julio de 2001;
Que, dichas acciones evidencian indicios de comisión
de delito contra el patrimonio en la modalidad de apropia-
ción ilícita, conforme lo tipifica el Artículo 190º del Código
Penal, identificándose de acuerdo al capítulo IV del acota-
do Informe Especial como partícipes de los hechos, al se-
ñor Cosme Wenceslao Nina Pinto y a la señora Verónica
García Atajo;
Que, en tal sentido, y conforme el Artículo 16º del De-
creto Ley Nº 26162, Ley del Sistema Nacional de Control,
los resultados de una acción de control, emitidos por cual-
quier órgano del sistema, están considerados como prue-
ba preconstituida para el inicio de acciones, consecuente-
mente es necesario autorizar al Procurador Público encar-
gado de los Asuntos Judiciales del FONCODES para que
inicie las acciones civiles y penales que correspondan;

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