03 009-2001-P-CE/PJ - Modifican Formato de la Cédula de Notificación Valorada

Fecha de disposición18 Abril 2001
Fecha de publicación18 Abril 2001
Pág. 201471
NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 18 de abril de 2001
CONSEJO EJECUTIVO
DEL PODER JUDICIAL
Designan magistrado que asistirá a curso
de capacitación sobre medidas efectivas
para la reinserción de personas privadas
de libertad en la sociedad, a realizarse en
Costa Rica
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
Nº 016-2001-CE-PJ
Lima, 17 de abril de 2001
VISTO:
El Oficio DG-471-2000, del Director General del Instituto
Latinoamericano de las Naciones Unidas para la Prevención
del Delito y Tratamiento del Delincuente - ILANUD, mediante
el cual invita a participar a un representante de este Poder del
Estado, al Tercer Curso Internacional de Capacitación sobre las
medidas efectivas de atención para facilitar la reinserción de las
personas privadas de libertad en la Sociedad", que se llevará a
cabo del 16 al 26 de julio del presente año, en la sede del Instituto
en San José de Costa Rica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante el referido Oficio, el Director General de
ILANUD, comunica que el Instituto Latinoamericano de las
Naciones Unidas, suscribió un Convenio de Cooperación con el
Gobierno de Japón y el Gobierno de Costa Rica, para el
desarrollo de un programa regional de capacitación para América
Latina y el Caribe, en el área de las prisiones, el cual contempla
la realización de cursos anuales (1999-2003);
Que, en cumplimiento del mencionado Convenio de
Cooperación, el ILANUD viene organizando el "Tercer
Curso Internacional de Capacitación sobre las Medidas
efectivas de atención para facilitar la reinserción de las
personas privadas de libertad en la Sociedad", el cual se
llevará a cabo del 16 al 26 de julio del año en curso, en la
sede del Instituto en San José de Costa Rica;
Que, los objetivos de esta actividad son compartir informa-
ción sobre los instrumentos jurídicos internacionales y las
experiencias exitosas en algunos países del mundo en la aten-
ción de las personas privadas de libertad, asimismo, conocer y
evaluar la situación actual y los problemas más urgentes de los
programas de las prisiones de los países participantes, y elabo-
rar un plan de recomendaciones concretas, acorde con las
realidades y particularidades de los países de la región;
Que, el referido Curso, está dirigido a funcionarios de
los Sistemas Penitenciarios y Operadores Jurídicos, es
decir, Jueces y Fiscales, por lo que resulta necesario
designar a un representante de este Poder del Estado;
En uso de sus atribuciones, de conformidad con lo
establecido en el inciso tercero del Artículo 241º del Texto
Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y
estando a lo acordado en sesión extraordinaria de la
fecha, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial;
RESUELVE:
Artículo Primero.- DESIGNAR al señor doctor Pablo
Rogelio Talavera Elguera, Vocal Provisional de la Sala Corpo-
rativa Nacional de Bandas y Terrorismo Especial, para que
asista, en representación de este Poder del Estado, al "Tercer
Curso Internacional de Capacitación sobre las Medidas efecti-
vas de atención para facilitar la reinserción de las personas
privadas de libertad en la Sociedad", organizado por el Instituto
Latinoamericano de las Naciones Unidas para la Prevención
del Delito y Tratamiento del Delincuente - ILANUD, el cual se
llevará a cabo del 16 al 26 de julio del año en curso, en la sede
del Instituto en San José de Costa Rica, concediéndosele la
licencia con goce de haber del 15 al 27 de julio del año en curso.
Artículo Segundo.- Los gastos que no sean cubier-
tos por el ente organizador, serán de cargo del Pliego del
Poder Judicial.
Artículo Tercero.- La presente Resolución no da
derecho a exoneración de impuestos o de derechos adua-
neros de ninguna clase o denominación.
Artículo Cuarto.- El citado Magistrado, deberá presen-
tar un informe a este Órgano de Gobierno y Gestión, sobre el
desarrollo del referido evento, dentro del plazo de 15 días
contados a partir de la fecha de su retorno.
Artículo Quinto.- Transcribir la presente Resolu-
ción a la Gerencia General del Poder Judicial, a la Corte
Suprema de Justicia de la República y a las instancias
correspondientes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARIO URRELLO ÁLVAREZ
LUIS ORTIZ BERNARDINI
NELSÓN REYES RÍOS
VÍCTOR RAÚL MANSILLA NOVELLA
BENJAMÍN ORDÓÑEZ VALVERDE
21984
Modifican Formato de la Cédula de Notifi-
cación Valorada
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE LA
PRESIDENCIA DEL CONSEJO EJECUTIVO DEL
PODER JUDICIAL Nº 009-2001-P-CE/PJ
Lima, 10 de abril de 2001
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Administrativa Nº 345-97-
CME-PJ de fecha 26 de marzo de 1997, se aprobó el
formato correspondiente a las Cédulas de Notificación
Civil que deberían ser utilizadas en todos los Distritos
Judiciales de la República;
Que, el formato aprobado únicamente para Cédulas
de Notificación Civil, se extendió su uso por uniformidad
a los procesos de familia y laborales;
Que, actualmente el Poder Judicial manda a imprimir
un aproximado de 3,000 millares de Cédulas de Notifica-
ción entre valoradas y no valoradas, lo que supone un
gasto considerable;
Que, estas Cédulas de Notificación no cumplen con el
objetivo de contener en ella, la totalidad de los datos referidos
en el Artículo 158º del Código Procesal Civil; en virtud de que,
en los diversos Organos Jurisdiccionales de las Cortes Superio-
res de Justicia de la República que se encuentran informatiza-
dos, el Sistema cuenta con un formato preestablecido y en los
Organos Jurisdiccionales sin informatizar el llenado de las
cédulas se ve dificultado por el espacio insuficiente que contie-
nen éstas en relación con el texto de la resolución a notificar;
utilizándose en ambos casos hojas adicionales que son impresas
por dichos Organos, conteniendo los requisitos formales a que
hace referencia el dispositivo legal antes mencionado; en tal
sentido las cédulas de notificación así diseñadas, no cumplen
con la finalidad para la que fueron creadas;
Que, en concordancia con lo anteriormente expuesto,
resulta necesario modificar el formato de las Cédulas de
Notificación Valoradas, orientándolo para un mejor uso
que justifique su emisión y reducir los costos que deman-
de su impresión;
En uso de las facultades conferidas en la Ley Orgánica
del Poder Judicial;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Modificar el Formato de la Cédula de Notifi-
cación Valorada, que figura como Anexo 1 de la presente
resolución y que contendrá los datos relativos al interesado,
Organo Jurisdiccional y número de expediente. Los requisitos
que exige el Artículo 158º del Código Procesal Civil serán
consignados en hoja adicional por el Juzgado o Sala.
Artículo 2º.- A partir de la fecha los Organos Juris-
diccionales en los casos de procesos judiciales que cuen-
ten con Auxilio Judicial, resoluciones de oficio o que las
partes procesales gocen de exoneración expresa de la ley,
que conlleve la no obligatoriedad de presentar cédulas de
notificación valoradas; efectuarán sus notificaciones en
hojas simples, respetando los requisitos exigidos por el
Artículo 3º.- El formato aprobado en el Artículo
Primero de la presente resolución, así como el uso de
cédulas de notificación no valoradas, entrarán en vigen-
cia de manera progresiva hasta agotarse el stock existen-
te en el Almacén Central del Poder Judicial.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
MARIO URRELLO ALVAREZ
Presidente

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR