Formalizan constitución del equipo de trabajo de la Secretaría Técnica del Sistema Nacional Integrado de Información Catastral Predial, a fin de elaborar el Proyecto del Reglamento de la Ley N° 28294
Fecha de disposición | 29 Diciembre 2004 |
Fecha de publicación | 29 Diciembre 2004 |
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NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 29 de diciembre de 2004
tiendo la necesidad, el presupuesto asignado tenga que
destinarse a otros propósitos de emergencia declara-
dos expresamente, bajo su exclusiva responsabilidad
y que la formalización de la cancelación del proceso
deberá realizarse mediante resolución o acuerdo debi-
damente sustentado, del mismo o superior nivel de
aquél que dio inicio al expediente de adquisición o con-
tratación, debiéndose publicar conforme lo disponga el
Reglamento;
Que, el artículo 21º del Reglamento de la Ley de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado
por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM establece que
cuando la Entidad decida cancelar un proceso de se-
lección, por causal debidamente motivada y de acuer-
do a lo permitido por el artículo 34º de la Ley, deberá
comunicar su decisión dentro del día siguiente y por
escrito al Comité Especial, el cual, a su vez, deberá
comunicar dicha decisión a todos los adquirientes de
las Bases o a quienes hayan sido invitados, según sea
el caso, dentro del día siguiente de recibida la comuni-
cación cursada por la Entidad; y que en este caso, el
plazo para el reintegro del pago efectuado para adquirir
las Bases no podrá exceder de los cinco (5) días pos-
teriores a la notificación, bastando para la devolución la
sola presentación del comprobante de pago;
Que, asimismo, dicho artículo dispone que la reso-
lución cancelatoria deberá exponer el motivo de la de-
cisión de cancelar el proceso de selección y se publi-
cará, por una sola vez, en el Diario Oficial El Peruano y
en el que se hubiera publicado la convocatoria, dentro
de los cinco (5) días posteriores a la adopción de la
decisión, excepto en el caso de las adjudicaciones di-
rectas selectivas y de menor cuantía en las que es
suficiente la comunicación a los postores invitados o
convocados;
Que, lo señalado en las normas antes citadas es
concordante con lo dispuesto por la Directiva Nº 011-
2001-CONSUCODE/PRE;
Que, asimismo, el proceso de selección se encuen-
tra en etapa previa a la presentación y apertura de pro-
puestas, la cual es a su vez anterior al otorgamiento de
Buena Pro;
Que, la Gerencia de Administración y Finanzas se-
ñala en su memorándum de visto que actualmente se
viene realizando la confección del manual de perfil de
competencias, estudio que en su primera etapa se ha
referido a temas de sensibilización del personal y com-
penetración de los trabajadores de OSIPTEL con los
objetivos de la institución, temas que forman parte sus-
tancial del proceso cuya cancelación se recomienda y
que debido a ello es conveniente esperar los resultados
de ese estudio a fin de evaluar la necesidad de realizar el
estudio de cultura organizacional y la capacitación al
personal en temas de liderazgo empresarial;
Que, dada la situación descrita se ha configurado
causal para la cancelación del proceso de selección
conforme a la normativa aplicable, al no existir a la fecha
la necesidad de realizar la contratación antes descrita;
De conformidad con el Decreto Supremo Nº 012-
2001-PCM, Texto Único Ordenado de la Ley de Contra-
taciones y Adquisiciones del Estado y el Decreto Supre-
mo Nº 013-2001-PCM, Reglamento de la Ley de Contra-
taciones y Adquisiciones del Estado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Cancelar el Concurso Público Nº 00012-
2004-GAF/OSIPTEL.
Artículo 2º.- Hacer de conocimiento del Comité Es-
pecial la presente resolución, a fin que proceda confor-
me a lo dispuesto por el artículo 21º del Reglamento de la
Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente
resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el diario en
que se publicó la convocatoria.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAIME CÁRDENAS TOVAR
Gerente General (e)
23487
SUNARP
Formalizan constitución del equipo de
trabajo de la Secretaría Técnica del
Sistema Nacional Integrado de Informa-
ción Catastral Predial, a fin de elabo-
rar el Proyecto del Reglamento de la
Ley Nº 28294
RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL
DE CATASTRO
Nº 001-2004-CNC
Lima, 27 de diciembre de 2004
CONSIDERANDO:
Que, con fecha 21 de julio último, se publicó en el
Diario Oficial El Peruano, la Ley Nº 28294 que crea el
Sistema Nacional Integrado de Información Catastral
Predial;
Que, en la segunda disposición final de la referida
Ley, se señala que el Poder Ejecutivo la reglamentará en
un plazo de ciento veinte (120) días hábiles;
Que, en la sesión de instalación del Consejo Nacio-
nal de Catastro - CNC, se acordó la designación de un
equipo técnico de apoyo a la Secretaría Técnica del
Sistema Nacional de Catastro Predial a fin de elaborar
el proyecto de Reglamento de la "Ley que crea el Siste-
ma Nacional Integrado de Información Catastral Pre-
dial";
Que, la Secretaría Técnica ha recepcionado los docu-
mentos en los cuales cada integrante del Consejo Nacio-
nal de Catastro designa a sus miembros que conforma-
rán el referido equipo técnico; conforme a los Oficios Nº
718-2004-SUNARP/GG, Nº 808-2004-INACC/J, Nº 055-
IGN/SUBJEF, Nº 065-2004-PD-ICL/MML, Nº 319-2004-
COFOPRI/CN, y Nº 1821-2004-AG-PETT-DE, emitidos
por las respectivas instituciones;
Que, conforme al artículo 7º de la Ley Nº 28294, el
Superintendente Nacional de los Registros Públicos pre-
side el Consejo Nacional de Catastro, por lo que corres-
ponde a dicho funcionario firmar las Resoluciones que el
referido Consejo emita;
Estando a las consideraciones que anteceden, a las
normas vigentes y a lo acordado en la sesión del Conse-
jo Nacional de Catastro de fecha 25 de octubre de 2004;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Disponer la formalización de la constitu-
ción del equipo de trabajo de la Secretaría Técnica del
Sistema Nacional Integrado de Información Catastral
Predial, a cargo del Ing. Luis Alberto Grados Quezada, a
fin de elaborar el Proyecto del Reglamento de la Ley Nº
28294, para cuyo efecto contará con el apoyo de aseso-
res externos, quedando dicho equipo conformado por
los representantes técnicos de las instituciones miem-
bros del Consejo Nacional de Catastro, que a continua-
ción se mencionan:
* Representantes de la Superintendencia Nacional
de los Registros Públicos -SUNARP
- Abog. Alvaro Delgado Scheelje
- Abog. Gastón Castillo Delgado
- Abog. Carmen Gisell Alviteres Arata
- Ing. Luis Cutti Flores
- Ing. Efraín Montalvo Astete
* Representantes del Instituto Nacional de Concesio-
nes y Catastro Minero - INACC
- Ing. Henry Luna Córdova
- Abog. María Angélica Remuzgo Gamarra
* Representante del Instituto Catastral de Lima - ICL
- Arq. José Romero Martínez
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