08 011-2005-AL/CPB - Crean el Programa de Formalización de Propiedad Informal y modifican el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad

Fecha de disposición26 Octubre 2005
Fecha de publicación26 Octubre 2005
Pág. 302998
NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 26 de octubre de 2005
exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los
límites que señala la Ley;
Que, la norma indicada en el punto anterior, guarda
concordancia con lo dispuesto en los Artículos 60º a 66º,
67º, 68º y 69º del Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, TUO
de la Ley de Tributación Municipal, Decreto Legislativo
Nº 776 y con el Artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley
Orgánica de Municipalidades;
Que, el numeral 38.5 del Artículo 38º de la Ley
Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General,
establece que una vez aprobado el TUPA toda
modificación que no implique la creación de nuevos
procedimientos, incremento de derecho de tramitación o
requisitos se debe realizar por Decreto de Alcaldía o por
Resolución del Titular del Organismo Autónomo, caso
contrario su aprobación se realiza conforme al mecanismo
establecido en el numeral 38.1 y 38.3;
Que, con fecha 17 de octubre del 2005, mediante Informe
Nº 645-A-05-GAL-MDCLR, la Gerencia de Asesoría Legal,
Opinó: que, es procedente la aprobación del Proyecto de
Ordenanza, siempre y cuando se cumpla con el procedimiento
indicado en los antecedentes antes expuestos. Debiendo ser
puesto a conocimiento del Concejo para los fines pertinentes,
en concordancia a lo dispuesto por el Artículo 9º de la Ley
Que, con fecha 18 de octubre del 2005, mediante
Moción de Orden del Día la Comisión Permanente de
Administración, Tributación y Presupuesto, presidido por
el Regidor Victor Alipio Suelprez Jerez y los regidores
que la conformaron acordaron aprobar la modificación
del TUPA, incorporándose el derecho por concepto de
depósito municipal y otros;
Estando a lo expuesto y después de un amplio debate,
en uso de las facultades que confiere la Ley Nº 27972
Orgánica de Municipalidades y con el Voto por
UNÁNIMIDAD de los señores Regidores; se aprobó la
siguiente Ordenanza:
ORDENANZA QUE MODIFICA EL TEXTO ÚNICO DE
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS, APRUEBA
LA CREACIÓN DE LA TASA POR DEPÓSITO
MUNICIPAL DE VEHÍCULOS MENORES, APRUEBA
LA TASA POR LIBERACIÓN DE VEHÍCULOS
MENORES Y EL PROCEDIMIENTO
Artículo Primero.- Aprobar la modificación del TUPA,
incorporándose el derecho que se recaudará por concepto
de Depósito Municipal, que a continuación se detalla:
DENOMINACIÓN REQUISITOS MONTO %
DE LA UIT
1 Por Concepto de Depósito 0.30
Municipal pago: diario por Vehículo
Menor
2 Por Vehículo Mayor pago diario 0.45
(en estado de abandono)
- Solicitud.
- Pago de Derecho x
Depósito Municipal.
3 Liberación del Vehículo Infractor - Recibo por pago de
Multa.
- Constancia de no
adeudo.
Artículo Segundo.- La presente modificación del Tupa
entrará en vigencia a partir del día siguiente de su
publicación.
Artículo Tercero.- Apruébese el procedimiento:
1. Vehículos internados en el Depósito Municipal de
Vehículos e incorpórese en el Texto Único de Procedimiento
Administrativo TUPA, Subgerencia de Policía Municipal y
Transporte, con los requisitos establecidos.
2. Procedimiento de Liberación de Vehículos
internados en el Depósito Municipal por infracciones.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
FELIX MORENO CABALLERO
Alcalde
18082
MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE BARRANCA
Crean el Programa de Formalización de
Propiedad Informal y modifican el
Reglamento de Organización y Fun-
ciones de la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 011-2005-AL/CPB
El ALCALDE DEL HONORABLE CONCEJO
PROVINCIAL DE BARRANCA
VISTO: En Sesión Extraordinaria de fecha 10 de
agosto del 2005, el Dictamen Nº 001-2005-CE-R-CPB,
sobre la creación del programa de formalización de
Propiedad Informal y modificación del Reglamento de
Organización y Funciones de la Municipalidad Provincial
de Barranca: y;
CONSIDERANDO:
Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia. La autonomía que la Constitución Política
del Estado, establece para las Municipalidades las
facultades de ejercer actos de gobierno y de
administración con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, la Ley Nº 28391 y su Reglamento D.S. Nº 005-
2005-JUS, declara de preferente interés nacional la
formalización de la propiedad informal, con su respectiva
inscripción Registral, de los terrenos ocupados por
posesiones informales, ocupación o titularidad informal
de predios, que estén constituidos sobre inmuebles de
propiedad estatal, con fines de vivienda, ratificando la
competencia exclusiva y excluyente de las
Municipalidades Provinciales en dicha materia;
Asimismo, se les confiere facultades para realizar
conciliaciones y declarar administrativamente la propiedad
por prescripción adquisitiva de dominio y regularización
del tracto sucesivo, en terrenos de propiedad privada;
Que, en este contexto las Municipalidades Provinciales
en el ámbito de sus circunscripciones territoriales, asumen
de manera exclusiva a la competencia correspondiente
al reconocimiento, verificación, titulación y saneamiento
físico legal de asentamientos humanos de conformidad
con lo dispuesto por el numeral 1.4 del artículo 73º y
numeral 1.4.3. del artículo 79º de la Ley Nº 27972 - Ley
Orgánica de Municipalidades;
Que mediante Acuerdo de Concejo Nº 118-2004-AL/
CPB, publicado en el Diario Judicial Regional ASI de fecha
30 de noviembre del 2004, aprueban la Modificación de
la Estructura Orgánica y Funcional, así como el
Reglamento de Organización y Funciones -ROF- de la
Municipalidad Provincial de Barranca;
Que, sobre la propuesta de trabajo presentado por
la Comisión Especial de Formalización de Propiedad
Informal, nombrada por Acuerdo de Concejo Nº 051-
2005-AL/CPB de fecha 1 de julio del 2005, a efectos
de continuar con la labor de aplicación de la Ley
Nº 28391 y su reglamento de Formalización de la
propiedad informal de terrenos, aprobado por Decreto
Supremo Nº 005-2005-JUS publicado en el Diario
Oficial El Peruano con fecha 18 de marzo del 2005,
establece la necesidad de mejorar y/o modificar la
estructura organizativa así como del Reglamento de
Organización y Funciones - ROF - de la Municipalidad
sin demandar mayores niveles a la organización
municipal ya aprobado por la entidad;
Que luego del debate correspondiente el pleno del
Concejo Municipal, establece la necesidad de aprobar la
propuesta de creación del Programa de Formalización
de Propiedad Informal como un proyecto especial de la
Municipalidad Provincial de Barranca;
Estando a las consideraciones expuestas y con el voto
mayoritario de los señores Regidores presentes con
dispensa del Trámite de Lectura y Aprobación de Actas;
se ha dado la siguiente;

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