241 019-2001-CONSUCODE/PRE - Aprueban Directiva sobre formalización de consorcios a los que se haya otorgado la Buena Pro en procesos de selección sujetos a la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento

Fecha de publicación08 Febrero 2001
Fecha de disposición08 Febrero 2001
Pág. 198359
NORMAS LEGALES
Lima, jueves 8 de febrero de 2001
PAIS MONEDA EQUIVALENTE EN US$
Grecia Dracma 0.002730
Holanda Florín 0.422386
Hong Kong Dólar 0.128222
India Rupia 0.021580
Indonesia Rupia 0.000106
Inglaterra Libra Esterlina 1.459900
Israel Nuevo Shekel 0.241458
Italia Lira 0.000481
Japón Yen 0.008581
Kuwait Dinar de Kuwait 3.267974
Malasia Dólar Malasio o Ringgit 0.263193
México Nuevo Peso 0.103434
Noruega Corona 0.113257
Nueva Zelandia Dólar Neozelandés 0.442300
Panamá Balboa 1.000000
Pakistán Rupia Paquistaní 0.017007
Paraguay Guarani 0.000279
Portugal Escudo 0.004636
Rusia Rublo 0.035130
Singapur Dólar de Singapur 0.573559
Siria Libra Siria 0.021739
Suecia Corona 0.105125
Sub-Africa, Repúb. de Rand 0.128982
Suiza Franco Suizo 0.609273
Taiwán Nuevo Dólar de Taiwán 0.030912
Tailandia Baht 0.023552
Uruguay Peso 0.079618
Venezuela Bolívar 0.001428
Comunidad Andina Peso Andino 1.000000
Unión Europea Euro 0.928800
Estados Unidos Dólar E.U 1.000000
Artículo Segundo.- La presente Resolución tendrá
vigencia hasta la fecha de publicación de su modificatoria.
Regístrese, comuníquese y publíquese, archívese los
actuados en la Intendencia Nacional de Recaudación Adua-
nera.
LUZ LUQUE GUTIERREZ
Intendente Nacional de Recaudación Aduanera (e)
17776
CONSUCODE
Aprueban Directiva sobre formaliza-
ción de consorcios a los que se haya
otorgado la Buena Pro en procesos de
selección sujetos a la Ley de Contra-
taciones y Adquisiciones del Estado y
su Reglamento
RESOLUCIÓN Nº 019-2001-CONSUCODE/PRE
Jesús María, 29 de enero de 2001
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el Artículo 59º de la Ley Nº
26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es-
tado, el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisi-
ciones del Estado - CONSUCODE, entre otras funcio-
nes, vela por el cumplimiento de dicha ley;
Que, conforme a lo dispuesto por el Artículo 438º de la
asociativos entre los que se encuentra el consorcio, deben
formalizarse por escrito; asimismo, el Artículo 445º de
dicha Ley define el contrato de consorcio como aquél por el
cual dos o más personas se asocian para participar en un
determinado negocio o empresa con la finalidad de obte-
ner un beneficio económico, pero manteniendo cada una
su propia autonomía;
Que, de acuerdo con el Artículo 37º de la Ley Nº 26850,
en los procesos de selección sujetos a dicha Ley podrán
participar distintos postores en consorcio, sin que se dé
lugar a la creación de una persona jurídica; debiendo, en
la presentación de propuestas, acreditarse la existencia
de una promesa formal de consorcio, la que se perfeccio-
nará luego de otorgada la Buena Pro;
Que, con el fin de orientar a las Entidades sobre los
requisitos para la formalización de los consorcios a los que
se le haya otorgado la Buena Pro en los procesos de
selección sujetos a la Ley Nº 26850 y su Reglamento,
resulta necesario dictar una directiva de orientación que
permita uniformar criterios en las Entidades para tal
efecto, evitando se exijan mayores requisitos que los
previstos en dichas normas;
Contando con los visados de la Gerencia de Asesoría
Especializada y Gerencia de Administración y Finanzas;
De conformidad con lo establecido en el Artículo 59º
inciso a) de la Ley Nº 26850 y el Artículo 7º, incisos c) y g)
del Decreto Supremo Nº 047-98-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo Unico.- Aprobar la Directiva Nº 001-2001-
CONSUCODE/PRE que oriente a las Entidades respecto
a los requisitos que deben cumplirse para la formalización
de los consorcios a los que se haya otorgado la Buena Pro
en los procesos de selección sujetos a la Ley Nº 26850 y su
Reglamento.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RICARDO SALAZAR CHAVEZ
Presidente
DIRECTIVA Nº 001-2001-CONSUCODE/PRE
FORMALIZACIÓN DE LOS CONSORCIOS
A LOS QUE SE HAYA OTORGADO LA BUENA
PRO EN LOS PROCESOS DE SELECCIÓN
SUJETOS A LA LEY Nº 26850
Y SU REGLAMENTO
I. FINALIDAD
Orientar a las Entidades del Estado sujetas a los
alcances de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y
Adquisiciones del Estado y su Reglamento, aprobado por
Decreto Supremo Nº 039-98-PCM, sobre la formalización
de los contratos de consorcios en los procesos de selección
en que hayan sido adjudicatarios de la Buena Pro.
II. OBJETIVO
La presente Directiva tiene por objeto establecer los
requisitos mínimos que deben cumplir los integrantes de
un consorcio una vez que han resultado ganadores de la
Buena Pro en los procesos de selección sujetos a la Ley Nº
26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,
su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 039-98-
PCM y demás disposiciones modificatorias, complementa-
rias y conexas.
III. ALCANCE
La presente Directiva es de aplicación obligatoria por
todas las Entidades del Sector Público y demás Organis-
mos comprendidos en el Artículo 2º de la Ley Nº 26850, Ley
de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, así como
los postores que participen en los procesos de selección
para las adquisiciones de bienes, suministros y contrata-
ciones de obras, servicios y consultoría.
IV. BASE LEGAL
- Ley Nº 26850, de Contrataciones y Adquisiciones del
Estado, Artículos y 37º.
438º y 445º.
- Ley Nº 25035, Ley de Simplificación Administrativa,
Artículo 3º.
- Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Reglamento de la
Ley de Simplificación Administrativa, Artículo 6º.
- Reglamento de Organización y Funciones del Consejo
Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado -
CONSUCODE, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-98-
PCM, Artículo 5º incisos c) y e).
V. DISPOSICIÓN GENERAL
De conformidad con lo previsto en el Artículo 37º de la Ley
Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,
en los procesos de selección sujetos a dicha Ley, podrán
participar distintos postores en consorcio, sean personas

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