Comisión de economía pretende flexibilizar salvataje de empresas insolventes en INDECOPI

Aprueba proyecto para que acreedores modifiquen acuerdo de refinanciación hasta en dos oportunidades

El 24 de octubre la Comisión de Economía del Congreso aprobó un proyecto de ley para modificar la Ley General del Sistema Concursal, en el tema referido a los procedimientos concursales preventivos.

Según la Comisión, el proyecto aprobado por unanimidad "pretende alcanzar un salvavidas a empresas que se ahogan y se busca que éste sea más durable en tanto persistan las dificultades que suelen ponerlas al borde del colapso".

El procedimiento concursal preventivo es aquel solicitado por el propio deudor cuando no más de un tercio del total de sus obligaciones se encuentran vencidas o impagas y sus deudas acumuladas no superan el tercio del capital social pagado.

Según la legislación actual, luego de iniciado el procedimiento, cuando la Junta de Acreedores aprueba el Acuerdo Global de Refinanciación (AGR) el procedimiento preventivo termina, lo que implica que este acuerdo global no puede ser modificado a menos que se inicie un nuevo procedimiento preventivo.

El dictamen aprobado por la Comisión de Economía establece que la aprobación del Acuerdo Global de Refinanciación no implica el fin del procedimiento preventivo pues los acreedores podrán reunirse en Junta para pronunciarse y , de ser el caso, modificar el Acuerdo Global de Refinanciación aprobado, hasta en dos oportunidades, siempre que el indicado acuerdo mantenga su vigencia.

Justificación

Para la Comisión de Economía, la legislación actual, en cuanto al procedimiento preventivo, consagra la inmutabilidad de la reprogramación de pagos durante la vigencia del cronograma de pagos, lo cual, a su criterio, va en contra de la realidad económica y empresarial de nuestro país que, en la mayoría de oportunidades, es más dinámica que los planes de negocios e inversión que desarrollan las empresas.

"De ahí que cualquier planteamiento de tipo financiero, comercial o estratégico debe ser susceptible de variaciones y adecuaciones a un entorno cambiante", señala la comisión.

Agregan que el hecho de requerir el inicio de un nuevo procedimiento concursal preventivo para efectuar modificaciones al Acuerdo de Refinanciación afecta tanto a la empresa deudora como a los acreedores de la empresa concursad, por el tiempo que...

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