Aprueban procedimientos fitosanitarios a seguir en la Campaña de exportación de frutas frescas de Mango

Fecha de disposición04 Diciembre 2004
Fecha de publicación04 Diciembre 2004
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NORMAS LEGALES
Lima, sábado 4 de diciembre de 2004
Aprueban procedimientos fitosanitarios
a seguir en la Campaña de exportación
de frutas frescas de Mango
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGRARIA
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 587-2004-AG-SENASA-DGSV
Lima, 25 de octubre de 2004
CONSIDERANDO:
Que, por Ley Nº 27322 "Ley Marco de Sanidad Agra-
ria", se establece que a solicitud del usuario se realizará
la certificación fitosanitaria, previa inspección de plantas
y productos vegetales;
Que, por Decreto Supremo Nº 032-2003-AG, se apro-
bó el Reglamento de Cuarentena Vegetal, el cual esta-
blece las disposiciones generales para los procedimien-
tos operativos de importación, exportación, tránsito in-
ternacional y cuarentena interna;
Que, mediante Directiva General Nº 21-2002-AG-SE-
NASA-DGSV-DDF, se aprobó los Procedimientos a seguir
para ejecutar la campaña de exportación de frutas frescas
de mango sometidas a tratamientos hidrotérmico;
Que se ha identificado la necesidad de actualizar los
procedimientos operativo específicos para efectuar la
certificación fitosanitaria de envíos de fruta fresca de
mango destinada a la exportación;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley nº 27322,
la Ley Nº 27444, el Decreto Supremo Nº 049-2001-AG,
el Decreto Supremo Nº 032-2003-AG y el Decreto Su-
premo Nº 024-95-AG; y con la visacióndel Director Ge-
neral de Asesoría Jurídica;
RESUELVE:
Artículo 1º.- Apruébese los Procedimientos Fitosa-
nitarios a seguir en la Campaña de exportación de frutas
Frescas de Mango
(Manguifera indica)
.
Artículo 2º.- Déjese sin efecto la Directiva General
Nº 021-2002-AG-SENASA-DGSV-DDF, del 22 de no-
viembre de 2002.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO J. MOLINA SALCEDO
Director General (e)
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGRARIA
DIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD VEGETAL
DIRECCIÓN DE DEFENSA FITOSANITARIA
PROCEDIMIENTOS FITOSANITARIOS A SEGUIR
EN LA CAMPAÑA DE EXPORTACIÓN DE MANGO
(
Manguifera indica
)
Octubre, 2004
ÍNDICE
DESCRIPCIÓN
I. OBJETIVOS
II . BASE LEGAL
III. CONSIDERACIONES GENERALES
3.1 Actividades consideradas en el proceso de certificación
fitosanitaria de mango
3.2 Lugares donde se puede efectuar la inspección fitosani-
taria
3.3 Ámbito jurisdiccional para la emisión y expedición de los
certificados
3.4 Del Inspector de Cuarentena Vegetal
3.5 Del Coordinador de la campaña de exportación de man-
go
IV. ALCANCE
V. RESPONSABILIDADES
1. DEL PRODUCTOR Y EXPORTADOR
a) Responsabilidades del productor
b) Responsabilidades del exportador
2. AL INICIO DE LA CAMPAÑA DE EXPORTACIÓN
a) Fecha de inicio y término de la campaña de exporta-
ción
b) Requisitos de información sobre niveles poblaciona-
les de Moscas de la fruta en zonas.
c) Evaluación de las áreas potenciales y estimación de
los volúmenes de exportación
d) Autorización de incorporación de nuevas zonas de
producción, sectores y subsectores de las Direccio-
22036
Programa Nacional de Manejo de Cuencas Hidrográficas y Conservación de Suelos
PRONAMACHCS
N° de Denominacion Monto del Forma Dependencia Duración Dependencia donde
Orden del Requisitos Precio de donde se inicia del culmina el
Bien/Servicio (S/.) * Pago el tr
á
mite Tr
á
mite tr
á
mite
02 Venta de Semillas - Solicitud de compra El precio de plantón Contado Banco Nacional de 10 dias útiles Banco Nacional de
Forestales de plantones (form ulario fluctúa de S/. 50.00 (Banco Nacional de Semillas Forestales Semillas Fores tales
N° 02) a S/. 240.00 por especie Semillas Forestales - BNSF**) (BNSF) (BNSF)
según Cuadro A.
Precio exonerado IGV
- Boleta o factura.
* Nuevos soles.
(*) Venta de Semilla s Forestales - BNSF : Componente del Proy ecto de Reforestac ion del Programa Naci onal de Manejo de Cuencas Hidrograficas y Conservación de Suelos.
GUIA DE BIENES Y/O SERVICIOS DEL PRONAMACHCS
Programa Nacional de Manejo de Cuencas Hidrográficas y Conservación de Suelos
PRONAMACHCS
N° de Denominacion Monto del Forma Dependencia Duración Dependencia donde
Orden del Requisitos Precio de don de se inicia del culmina el
Bien (S/.) * Pago el trámite Trámite trámite
02 Venta de semillas - Solicitud de compra El prec io de plantón Contado Banco Nacional de 10 dias útiles Banco Nacional de
Forestales de plantones (formulario fluctua de S/. 50.00 (Banco Nacional de Semillas Semillas Forestales Semillas For estales
N° 02) a S/. 240.00 por kilogramo Forestales - BNSF**) (BNSF) (BNSF)
según Cuadro A.
Precio Incluye IGV
- Boleta o factura.
* Nuevos soles.
(*) Venta de Semillas Forestales - BNSF: Componente del Proyecto de Reforestación del Programa Nacional de Manejo de Cuencas Hidrográficas y Conservación de Suelos.
GUIA DE BIENES DEL PRONAMACHCS
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NORMAS LEGALES
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nes Desconcentradas del SENASA a la campaña de
exportación de mango con tratamiento hidrotérmico.
e) Convocatoria a las empresas exportadoras (plantas
de tratamiento hidrotérmico) para su participación
en la campaña de exportación de mango
f) Convocatoria a reunión previa al inicio de la campa-
ña de exportación entre el SENASA, los exportado-
res de mango y representantes del APHIS.
g) Requerimientos presupuéstales para la ejecución de
la campaña de exportación
h) Padrón de productores de la campaña de exporta-
ción de mango
3. DURANTE LA CAMPAÑA DE EXPORTACIÓN
a) Procedencia de los frutos de mango destinados a la
campaña de exportación
b) Mantenimiento de las condiciones del lugar de pro-
ducción certificado
c) Cancelación del registro del lugar de producción
d) Mantenimiento de las condiciones de las plantas de
tratamiento y/o empaque y centros de acopio certi-
ficados.
4. DESPUÉS DE LA CAMPAÑA DE EXPORTACIÓN
a) Informe final de la campaña
b) Reunión de cierre de campaña de exportación
VI. MECÁNICA OPERATIVA
a) ACCIONES AL INICIO DE LA CAMPAÑA DE EXPORTA-
CIÓN
1. CERTIFICACIÓN DE APTITUD DE LUGARES DE PRO-
DUCCIÓN PARA EXPORTACIÓN
1.1 Procedimiento para iniciar el proceso de certifica-
ción
1.2 Inspección fitosanitaria a los lugares de producción
1.3 Otorgamiento de la certificación de aptitud al lugar
de producción.
1.4 Validez de la certificación.
1.5 Cancelación de la certificación
2. CERTIFICACIÓN DEL CENTRO DE ACOPIO
2.1 Procedimientos para iniciar el proceso de certifica-
ción
2.2 Inspección a los centros de acopio
2.3 Otorgamiento de la certificación
2.4 Validez de la certificación
2.5 Cancelación de la validez de la certificación
3. CERTIFICACIÓN DE LAS PLANTAS DE TRATAMIENTO Y/
O EMPAQUE POR EL SENASA
3.1 Procedimiento para iniciar el proceso de certifica-
ción.
3.2 Requisitos para la certificación de la planta de trata-
miento y/o empaque.
3.3 Inspección para su certificación.
3.4 Otorgamiento para la certificación.
3.5 Validez de la certificación.
3.6 Cancelación de la certificación de la planta de trata-
miento y/o empaque.
3.7 Aprobación del funcionamiento de las plantas de
tratamiento y/o empaque por las ONPF´s de los paí-
ses importadores.
3.8 Financiamiento de los Inspectores de las ONPF´s
VII. PROCEDIMIENTOS DURANTE LA CAMPAÑA DE EXPORTA-
CIÓN
a) CONDICIONES PARA LA COSECHA DE FRUTA DESTI-
NADA A LA EXPORTACIÓN
1. Evaluación de las trampas oficiales de moscas de la
fruta
b) VISITAS DE EVALUACIÓN Y MONITOREO A LOS LUGA-
RES DE PRODUCCIÓN CERTIFICADOS CON FINES DE
EXPORTACIÓN
c) MOVILIZACIÓN DE FRUTOS FRESCOS DE MANGO INS-
PECCIONADOS EN CENTROS DE ACOPIO
1. Condiciones exigidas para la movilización de man-
gos inspeccionados en centros de acopio ubicados
en el mismo departamento respecto a la ubicación
de la planta de tratamiento y/o empaque.
2. Condiciones exigidas para la movilización de man-
gos inspeccionados en centros de acopio ubicados
en departamentos distintos respecto a la ubicación
de la planta de tratamiento y/o empaque
3. Condiciones exigidas para la movilización de mango
desde centros de acopio ubicados en departamen-
tos distintos respecto a la ubicación de la planta de
tratamiento y/o empaque, para ser inspeccionados
en las Plantas
4. Condiciones exigidas para los medios de transporte
que movilizarán mangos hacia las plantas de trata-
miento y/o empaque
d) INSPECCIÓN FITOSANITARIA DE MANGO
1. Procedimiento a seguir
2. De la inspección
e) EJECUCIÓN DEL TRATAMIENTO HIDROTÉRMICO
1. Verificación documentaria
2. Inspección física y muestreo de las frutas en la
planta de tratamiento hidrotérmico.
3. Muestreo de frutos para tratamiento
4. Verificación del funcionamiento de los equipos de la
planta de tratamiento hidrotérmico.
5. Condiciones que debe cumplir la fruta para el trata-
miento hidrotérmico.
6. Supervisión el tratamiento
7. Empacado de las fruta
8. Condiciones de resguardo de las frutas posterior al
tratamiento hidrotérmico
9. Condiciones de resguardo de envases y embalajes
10. Condiciones de resguardo del embarque
11. Certificación fitosanitaria de exportación
12. Consignación de información adicional
13. Precintado de los envíos
VIII. PROCEDIMIENTOS DESPUÉS DE LA CAMPAÑA DE EX-
PORTACIÓN
a) Informe final e la campaña de exportación
b) Formatos
IX. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
XI. RESPONSABILIDAD
XII. ANEXOS:
a) Formatos
b) Glosario
I. OBJETIVO
Establecer criterios y armonizar procedimientos para
la certificación fitosanitaria de frutas frescas de mango
sometidas a tratamiento hidrotérmico destinadas a la
exportación, a fin de dar cumplimiento a los Planes de
Trabajo suscritos con las Organizaciones Nacionales
de Protección Fitosanitaria (ONPF´s) de los países im-
portadores.
II. BASE LEGAL
- Ley Nº 27322, Ley Marco de Sanidad Agraria, de
fecha 23 de julio de 2000.
- Resolución Legislativa Nº 27198, publicado el 9 de
noviembre de 1999, mediante la cual se aprobó el nuevo
texto de la Convención Internacional de Protección Fito-
sanitaria de la FAO.
- Decreto Supremo Nº 009-2000-AG, publicado el 18
de abril de 2000, que aprueba el Reglamento para el
Control, Supresión y Erradicación de Moscas de la Fru-
ta. - Decreto Supremo Nº 048-2001-AG, publicado el 29
de julio de 2001, mediante la cual aprueban el Reglamen-
to General de la Ley Marco de Sanidad Agraria.
- Decreto Supremo Nº 016-2002-AG, publicado el 23
de febrero de 2002, que Aprueba el Texto Único de Pro-

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