81 357 - Modifican Ordenanza que fijó monto de contribución de peaje que deben abonar usuarios de los servicios que presta EMAPE S.A. en la jurisdicción de Lima

EmisorMUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
Fecha de la disposición11 de Marzo de 2002
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NORMAS LEGALES
Lima, lunes 11 de marzo de 2002
respecto tanto al enfoque que poseen los equipos ofer-
tados como a la tecnología de los mismos;
Que, dichos postores han señalado, mediante cartas
recibidas el 1 de marzo de 2002, que sus equipos po-
seen enfoque manual y tecnología DLP, por lo que dicho
Comité solicitó un informe a la Oficina de Tecnología e
Ingeniería de Software de la Intendencia Nacional de
Sistemas de Información;
Que según Memorándum Nº 117-2002-TF0000 e In-
forme Nº 24/JSZ-02, dicha Oficina precisó que los equi-
pos ofertados por las empresas JCLM S.A. Computer
Support y 3M Perú S.A. no cumplen con lo requerido en
las Bases, agregando que si bien la tecnología DLP es
de superiores características, no es la requerida en el
proceso;
Que, por otra parte, al haberse señalado en la absolu-
ción de consultas que la tecnología requerida era LCD,
se indicó indirectamente a los postores que no podían
proponer tecnología diferente, lo que pudo ocasionar que
empresas que eventualmente podían haber ofertado tec-
nología distinta, no lo hicieran, colocándose así en una
situación desventajosa frente a los otros;
Que de acuerdo a lo establecido en el Artículo 3º, del
Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley Nº
26850, los procesos de selección se sustentarán, entre
otros, en el principio de libre competencia según el cual
se deben incluir regulaciones que fomenten la más am-
plia concurrencia, pluralidad y participación de postores
potenciales;
Que de lo expuesto se concluye que las propues-
tas de los postores no se ajustan a lo requerido en
Bases y Absolución de Consultas, por lo que corres-
ponde declarar la nulidad del otorgamiento de la bue-
na pro del ítem Nº 10 del proceso de selección y re-
trotraer éste a la etapa de elaboración de Bases, de
acuerdo a lo establecido en los Artículos 57º del Tex-
to Único Ordenado de la Ley Nº 26850 y Artículo 26º
de su Reglamento;
De conformidad con lo establecido en el Artículo 14º
del Texto Único Ordenado del Estatuto de la SUNAT, apro-
bado por Resolución de Superintendencia Nº 041-98/SU-
NAT y modificado por Resolución de Superintendencia
Nº 004-2001/SUNAT;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Declarar NULO el otorgamiento de
la buena pro del ítem Nº 10 de la Licitación Pública Nº
0005-2001-SUNAT, por los fundamentos expuestos en
la parte considerativa de la presente Resolución, debien-
do retrotraerse el proceso, en lo que respecta a dicho
ítem, a la etapa de elaboración de Bases.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ ENRIQUE DEZA URQUIAGA
Intendente Nacional
Intendencia Nacional de Administración
4654
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD
METROPOLITANA DE LIMA
Modifican Ordenanza que fijó monto de
contribución de peaje que deben abo-
nar usuarios de los servicios que pres-
ta EMAPE S.A. en la jurisdicción de
Lima
ORDENANZA Nº 357
EL TENIENTE ALCALDE METROPOLITANO
DE LIMA; ENCARGADO DE LA ALCALDÍA:
POR CUANTO:
EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA,
EN SESIÓN REALIZADA EL 31 DE ENERO
DE 2002,
Visto los Oficios Nºs. 002 y 014-EMAPE-GG emiti-
dos por la Gerencia General de la empresa Municipal
Administradora de Peaje de Lima EMAPE S.A., de acuer-
do con lo opinado por la Comisión de Economía, Planifi-
cación y Presupuesto en su Dictamen Nº 009-2002-MML
CEPP;
Aprobó la siguiente:
ORDENANZA
"Modificatoria de la Ordenanza Nº 355-MML, que
fijó el valor de la contribución de Peaje que deben
abonar los usuarios por los servicios que presta la
Empresa Municipal Administradora de Peaje de
Lima S.A. en la jurisdicción de Lima".
Artículo 1º.- Modificar el Artículo 1º de la Ordenanza
Nº 355-MML, por la que fija el monto de la contribución
de Peaje que deben abonar los usuarios de los servicios
que presta EMAPE S.A. en la jurisdicción de Lima, de la
siguiente manera.
GARITA CHILLÓN
TARIFA TARIFA
UNIDADES PESADAS VIGENTE NUEVA
S/. 1.50 S/. 1.50
unidad unidad
POR TANTO:
Mando, se registre, publique y cumpla.
Lima, 7 de febrero de 2002
GERMÁN APARICIO LEMBCKE
Teniente Alcalde de Lima
Encargado de la Alcaldía
4662
MUNICIPALIDAD DE
SANTIAGO DE SURCO
Amplían plazo para pago del Impuesto
Predial y de Arbitrios Municipales co-
rrespondientes al ejercicio 2002
ORDENANZA N° 96-MSS
Santiago de Surco, 7 de marzo de 2002
EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Se-
sión Ordinaria de la fecha;
CONSIDERANDO:
Que, es política de la actual gestión municipal brin-
dar las mayores facilidades a sus contribuyentes a efec-
tos que cumplan con las obligaciones tributarias que les
corresponden;
Que, en tal sentido, teniendo en consideración la si-
tuación económica por la que viene atravesando el país,
resulta conveniente ampliar el plazo para el pago del Im-
puesto Predial y de los Arbitrios Municipales correspon-
dientes al ejercicio 2002;

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