ORDENANZA Nº 080-2009/MLV - Fijan tasa de interés aplicable a tributos

Fecha de disposición28 Mayo 2009
Fecha de publicación28 Mayo 2009
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, jueves 28 de mayo de 2009
396578
concordante con los Artículos 11º y 54º de dicho texto legal,
corresponde al Concejo Municipal aprobar el Balance y la
Memoria Anual;
Que mediante Informe Nº 060-2009-GPP/MDB
referido a la Memoria Anual del Ejercicio 2008, que se
aprueba, como documento referencial ref‌l eja los resultados
alcanzados por la Administración Municipal desde el punto
de vista de los Objetivos Estratégicos y Prioridades que
se f‌i jaron para el año 2008; así como los retos a futuro
que son interdependientes entre sí; en una organización
como la nuestra que tiene como característica principal la
planif‌i cación participativa y sostenida de su desarrollo, bajo
un diseño de administración gerencia, tal como lo ordena la
Que, es necesario dar cumplimiento a las normas
precitadas, y asimismo dar a conocer el estado situacional
de este gobierno local a través de la Memoria Anual,
correspondiente al fenecido Año Fiscal 2007;
De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 9º inciso
17), y Artículo 54º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de
Municipalidades, y a lo dispuesto por la Ley Nº 27312; por
UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del
Acta;
ACUERDA:
Artículo Primero.- APROBAR el Balance General, el
Estado de Gestión y la Memoria Anual del Año Fiscal 2008
de la Municipalidad Distrital de Breña, el mismo que como
anexo forma parte integrante del presente Acuerdo.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Sub Gerencia
de Contabilidad de esta Corporación Edil, la remisión de
la documentación aprobada en el artículo precedente
a la Contaduría Pública de la Nación, Municipalidad
Metropolitana de Lima y a la Contraloría General de la
República de acuerdo a la forma que establece la Ley, bajo
responsabilidad.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal,
Gerencia de Administración y Finanzas, Sub Gerencia de
Contabilidad realizar las acciones pertinentes a f‌i n de dar
cumplimiento al presente Acuerdo.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de
Administración y Finanzas su publicación en el Diario Of‌i cial
El Peruano, bajo responsabilidad y a la Secretaria General
notif‌i car el presente Acuerdo al Ministerio de Economía y
Finanzas, y a la Contraloría General de la República, para
su conocimiento y f‌i nes pertinentes.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
JOSÉ ANTONIO GORDILLO ABAD
Alcalde
352534-1
MUNICIPALIDAD DE COMAS
Aprueban bases de sorteos públicos
para contribuyentes del distrito, a
realizarse el 30 de mayo y 31 de julio
de 2009
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 005 - 2009-A/MC
Comas, 15 de mayo de 2009.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Nº 286-C/MC de fecha 24
de abril de 2009 y publicada en el Diario Of‌i cial El Peruano
el 06.05.2009 se autorizó la realización de dos sorteos
públicos tributarios para los días, sábado 30 de mayo de
2009 y viernes 31 de julio de 2009 denominados: “AHORA
POR EL DÍA DE LA MADRE, MÁS PREMIOS A TU
PUNTUALIDAD TRIBUTARIA” y “EN ESTAS FIESTAS
PATRIAS PAGANDO PUNTUALMENTE TUS TRIBUTOS,
ENFRENTA LA CRISIS Y PON TU NEGOCIO PROPIO”
respectivamente, para los contribuyentes del distrito de
Comas, afectos al impuesto predial y arbitrios de limpieza
pública, parques y jardines.
Que, el Artículo Décimo de la Ordenanza indicada
en el considerando precedente, autoriza al Alcalde de la
Municipalidad de Comas, para que mediante Decreto de
Alcaldía apruebe las bases de dichos sorteos.
Que, estando a lo indicado y con las visaciones de los
Gerentes de Administración Tributaria, Asuntos Jurídicos,
Administración y Finanzas, Planif‌i cación y Presupuesto y la
Gerencia Municipal; y,
En uso de las atribuciones que conf‌i ere el numeral 6
del Artículo 20º y segundo párrafo del Artículo 39º de la Ley
Orgánica de Municipalidades Nº 27972 así como el Artículo
Décimo de la Ordenanza Nº 286-C/MC.
DECRETA:
Artículo Primero.- Aprobar las bases de los sorteos
públicos a realizarse los días sábado 30 de mayo de 2009 y
viernes 31 de julio de 2009 denominados: “AHORA POR EL
DÍA DE LA MADRE, MÁS PREMIOS A TU PUNTUALIDAD
TRIBUTARIA” y “EN ESTAS FIESTAS PATRIAS PAGANDO
PUNTUALMENTE TUS TRIBUTOS, ENFRENTA LA CRISIS
Y PON TU NEGOCIO PROPIO” que en anexo al presente,
forma parte integrante de este Decreto de Alcaldía.
Artículo Segundo.- Las Gerencias de Administración
y Finanzas, Planif‌i cación y Presupuesto, Administración
Tributaria, Sub Gerencia de Informática y Estadística y la
Unidad de Comunicación Municipal, son los responsables
del cumplimiento del presente Decreto.
Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese.
MIGUEL ÁNGEL SALDAÑA REÁTEGUI
Alcalde
352736-1
MUNICIPALIDAD DE
LA VICTORIA
Fijan tasa de interés aplicable a
tributos
ORDENANZA Nº 080-2009/MLV
La Victoria, 27 de mayo de 2009
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE
LA VICTORIA
POR CUANTO:
VISTO; en sesión ordinaria de la fecha el dictamen
conjunto Nº 005-2009-CPRDE-CPPPAL/MDLV emitido
por las comisiones permanentes de Rentas y Desarrollo
Económico; y de Planeamiento, Presupuesto y Asuntos
Legales;
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 194º de
la Constitución Política del Perú en concordancia con
el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de
Municipalidades - Ley Nº 27972 -, los gobiernos locales
tienen autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia con sujeción al ordenamiento
jurídico, correspondiéndole al Concejo Municipal la función
normativa que se ejerce a través de Ordenanzas, las cuales
tienen rango de ley de acuerdo al artículo 200º numeral 4
Que, conforme a lo establecido por el numeral 4)
Política del Perú en concordancia con la Norma IV del
Título Preliminar del texto Único Ordenado - TUO - del
Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo
Nº 135-99-EF, y con el artículo 9º numeral 9 de la Ley Nº
27972, los gobiernos locales tienen potestad tributaria para
crear, modif‌i car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios,
licencias y derechos municipales, así como exonerar de
ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala
la ley, a través del Concejo Municipal;
Que, de acuerdo al artículo 33º del Texto Único
Ordenado - TUO - Código Tributario, aprobado por Decreto
Supremo Nº 135-99-EF y demás normas modif‌i catorias,
compete a los gobiernos locales f‌i jar, mediante ordenanza
municipal, la tasa de interés moratorio (TIM) respecto a
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