Decreto Supremo Nº. 035-90-TR, Fijan la asignación familiar para los trabajadores de la actividad privada, cuyas remuneraciones no se regulan por negociación colectiva

AutorJavier Neves Mujica - Elmer Guillermo Arce Ortiz
Cargo del AutorEx Ministro de Trabajo y Profesor de Derecho Laboral de la Pontificia Universidad Católica del Perú - Profesor de Derecho Laboral de la Pontificia Universidad Católica del Perú
Páginas339-340
RÉGIMEN LABORAL GENERAL DE LA ACTIVIDAD PRIVADA
339
Decreto Supremo Nº. 035-90-TR
Fijan la asignación familiar para los trabajadores
de la actividad privada, cuyas remuneraciones
no se regulan por negociación colectiva
(El Peruano: 07-06-90)
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que por Ley 25129, se otorga la Asignación Familiar para
los trabajadores de la actividad privada, cuyas remuneraciones
no se regulan por negociación colectiva equivalente al 10% del
ingreso mínimo legal;
Que resulta necesario expedir las disposiciones reglamen-
tarias para su mejor aplicación;
En uso de la facultad conferida por el inciso 11) del Artículo
211º de la Constitución Política del Estado;
DECRETA:
Artículo 1º.- Cuando el reglamento haga mención a la Ley,
se entenderá que está referido a la Ley 25129.
Artículo 2º.- Se encuentran comprendidos en los alcances del
beneficio a que se contrae la Ley 25129, los trabajadores sujetos
al régimen laboral de la actividad privada cuyas remuneraciones
no se regulen por negociación colectiva, cualquiera que fuere
su fecha de ingreso.

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