2615 037-MDR - Autorizan realización de Ferias Navideñas en las que comerciantes informales puedan hacer uso de vía pública y/o retiro municipal

Fecha de disposición04 Diciembre 2001
Fecha de publicación04 Diciembre 2001
Pág. 213382
NORMAS LEGALES
Lima, martes 4 de diciembre de 2001
Artículo 3º.- La presente resolución deberá ser publicada
en el Diario Oficial El Peruano y consignada en la página web
de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria de OSINERG:
www.cte.org.pe.
AMADEO PRADO BENITEZ
Presidente del Consejo Directivo
35614
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DEL RÍMAC
Autorizan realización de Ferias Navideñas en las
que comerciantes informales puedan hacer uso de
vía pública y/o retiro municipal
ORDENANZA Nº 037-MDR
Rímac, 29 de noviembre del 2001
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DEL RIMAC
POR CUANTO:
El Concejo Distrital del Rímac, en Sesión Ordinaria de la
fecha, bajo la presidencia de la Alcaldesa, Eco. Gloria
Jaramillo Aguilar, con la asistencia de los señores Regidores:
Rosa Olinda Liza Nunton, William Castañeda Lozano, Nelly
Beatriz Pacheco Torres, Dina Emérita Iparraguirre Cuba, Jorge
Estela Valdivia, Rafael Fernando Fuentes Galindo, Iris
Elizabeth Armijo Vidal, María Manuela Pintado de Tejada,
Teófilo Silva Zavaleta, Víctor Manuel Vega Neciosup, José
Falcón Huamán Lazo;
Visto el Dictamen Nº 001-2001-MDR-CAR-CSC emitido
por la Comisión de Administración y Rentas y Comisión de
Servicios a la Ciudad, sobre ocupación de la vía pública por
Ferias Navideñas;
CONSIDERANDO:
Que, contemplando la difícil situación económica por la
que atraviesa el país y por ende el vecino rimense, es
preocupación de la actual gestión municipal apoyarlos y ante
el advenimiento de las celebraciones de las Fiestas Navideñas
brindarles una oportunidad para que los rimenses puedan
generar ingresos extras vendiendo sus diversos productos
en la jurisdicción del Rímac;
Que, según el numeral 3) del Art. 68º de la Ley Nº 23853,
es función de la Municipalidad en materia de abastecimiento
y comercialización de productos regular y controlar el comercio
ambulatorio;
Que, es necesario dictar la norma que regule la
autorización temporal para la realización de Ferias
Navideñas en diferentes calles y/o avenidas del distrito
del Rímac;
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto
en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 y con el
voto Mayoritario de los miembros del Concejo y con dispensa
del trámite de la lectura y aprobación del acta, se aprobó la
siguiente:
ORDENANZA
Artículo Primero.- Autorizar que por Fiestas Navideñas
se realicen Ferias en las que comerciantes informales puedan
hacer uso de la vía pública y/o retiro municipal, debiendo hacer
el pago correspondiente.
Artículo Segundo.- Disponer que las Ferias Navideñas
se realicen únicamente en las siguientes calles, avenidas y/o
jirones respetando los giros establecidos en ellas:
1. Malecón Rímac, Jr. Huaura (artículos navideños).
2. Bajada del puente Santa Rosa, pasaje Santa Rosa
(artículos navideños).
3. Mercado de Flores Santa Rosa (artículos navideños).
4. Av. Francisco Pizarro Cdras. 3, 4 y 5 (artículos
navideños).
5. Av. Samuel Alcázar Cdras. 6, 7 y 8 (artículos navideños).
6. Av. Armando Filomeno Cdra. 3 (artículos navideños).
7. Av. José Santos Chocano Cdras. 1, 2, 3, 4 (aves en pie
y artículos navideños).
8. Jr. Restauración Cdras. 1 y 2 (aves en pie y artículos
navideños).
9. Jr. Tomás Moya Cdra. 6, Esteban Salmón Cdras. 5 y 6,
Jr. Razurí Cdra. 1 y Av. Caquetá Cdras. 9 y 10 (artículos
navideños).
10. Jr. Piñonate Cdra. 1 (artículos navideños).
Artículo Tercero.- Establecer como pago por uso de la
vía pública la suma de S/. 3.00 (Tres y 00/100 Nuevos Soles)
por día.
Artículo Cuarto.- Los montos fijados en el artículo anterior
por uso de la vía pública no se aplicarán a las Instituciones
que tengan Convenio con la Municipalidad para tales fines.
Artículo Quinto.- Las Ferias Navideñas tendrán
autorización desde la publicación en el Diario Oficial El
Peruano de la presente Ordenanza hasta el 6 de enero del
2002.
Artículo Sexto.- Encargar a la Dirección Municipal,
Dirección de Administración Tributaria - Unidad de
Fiscalización, Dirección de Servicios a la Ciudad - Unidad de
Comercialización y Desarrollo Empresarial y División de
Seguridad Ciudadana y Policía Municipal el cumplimiento de
la misma.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
GLORIA JARAMILLO AGUILAR
Alcaldesa
35602
MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO
DE SURCO
Incorporan representante del Ministerio de Salud
al Comité de Administración del Vaso de Leche de
la Municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 69-2001-ACSS
Santiago de Surco, 28 de noviembre de 2001
EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión
Extraordinaria de la fecha, visto el Oficio Nº 162-DISA-II-LS-
DG-DEPCTS/IEC-001 remitido por el Ministerio de Salud, por
el cual acredita a la señorita Mirtha Mayuri de la Cruz como
representante de esa entidad ante el Comité de Administración
del Vaso de Leche de la Municipalidad;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 17-2001-ACSS de
fecha 10.ABR.2001, se modificó la conformación del Comité
de Administración del Vaso de Leche de la Municipalidad de
Santiago de Surco;
Que, con fecha 3.JUN.2001 se publicó en el Diario Oficial
El Peruano la Ley Nº 27470, que establece normas
complementarias para la ejecución del programa del Vaso de
Leche, la misma que dispone la incorporación al Comité de
un representante del Ministerio de Salud;
Que, estando al documento remitido por el Ministerio de
Salud, es necesario modificar el Acuerdo de Concejo Nº 17-
2001-ACSS, a fin de incorporar al referido representante;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de
Municipalidades Nº 23853, en su Artículo 36º inciso 15), con
dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, por
Unanimidad, adoptó el siguiente:
ACUERDO
Artículo Único.- Modificar el Acuerdo de Concejo Nº 17-
2001-ACSS, incorporando al Comité de Administración del
Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Santiago de
Surco a la señorita MIRTHA MAYURI DE LA CRUZ, como
representante del Ministerio de Salud.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
CARLOS DARGENT CHAMOT
Alcalde
35604

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR