ORDENANZA Nº 001-2009-MDLP - Amplían fecha de vencimiento de tributos municipales

Fecha de publicación31 Enero 2009
Fecha de disposición31 Enero 2009
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, sábado 31 de enero de 2009
389718
Artículo 2. Encárgase el cumplimiento del presente
Decreto de Alcaldía a la Gerencia General de Servicios
Sociales y Culturales.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
FÉLIX MORENO CABALLERO
Alcalde del Callao
307367-1
MUNICIPALIDAD DE LA PERLA
Amplían fecha de vencimiento de
tributos municipales
ORDENANZA Nº 001-2009-MDLP
La Perla, 27 de enero del 2009
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE LA PERLA
POR CUANTO:
Visto en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha,
27 de enero del 2009, el Dictamen de la Comisión de
Administración Economía y Presupuesto, sobre el
Proyecto de Ordenanza de Ampliación de la fecha de
vencimiento de pago de los tributos municipales para
el año 2009.
CONSIDERANDO:
del Estado señala que “Las Municipalidades Provinciales
y Distritales son órganos de gobierno local tienen
autonomía económica y administrativa en los asuntos de
su competencia”. Asimismo, se atribuye a los Concejos
Municipales las funciones normativas que se establecen
en el artículo 9º de la Ley 27972 Ley Orgánica de
Municipalidades, la que se ejerce mediante Ordenanzas.
Que, el artículo 36° del T.U.O del Código Tributario
aprobado por D.S. Nº 135-99 EF establece la facultad
de aplazamiento del vencimiento de pago de la deuda
tributaria.
Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 15°
del T.U.O de la Ley de Tributación Municipal , la fecha
de vencimiento de pago del impuesto predial anual, y del
primer trimestre del pago fraccionado de dicho tributo es el
ultimo día útil del mes de febrero.
Que, la Gerencia de Administración Tributaria en su
Memorando Nº 007-2009- GAT/MDLP indica que se hace
necesario ampliar la fecha de vencimiento de pago de los
tributos municipales hasta el 31 de marzo del 2009.
Que la política de la actual Gestión Municipal está
orientada a velar por el bienestar de los vecinos del
Distrito, siendo que la mayoría de contribuyentes cuentan
con familiares en edad escolar o que se encuentran
realizando estudios Superiores en las Universidades o
Institutos, coincidiendo con la carga económica del pago
de matrícula, materiales de enseñanza, uniforme y con el
pago del impuesto predial y arbitrios municipales; por lo
tanto es necesario dar oportunidad a los vecinos del Distrito
de La Perla para que puedan cumplir oportunamente con
el pago de sus tributos.
Que, mediante Informe Nº 015 -2009- GAJ/MDLP la
Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión señalando
que ha procedido a revisar y analizar el proyecto sobre
ampliación de fecha de pago anual del impuesto predial
y primera cuota trimestral de dicho tributo y de los meses
de enero y febrero de los arbitrios municipales del 2009 se
encuentra conforme al artículo 36° del Código Tributario y
a lo dispuesto por el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Nº
27972 en consecuencia deberá ponerse a consideración
del pleno del concejo municipal para su respectiva
aprobación de considerarlo pertinente.
Que, mediante Informe Nº 0010-2009- GM-MDLP, la
Gerencia Municipal, remite los actuados al Despacho de
Alcaldía para ser elevado al Pleno del Concejo Municipal.
Que mediante Of‌i cio Nº 028 -2009- ALC-MDLP el
Despacho de Alcaldía remite la documentación antes
señalada a la Comisión de Administración, Economía y
Presupuesto para el pronunciamiento respectivo;
Que mediante Dictamen la Comisión de Administración,
Economía y Presupuesto emite opinión por la procedencia
de aprobar el Proyecto de Ordenanza;
Que, habiéndose sometido a debate y, a la deliberación
ante el Pleno del Concejo Municipal, el mismo ha emitido
su pronunciamiento f‌i nal;
Estando a los fundamentos expuestos, y, en uso de las
facultades conferidas por el inciso 8) del artículo de la
UNANIME de los señores (as) Regidores (as), con la dispensa
de Lectura y aprobación del acta se ha dado la siguiente :
ORDENANZA
AMPLIACION DE LA FECHA DE VENCIMIENTO DE
LOS TRIBUTOS MUNICIPALES
Artículo Primero.- Aplazar el vencimiento de pago del
impuesto predial total anual, y la primera cuota trimestral
del pago fraccionado del impuesto predial hasta el 31-03-
2009.
Artículo Segundo.- Aplazar el pago de arbitrios
municipales correspondientes a los meses de Enero y
febrero hasta el 31-03-2009.
Artículo Tercero.- Corregir la fecha de pago de
arbitrios correspondientes al mes de junio -2009, siendo
su vencimiento de pago real el 30-06-2009.
Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de
Administración Tributaria y la Sub Gerencia de Relaciones
Públicas el cumplimiento de la presente Ordenanza.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
PEDRO JORGE LOPEZ BARRIOS
Alcalde
307482-1
Otorgan beneficios tributarios para pago
de los arbitrios de Limpieza Pública,
Parques y Jardines y Serenasgo para el
ejercicio 2009
La Perla, 27 de enero del 2009
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE LA PERLA
POR CUANTO:
Visto en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha,
27 de enero del 2009, el Dictamen de la Comisión de
Administración Economía y Presupuesto, sobre el
Proyecto de Benef‌i cios Tributarios respecto al pago de
los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y
Jardines y Serenazgo para el ejercicio 2009; y
CONSIDERANDO:
Estado señala que “Las Municipalidades Provinciales
y Distritales son órganos de gobierno local tienen
autonomía económica y administrativa en los asuntos de
su competencia”. Asimismo, se atribuye a los Concejos
Municipales las funciones normativas que se establecen
en el artículo 9º de la Ley 27972 Ley Orgánica de
Municipalidades, la que se ejerce mediante Ordenanzas.
Que, los arbitrios por concepto de Limpieza Pública,
Parques y Jardines y Serenazgo para el ejercicio 2009
han sido aprobados por Ordenanza Nº 018-2008-MDLP,
apreciándose que las tasas aprobadas por Ordenanza
Nº 019-2007 –MDLP aprobadas en función al costo de
cada uno de los servicios han sufrido un incremento como
resultado de la aplicación de los Criterios de Distribución
establecidas por el Tribunal Constitucional al haberse
determinado los costos reales de los arbitrios municipales
correspondientes al año 2008 con respecto a la que
venían pagando los contribuyentes en el año 2007;
Que, la política de la actual Gestión Municipal, está
orientada a velar por el bienestar de los vecinos del

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