FE DE ERRATA R.S. N° 022-2015-SA - .

Fecha de publicación06 Agosto 2015
Fecha de disposición06 Agosto 2015
558773
NORMAS LEGALES
Jueves 6 de agosto de 2015
El Peruano
/
PODER EJECUTIVO
SALUD
Aceptan renuncia del Jefe del Seguro
Integral de Salud
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 022-2015-SA
Lima, 5 de agosto del 2015
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Suprema N° 014-2013-
SA, se designó como Jefe del Seguro Integral de Salud,
al Médico Cirujano Pedro Fidel Grillo Rojas, habiendo
formulado renuncia;
De conformidad con lo establecido en la Ley N°
29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley N° 27594,
Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el
nombramiento y designación de funcionarios públicos y
el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y
Funciones del Ministerio de Salud;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Aceptar la renuncia formulada por el
Médico Cirujano Pedro Fidel Grillo Rojas, como Jefe del
Seguro Integral de Salud, dándosele las gracias por los
servicios prestados.
Artículo 2°.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Ministro de Salud.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA
Ministro de Salud
1271398-1
FE DE ERRATAS
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 022-2015-SA
Mediante O cio Nº 494-2015-SCM-PR, la Secretaría
del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas
de la Resolución Suprema Nº 022-2015-SA, publicada el
día 6 de agosto de 2015.
DICE:
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 022-2015-SA
DEBE DECIR:
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 023-2015-SA
1271399-1
REQUISITOS PARA PUBLICACIÏN EN LA
SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial,
Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos
Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales,
reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos
administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente:
1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario O cial, de lunes a viernes,
en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos
refrendados por la persona acreditada con el registro de su rma ante el Diario O cial.
2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un
disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo
electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe
3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido
en el artículo 9º del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS,
modi cado por el Decreto Supremo N° 014-2012-JUS
4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de
acuerdo al formato original y sin justi car; si incluyen grá cos, su presentación será en extensión
PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda.
5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del
disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para
efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la
publicación se suspenderá.
6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en
caso de tener más de 1 página o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones
tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa.
LA DIRECCIÓN
NL20150806E.pdf 3NL20150806E.pdf 3 8/10/2015 8:01:17 AM8/10/2015 8:01:17 AM

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR