FE DE ERRATA, D.S. N° 083-2020-PCM , PODER EJECUTIVO, PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS - .-FE DE ERRATA-D.S. N° 083-2020-PCM

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición11 de Mayo de 2020

FE DE ERRATAS

DECRETO SUPREMO

Nº 083-2020-PCM

Mediante Oficio Nº 441-2020-DP/SCM, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 083-2020-PCM, publicado en la edición del día 10 de mayo de 2020.

Páginas 47- 48, artículo 5 de la parte resolutiva:

Dice:

Artículo 5.- Sobre los bancos y otras entidades financieras

5.1 En los bancos y otras entidades financieras, se permite un aforo no mayor del cincuenta por ciento (50%). Además, se exige para el ingreso, desinfección previa y el uso obligatorio de guantes y mascarillas, así como mantener una distancia social no menor de dos (2) metros. (...)

Debe decir:

Artículo 5.- Sobre los bancos y otras entidades financieras

5.1 En los bancos y otras entidades financieras, se permite un aforo no mayor del cincuenta por ciento (50%). Además, se exige para el ingreso, desinfección previa y el uso obligatorio de mascarillas, así como mantener una distancia social no menor de un (1) metro. (...)

Página 48, artículo 6 de la parte resolutiva:

Dice:

Artículo 6.- Sobre los mercados, supermercados, establecimientos comerciales minoristas de alimentación y otros centros de venta de alimentos no preparados

6.1 En los mercados, supermercados, establecimientos comerciales minoristas de alimentación y otros centros de venta de alimentos no preparados, se permite un aforo no mayor del cincuenta por ciento (50%). Además, se exige para el ingreso, desinfección previa y el...

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