FE DE ERRATA, D.S. Nº 248-2017-EF, PODER EJECUTIVO, ECONOMIA Y FINANZAS - .-FE DE ERRATA-D.S. Nº 248-2017-EF

EmisorECONOMIA Y FINANZAS
Fecha de la disposición 7 de Septiembre de 2017

Mediante Oficio Nº 1214-2017-DP/SCM, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 248-2017-EF, publicado en la edición del día 24 de agosto de 2017.

  1. - Con relación al inciso iii del literal h) del artículo 8 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252, modificado mediante el artículo 2 del Decreto Supremo N° 248-2017-EF

    DICE:

    Artículo 8: Unidades Formuladoras

    (…)

    h)

    (…)

    iii. Los Gobiernos Locales sujetos al Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones podrán celebrar convenios con Gobiernos Locales no sujetos a dicho Sistema Nacional para sus inversiones públicas, en lo referido a las fases de programación, formulación y evaluación, y los registros en la fase de ejecución y funcionamiento, en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, conforme a las disposiciones que emita la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones.

    DEBE DECIR:

    Artículo 8: Unidades Formuladoras

    (…)

    h)

    (…)

    iii. Los Gobiernos Locales sujetos al Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones podrán celebrar convenios con Gobiernos Locales no sujetos a dicho Sistema Nacional para sus inversiones públicas, en lo referido a las fases de programación multianual, formulación y evaluación, y los registros en la fase de ejecución y funcionamiento, en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, conforme a las disposiciones que emita la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones.

  2. - Con relación al numeral 13.3 del artículo 13 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252, modificado mediante el artículo 1 del Decreto Supremo N° 248-2017-EF

    DICE:

    Artículo 13. Funcionamiento

    (…)

    13.3. Si la inversión pública culminada cumple con los criterios de evaluación ex post aprobados por la Viceministra de Economía, la OPMI realiza dicha evaluación con el fin de obtener lecciones aprendidas que permitan mejoras en futuras...

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