FE DE ERRATA, D. Leg. N° 1504, PODER EJECUTIVO, DECRETOS LEGISLATIVOS - .-FE DE ERRATA-D. Leg. N° 1504

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición16 de Mayo de 2020

Fe de Erratas

DECRETO LEGISLATIVO

Nº 1504

DECRETO LEGISLATIVO QUE FORTALECE

AL INSTITUTO NACIONAL DE SALUD PARA

LA PREVENCIÓN Y CONTROL DE LAS ENFERMEDADES

Mediante Oficio Nº 000457-2020-DP/SCM, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Legislativo Nº 1504, publicado en la edición del día 11 de mayo de 2020.

En la página 13, en el Artículo 2.- Ámbito de Aplicación:

DICE:

El presente Decreto Legislativo es de aplicación:

(…)

2.2 Al Ministerio de Salud, Instituto Nacional de Salud, entidades que forman parte del Sistema Nacional de Salud, y demás entidades públicas comprendidas en el artículo 1 del TUO de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, siempre que tengan competencia en materia de salud.

DEBE DECIR:

El presente Decreto Legislativo es de aplicación:

(…)

2.2 Al Ministerio de Salud, Instituto Nacional de Salud, entidades que forman parte del Sistema Nacional de Salud, y demás entidades públicas comprendidas en el Artículo I, del TÍTULO PRELIMINAR, del TUO de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, siempre que tengan competencia en materia de salud.

En la página 17, en el Artículo 23.- Revisión y evaluación de tecnología en salud

DICE:

(…)

23.1 Créase en el INS, el Centro de Evaluación de Tecnologías en Salud - CETS, con las funciones siguientes:

(…)

  1. Definir la incorporación, exclusión o modificación de tecnologías en salud en el Plan Esencial de Aseguramiento en Salud – PEAS, que otorgan las instituciones administradoras de fondos de aseguramiento en salud – IAFAS, de naturaleza pública y en la oferta de prestaciones de salud de las instituciones prestadoras de servicios de salud – IPRESS, de naturaleza pública, considerando criterios de eficacia, seguridad, efectividad, costo-efectividad, impacto presupuestal, preferencias sociales y otras que correspondan.

  2. Proponer la incorporación, exclusión o modificación de tecnologías en salud de las intervenciones estratégicas de salud pública, considerando criterios de eficacia, seguridad, efectividad, costo-efectividad, impacto presupuestal, preferencias sociales y otras que correspondan.

    (…)

  3. Proponer a la Autoridad de Salud de Nivel Nacional, los nuevos productos farmacéuticos, dispositivos médicos y productos sanitarios que se incorporen en el Petitorio Nacional Único de Medicamentos Esenciales y el Petitorio Nacional Único de Dispositivos Médicos Esenciales y otros equivalentes, así como en las listas complementarias

    (…)

  4. Establecer los términos de eficacia y seguridad terapéutica de los contratos de riesgo compartido que establezcan las entidades públicas y proveedores, en el marco de la Ley vigente.

    (…)

  5. Traducir el...

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