Lista de Productos Farmacéuticos y Biológicos de uso Veterinario registrados en el mes de mayo del año 2000

Fecha de disposición19 Junio 2000
Fecha de publicación19 Junio 2000
DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR
NORMAS LEGALES
Lima, lunes 19 de junio de 2000 AÑO XVIII - Nº 7301 Pág. 188147
Director: Manuel Jesús Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe
"AÑO DE LA LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR"
P C M
Autorizan viaje del Ministro de la
Presidencia a los EE.UU., para celebrar
reuniones de trabajo con represen-
tantes del Banco Mundial
RESOLUCION SUPREMA
Nº 247-2000-PCM
Lima, 17 de junio del 2000
CONSIDERANDO:
Que, el Dr. Edgardo Mosqueira Medina, Ministro de la
Presidencia, se ausentará del país del 19 al 22 de junio de 2000,
para celebrar reuniones de trabajo con representantes del
Banco Mundial, en la ciudad de Washington, D.C., Estados
Unidos de Norteamérica, a fin de evaluar el avance de diversos
proyectos del Sector e identificar nuevas áreas de desarrollo de
dichos proyectos;
Que, en consecuencia resulta conveniente autorizar el
viaje del Dr. Edgardo Mosqueira Medina, Ministro de la
Presidencia, a la ciudad de Washington, D.C., Estados Unidos
de Norteamérica;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 y los
Decretos Supremos Nºs. 053-84-PCM, 074-85-PCM, 010-88-
PCM, 031-89-EF, 135-90-PCM y 037-91-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje en Comisión de Servicios
del Dr. Edgardo Mosqueira Medina, Ministro de la Presiden-
cia, a la ciudad de Washington, D.C., Estados Unidos de
Norteamérica, del 19 al 22 de junio de 2000, para los fines
expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución
Suprema.
Artículo 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de
la presente Resolución Suprema serán cubiertos por el Pliego
Ministerio de la Presidencia de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes US$ 1,044.80
Viáticos US$ 1,100.00
Tarifa CORPAC US$ 25.00
Artículo 3º.- La presente Resolución no dará derecho a
exoneración de impuestos o derechos aduaneros, cualesquiera
fuesen su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE
Presidente del Consejo de Ministros
6960
Encargan la Cartera del Ministerio de
la Presidencia al Ministro de Transpor-
tes, Comunicaciones, Vivienda y
Construcción
RESOLUCION SUPREMA
Nº 248-2000-PCM
Lima, 17 de junio del 2000
CONSIDERANDO:
Que, el Dr. Edgardo Mosqueira Medina, Ministro de la
Presidencia, se ausentará del país del 19 al 22 de junio de 2000,
para celebrar reuniones de trabajo con representantes del
Banco Mundial, en la ciudad de Washington, D.C., Estados
Unidos de Norteamérica;
Que, en consecuencia es necesario encargar el Despacho de
la Presidencia mientras dure la ausencia del Titular;
De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 127º de la
SE RESUELVE:
Artículo Unico.- Encargar la Cartera de la Presidencia al
Ing. Alberto Pandolfi Arbulú, Ministro de Transportes, Comu-
nicaciones, Vivienda y Construcción, a partir del 19 de junio de
2000 y en tanto dure la ausencia del Titular.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE
Presidente del Consejo de Ministros
6961
Autorizan viaje de representante de
PROMPYME a Kenya, para participar
en el Seminario "Taller sobre Ins-
trumentos de Apoyo al Desarrollo de la
Micro, Pequeña y Mediana Empresa"
RESOLUCION SUPREMA
Nº 249-2000-PCM
Lima, 17 de junio del 2000
Visto el Oficio Nº 342-2000/PROMPYME/DE/AJ de la Comi-
sión para la Promoción de la Pequeña y Micro Empresa; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Secretaría Permanente del Sistema Económico
Financiero Latinoamericano (SELA) ha organizado el Semi-
nario "Taller sobre Instrumentos de Apoyo al Desarrollo de la
Micro, Pequeña y Mediana Empresa", a realizarse en la ciudad
de Nairobi - Kenya, del 12 al 14 de junio del presente año;
Que, este evento se realiza con el objetivo de analizar las
experiencias acumuladas en los países miembros del Proyecto
"Fortalecimiento de las capacidades competitivas de la Micro,
Pequeña y Mediana Empresa como factores generadores de
empleo, usando el mecanismo de cooperación técnica y econó-
mica entre América Latina, El Caribe y Africa";
Que, considerando la importancia de este trabajo para el
desarrollo de políticas, programas y actividades para la crea-
ción y fortalecimiento de las pequeñas y microempresas de
nuestro país, es pertinente designar a un representante de la
Comisión de Promoción de la Pequeña y Micro Empresa
PROMPYME, para que asista al citado evento;
De conformidad con lo dispuesto por Decreto Supremo Nº
053-84-PCM, Decreto Supremo Nº 074-85-PCM, Decreto Su-
premo Nº 011-88-PCM, Decreto Supremo Nº 163-81-EF y su
modificatoria Decreto Supremo Nº 031-89-EF, Decreto Supre-
mo Nº 135-90-PCM, Decreto Supremo Nº 037-91-PCM y Decre-
to Supremo Nº 004-2000-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje del doctor FRANCISCO
MARTINOTTI SORMANI, Director Ejecutivo de la Comisión
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NORMAS LEGALES
Lima, lunes 19 de junio de 2000
para la Promoción de la Pequeña y Micro Empresa - PROMPY-
ME, a la ciudad de Nairobi - Kenya, del 11 al 15 de junio del
presente año, para los fines expuestos en la parte considerati-
va de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de
la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto de la
Unidad Ejecutora 005 PROMPYME del Sector 01 Presidencia
del Consejo de Ministros, de acuerdo al siguiente detalle:
- Viáticos :US$ 1,200.00
- Tarifa Corpac :US$ 25.00
Artículo 3º.- El cumplimiento de la presente Resolución
Suprema, no otorga derecho a exoneración de impuestos o de
derechos aduaneros, cualesquiera fuese su denominación o
clase.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE
Presidente del Consejo de Ministros
6962
Autorizan crédito suplementario en
el presupuesto institucional del plie-
go por transferencia de recursos a
PROMPYME
RESOLUCION MINISTERIAL
Nº 085-2000-PCM
Lima, 15 de junio del 2000
VISTO:
El Oficio Nº 417-2000-PROMPYME/DE, remitido por el
Director Ejecutivo de PROMPYME;
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución Ministerial Nº 127-99-PCM, de fecha
20 de diciembre de 1999, se aprobó el Presupuesto Institucio-
nal de Apertura de Ingresos y Egresos del Pliego 001 Presiden-
cia del Consejo de Ministros para el Año Fiscal 2000, de
conformidad con la Ley Nº 27212 "Ley de Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2000";
Que, con Oficio Nº 417-2000-PROMPYME/DE El Director
Ejecutivo de PROMPYME, solicita la incorporación en el
presupuesto del Ejercicio Fiscal 2000, la estimación de ingre-
sos por concepto de Auspicios, Eventos y Ferias programadas
para el desarrollo de actividades de la institución para el
período de enero a diciembre, por el importe de CUATRO-
CIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 400,000.00),
por la Fuente de Financiamiento 09: Recursos Directamente
Recaudados;
Que, el Artículo 13º de la Ley Nº 27212 "Ley de Presu-
puesto del Sector Público para el Año Fiscal 2000", autoriza
a los Titulares de los Pliegos Presupuestarios a incorporar
en sus respectivos Presupuestos, mediante la Resolución
correspondiente, la mayor disponibilidad financiera de los
recursos provenientes de Fuentes de Financiamiento dis-
tintas a las de "Recursos Ordinarios" y "Recursos por Ope-
raciones Oficiales de Crédito Interno", que se produzcan
durante el Año Fiscal;
Estando a lo informado por el Director Ejecutivo de
PROMPYME, la Oficina de Asuntos Financieros del Plie-
go, y con las visaciones de los Directores Generales de
Administración y de Asesoría Jurídica de la Presidencia
del Consejo de Ministros;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27209 "Ley
de Gestión Presupuestaria del Estado"; la Ley Nº 27212 "Ley
de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2000"; la
Ley Nº 27210 "Ley de Equilibrio Financiero del Sector Público
para el Año Fiscal 2000", la Directiva Nº 001-2000-EF/76.01
"Directiva para la Aprobación, Ejecución y Control del Proceso
Presupuestario del Sector Público - Año Fiscal 2000";
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorízase un Crédito Suplementario en el
Presupuesto Institucional del Pliego 001 Presidencia del Con-
sejo de Ministros para el Año Fiscal 2000, correspondiente a la
Unidad Ejecutora 005 PROMPYME, hasta por la suma de
CUATROCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.
400,000.00), de acuerdo al siguiente detalle:
(En Nuevos Soles)
INGRESOS
09. RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS
1.0.0 INGRESOS CORRIENTES 400,000.00
1.5.0 PRESTACION DE SERVICIOS 100,000.00
1.5.4 DE EDUCACION, RECREACION Y CULTURA
1.5.4.009 Servicios de Capacitación 100,000.00
1.8.0 OTROS INGRESOS CORRIENTES 300,000.00
1.8.1 INGRESOS DIVERSOS
1.8.1.017 PARTICIPACION EN EVENTOS 200,000.00
1.8.1.009 OTROS 100,000.00
TOTAL INGRESOS 400,000.00
EGRESOS
SECCION PRIMERA GOBIERNO CENTRAL
PLIEGO :001 Presidencia del Consejo de
Ministros
UNIDAD EJECUTORA :005 PROMPYME
FUNCION :03 Administración y Planeamiento
PROGRAMA :006 Planeamiento Gubernamental
SUBPROGRAMA :0005 Supervisión y Coordinación
Superior
ACTIVIDAD :1.00110 Conducción y Orientación Superior
5. GASTOS CORRIENTES 400,000.00
3. BIENES Y SERVICIOS 400,000.00
TOTAL EGRESOS 400,000.00
Artículo 2º.- La Oficina de Asuntos Financieros del Pliego
001 Presidencia el Consejo de Ministros, instruirá a la Unidad
Ejecutora 005 PROMPYME, para que elabore las correspon-
dientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se
requieren, como consecuencia de lo dispuesto en la presente
norma.
Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución a la
Dirección Nacional del Presupuesto Público del Ministerio de
Economía y Finanzas, a la Comisión de Presupuesto del
Congreso de la República y a la Contraloría General de la
República, dentro de los cinco (5) días siguientes de aprobada.
Regístrese y comuníquese.
JOSE ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE
Presidente del Consejo de Ministros
6909
Autorizan crédito suplementario en el
presupuesto institucional del pliego
por incorporación de donación reali-
zada por ciudadana japonesa
RESOLUCION MINISTERIAL
Nº 086-2000-PCM
Lima, 15 de junio del 2000
VISTO:
El Oficio Nº 127-2000-CMPR/Adm, remitido por el Jefe de
la Casa Militar del Presidente de la República;
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución Ministerial Nº 127-99-PCM, de fecha
20 de diciembre de 1999, se aprobó el Presupuesto Institucio-
nal de Apertura de Ingresos y Egresos del Pliego 001 Presiden-
cia del Consejo de Ministros para el Año Fiscal 2000, de
conformidad con la Ley Nº 27212 "Ley de Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2000";
Que, por la Resolución Ministerial Nº 073-2000-PCM del
22 de mayo del 2000, se acepta y aprueba la donación por US$
93.55 (Noventa y Tres y 55/100 Dólares Americanos), efectua-
da por la ciudadana japonesa Yuko HAGIWARA en favor de la
Unidad Ejecutora 001 Despacho Presidencial;
Que, mediante Oficio Nº 127-2000-CMPR/DGAdm, el Jefe
de la Casa Militar del Presidente de la República, hace de
conocimiento que la donación efectuada por la ciudadana
japonesa, ha sido depositada en una cuenta corriente, según
liquidación bancaria por la suma de Trescientos Veinticuatro
y 62/100 Nuevos Soles (S/. 324.62), solicitando se proceda a la
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NORMAS LEGALES
Lima, lunes 19 de junio de 2000
incorporación correspondiente en el Presupuesto Institucio-
nal del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros;
Que, el Artículo 13º de la Ley Nº 27212 "Ley de Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2000", autoriza a los
Titulares de los Pliegos Presupuestarios a incorporar en sus
respectivos Presupuestos, mediante la Resolución correspon-
diente, la mayor disponibilidad financiera de los recursos
provenientes de Fuentes de Financiamiento distintas a las de
"Recursos Ordinarios" y "Recursos por Operaciones Oficiales
de Crédito Interno", que se produzcan durante el Año Fiscal,
entre otras;
Estando a lo informado por el Jefe de la Casa Militar del
Presidente de la República, la Oficina de Asuntos Financieros
del Pliego, y con las visaciones de los Directores Generales de
Administración y de Asesoría Jurídica de la Presidencia del
Consejo de Ministros;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27209 "Ley
de Gestión Presupuestaria del Estado"; la Ley Nº 27210 "Ley
de Equilibrio Financiero del Sector Público para el Año Fiscal
2000", la Ley Nº 27212 "Ley de Presupuesto del Sector Público
para el Año Fiscal 2000", y la Directiva Nº 001-2000-EF/76.01
"Directiva para la Aprobación, Ejecución y Control del Proceso
Presupuestario del Sector Público - Año Fiscal 2000";
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorízase un Crédito Suplementario en el
Presupuesto Institucional del Pliego 001 Presidencia del Con-
sejo de Ministros para el Año Fiscal 2000, correspondiente a la
Unidad Ejecutora 001 Despacho Presidencial, hasta por la
suma de Trescientos Veinticinco y 00/100 Nuevos Soles (S/.
325.00), correspondiente al Año Fiscal 2000, de acuerdo al
siguiente detalle:
INGRESOS (En Nuevos Soles)
13. Donaciones y Transferencias
3.0.0 TRANSFERENCIAS 325.00
3.1.0 Transferencias
3.1.3 Externas
3.1.3.029 Donaciones - Personas Naturales 325.00
TOTAL INGRESOS 325.00
EGRESOS
SECCION PRIMERA :GOBIERNO CENTRAL
PLIEGO :001 PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE
MINISTROS
UNIDAD EJECUTORA :001 Despacho Presidencial
FUNCION :05 Asistencia y Previsión Social
PROGRAMA :014 Promoción y Asistencia Social y
Comunitaria
SUBPROGRAMA :0050 Promoción y Asistencia Comunitaria
ACTIVIDAD :1.00047 Apoyo Comunal
5. GASTOS CORRIENTES 325.00
3. BIENES Y SERVICIOS 325.00
TOTAL EGRESOS 325.00
Artículo 2º.- La Oficina de Asuntos Financieros del Pliego
001 Presidencia el Consejo de Ministros, instruirá a la Unidad
Ejecutora 001 Despacho Presidencial, para que elabore las
correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria"
que se requieren, como consecuencia de lo dispuesto en la
presente norma.
Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución a la
Dirección Nacional del Presupuesto Público del Ministerio de
Economía y Finanzas, a la Comisión de Presupuesto del
Congreso de la República y a la Contraloría General de la
República, dentro de los cinco (5) días siguientes de aprobada.
Regístrese y comuníquese.
JOSE ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE
Presidente del Consejo de Ministros
6910
AGRICULTURA
Lista de Productos Farmacéuticos y
Biológicos de uso Veterinario, regis-
trados en el mes de mayo del año 2000
RESOLUCION DIRECTORAL
Nº 030-2000-AG-SENASA-DGSA
Lima, 14 de junio del 2000
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decretos Supremos Nº 013-98-AG y Nº 015-
98-AG, se oficializan la inscripción y comercialización de
productos de uso veterinario, los mismos que estarán sujetos
únicamente a lo dispuesto por las citadas disposiciones lega-
les, disponiéndose la publicación periódica de los productos
registrados;
Que, conforme a lo señalado por el Artículo 18º del Decreto
Supremo Nº 24-95-AG, que aprueba el Reglamento de Organi-
zación y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria
- SENASA, la Dirección General de Sanidad Animal, tiene
entre otras funciones la de establecer mecanismos de control,
registro y fiscalización respecto de insumos de uso animal, así
como biológicos y fármacos, igualmente conducir el registro de
las empresas productoras y/o comercializadoras de estos insu-
mos;
Que, con Memorándum Nº 059-2000-AG-SENASA-
DGSA-DIP, de fecha 12 de junio del 2000, la Dirección de
Insumos Pecuarios de la Dirección General de Sanidad
Animal del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENA-
SA, ha remitido el listado de Productos Veterinarios regis-
trados durante el mes mayo del 2000, a efectos de dar
cumplimiento a lo que dispone el Artículo 14º del Decreto
Supremo Nº 015-98-AG;
Estando a la delegación de facultades conferidas a la
Dirección General de Sanidad Animal, mediante Resolución
Jefatural Nº 167-96-AG-SENASA; de conformidad con lo dis-
puesto por el Artículo 14º del Decreto Supremo Nº 015-98-AG,
y el Artículo 18º del Decreto Supremo Nº 24-95-AG; y con la
visación del Director General de Asesoría Jurídica;
SE RESUELVE:
Artículo Unico.- Disponer la publicación en el Diario
Oficial El Peruano, de la Lista de Productos Farmacéuticos y
Biológicos de uso Veterinario, registrados en el mes de mayo
del 2000, en la Dirección de Insumos Pecuarios de la Dirección
General de Sanidad Animal del Servicio Nacional de Sanidad
Agraria - SENASA, de acuerdo a lo siguiente:
SEMINARIO
CEPREACCSA

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