Establecen facultades y funciones de integrantes de la Comisión de Trabajo encargada de reestructurar el Centro de Altos Estudios Nacionales

Fecha de disposición03 Diciembre 2004
Fecha de publicación03 Diciembre 2004
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NORMAS LEGALES
Lima, viernes 3 de diciembre de 2004
tos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Rela-
ciones Exteriores, solicita se expida la autorización
para el ingreso al territorio de la República, sin armas
de guerra, de personal militar estadounidense; y,
De conformidad con la Ley Nº 27856;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la
República, sin armas de guerra, al personal militar de
los Estados Unidos de América, cuyos nombres se
indican en el Anexo que forma parte de la presente
Resolución, del 05 al 12 de diciembre del 2004, con la
finalidad de realizar visitas oficiales a entidades de la
Marina de Guerra y Fuerza Aérea del Perú, así como
tratar temas relacionados al Tráfico Ilícito de Dro-
gas.
Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa dará cuenta
del contenido de la presente Resolución Suprema a la
Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligen-
cia, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del
Congreso de la República, en el plazo de 24 horas de su
expedición, conforme lo estipula el artículo 5 de la Ley Nº
27856.
Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el
Ministro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exterio-
res.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE
Presidente Constitucional de la República
CARLOS FERRERO COSTA
Presidente del Consejo de Ministros y
Encargado de la Cartera de
Relaciones Exteriores
ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN
Ministro de Defensa
21970
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 547-2004-DE/SG
Lima, 30 de noviembre de 2004
CONSIDERANDO:
Que, debe cumplirse el artículo 5º de la Ley Nº 27856
“Ley de Requisitos para la Autorización y Consentimiento
para el Ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de
la República”;
Que, con Facsímil (DGS) Nº 697 de fecha 18 de
noviembre del 2004, el Director General para Asuntos
de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones
Exteriores, solicita se expida la autorización para el in-
greso al territorio de la República, sin armas de guerra,
de personal militar del Ejército Popular de Liberación de
China; y,
De conformidad con la Ley Nº 27856;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la
República, sin armas de guerra, al personal militar del
Ejército Popular de Liberación de China, cuyos nombres
se indican en el Anexo que forma parte de la presente
Resolución, del 17 al 21 de diciembre del 2004, con la
finalidad de realizar una visita oficial.
Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa dará cuenta
del contenido de la presente Resolución Suprema a la
Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligen-
cia, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del
Congreso de la República, en el plazo de 24 horas de su
expedición, conforme lo estipula el artículo 5 de la Ley Nº
27856.
Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el
Ministro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exterio-
res.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE
Presidente Constitucional de la República
CARLOS FERRERO COSTA
Presidente del Consejo de Ministros y
Encargado de la Cartera de
Relaciones Exteriores
ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN
Ministro de Defensa
21971
Establecen facultades y funciones de
integrantes de la Comisión de Trabajo
encargada de reestructurar el Centro
de Altos Estudios Nacionales
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 1202-2004-DE/SG
Lima, 24 de noviembre de 2004
CONSIDERANDO:
Que, el 15 de enero del 2004, el Consejo de Defen-
sa Nacional, aprobó la Política del Estado en materia
de Seguridad y la Defensa Nacional;
Que, el Informe Final de la Comisión de
Reestructuración Integral de las Fuerzas Armadas,
recomienda revisar la estructura organizativa y los
planes de estudios del Centro de Altos Estudios Na-
cionales (CAEN), con el objeto de modernizarlos, con-
siderando entre otros, la necesidad de impartir ins-
trucción en doctrina de operaciones conjuntas y pro-
piciando asimismo la mayor participación de repre-
sentantes de la Sociedad Civil;
Que, la Ley Nº 23733 - Ley Universitaria, estable-
ce que solo las Universidades otorgan los grados
académicos de Bachiller, Maestro y Doctor;
Que, siendo el Centro de Altos Estudios Naciona-
les (CAEN), el órgano de más alto nivel académico del
sector, responsable de la capacitación e investigación
en materia de Seguridad y Defensa Nacional se en-
cuentre en capacidad de otorgar grados académicos
de Maestro y Doctor con mención en Seguridad y De-
fensa Nacional, resulta necesario realizar las accio-
nes destinadas a obtener su adecuación a la condi-
ción de Escuela de Postgrado;
Que, teniendo la Comisión un plazo de NOVENTA
(90) días contados a partir de la fecha de emisión
para la presentación del informe correspondiente, re-
sulta necesario establecer las funciones de sus inte-
grantes, a fin de facilitar el desempeño de sus activi-
dades;
Que, la Comisión de Apoyo con la que cuenta la
Comisión de Trabajo, requiere contar con determina-
das tareas y reportar directamente a la Comisión del
cumplimiento de las funciones asignadas;
Estando a lo recomendado por la Oficina de Ase-
soría Jurídica del Ministerio de Defensa y a lo pro-
puesto por la Dirección General de Política y Estrate-
gia del Ministerio de Defensa;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Establecer las facultades y funciones
de los integrantes de la Comisión de Trabajo encarga-
da de reestructurar el Centro de Altos Estudios Nacio-
nales.
Artículo 2º.- Funciones de la Comisión de Trabajo
La Comisión de Trabajo a través de su Presidente,
presentará al titular del Sector en el plazo de NOVEN-
TA (90) días contados a partir de la fecha de emisión
de la Resolución Ministerial que la designó, un informe
de la situación del Centro de Altos Estudios Naciona-
les, detallando los avances y logros obtenidos en la
reestructuración del mismo, con la finalidad de ade-
cuarlo a la condición de Escuela de Postgrado.

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