1007 038-2003-EM - Aprueban Modificación del Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en la Cuenca Marañón - Lote 39

Fecha de publicación11 Noviembre 2003
Fecha de disposición11 Noviembre 2003
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NORMAS LEGALES
Lima, martes 11 de noviembre de 2003
Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y el
Ministro de Defensa.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE
Presidente Constitucional de la República
ALLAN WAGNER TIZÓN
Ministro de Relaciones Exteriores y
Encargado de la Presidencia
del Consejo de Ministros
AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME
Ministro de Defensa
20753
ECONOMÍA Y FINANZAS
Aprueban donación efectuada a favor
del Ministerio de la Producción - Insti-
tuto Tecnológico Pesquero del Perú por
la Asociación PROPERU de Pamplona,
España
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 232-2003-EF
Lima, 10 de noviembre de 2003
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 141-2003-
PRODUCE de fecha 29 de abril de 2003 se aceptó la do-
nación efectuada por la Asociación PROPERU de Pamplo-
na, España, para ser destinado a la ejecución del Proyecto
"Fortalecimiento de la Industria de Transformación de An-
choveta para Consumo Humano Directo en el Perú", a fa-
vor del Ministerio de la Producción - Instituto Tecnológico
Pesquero del Perú - ITP, consistente en un centro piloto
para la elaboración de anchoveta para consumo humano
directo;
Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Único Ordena-
do de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto
Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo
Nº 055-99-EF, establece que no estarán gravadas con el
Impuesto General a las Ventas, la importación o transfe-
rencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de
Entidades y Dependencias del Sector Público;
De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Ar-
tículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto
General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el
Decreto Legislativo Nº 935, el Decreto Supremo Nº 099-
96-EF y normas modificatorias; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar, la donación efectuada por la Aso-
ciación PROPERU de Pamplona, España, a favor del Mi-
nisterio de la Producción - Instituto Tecnológico Pesquero
del Perú - ITP, consistente en un centro piloto para la ela-
boración de anchoveta para consumo humano directo, con
un valor aproximado de 585 871,00 (Quinientos Ochen-
ta y Cinco Mil Ochocientos Setenta y Uno y 00/100 Euros)
conforme consta en la Resolución Ministerial Nº 141-2003-
PRODUCE de fecha 29 de abril de 2003 y la Carta de Do-
nación de fecha 14 de marzo de 2003. Dicha donación será
destinada para la ejecución del Proyecto "Fortalecimiento
de la Industria de Transformación de Anchoveta para Con-
sumo Humano Directo en el Perú".
Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el
artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del
Artículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impues-
to General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo,
aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF.
Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Su-
prema a la Superintendencia Nacional de Administración
Tributaria -SUNAT- y a la Contraloría General de la Repú-
blica, dentro de los plazos establecidos.
Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema, será
refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas y por el
Ministro de la Producción.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN
Ministro de Economía y Finanzas
JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ
Ministro de la Producción
20983
ENERGÍA Y MINAS
Aprueban Modificación del Contrato de
Licencia para la Exploración y Explota-
ción de Hidrocarburos en la Cuenca
Marañón - Lote 39
DECRETO SUPREMO
Nº 038-2003-EM
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, es política del Gobierno promover el desarrollo de
las actividades hidrocarburíferas, a fin de garantizar el fu-
turo abastecimiento de combustibles sobre la base de la
libre competencia;
Que, mediante Ley Nº 26221, se aprobó la Ley Orgáni-
ca de Hidrocarburos, la cual regula las actividades de hi-
drocarburos en el territorio nacional;
Que, el artículo 2º de la Ley Nº 26221, Ley Orgánica de
Hidrocarburos establece que el Estado promueve el desa-
rrollo de las actividades de Hidrocarburos sobre la base de
la libre competencia y el libre acceso a la actividad econó-
mica con la finalidad de lograr el bienestar de la persona
humana y el desarrollo nacional;
Que, el artículo 12º de la Ley Nº 26221, Ley Orgáni-
ca de Hidrocarburos, modificada por la Ley Nº 27377,
Ley de Actualización de Hidrocarburos, dispone que los
Contratos, una vez aprobados y suscritos, sólo podrán
ser modificados por acuerdo escrito entre las partes; y,
que las modificaciones serán aprobadas por Decreto
Supremo, refrendado por los Ministros de Economía y
Finanzas y de Energía y Minas dentro del plazo esta-
blecido en el artículo 11º de la mencionada Ley;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 028-99-EM, de fe-
cha 7 de julio de 1999, se aprobó el Contrato de Licencia
para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en la
Cuenca Marañón - Lote 39, ubicada entre las provincias de
Loreto y Maynas del departamento de Loreto, zona Selva
Norte del Perú, suscrito inicialmente entre PERUPETRO
S.A. y Barrett Resources (Perú) Corporation, Sucursal del
Perú;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2001-EM, de
fecha 5 de febrero de 2001, se aprobó la Cesión de Posi-
ción Contractual en el Contrato de Licencia para la Explo-
ración y Explotación de Hidrocarburos en la Cuenca Mara-
ñón - Lote 39, por parte de Barrett Resources (Perú) Cor-
poration, Sucursal del Perú a favor de Repsol Exploración
Perú, Sucursal del Perú, así como la modificación del cita-
do Contrato;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 039-2002-EM,
de fecha 23 de octubre de 2002, se aprobó la modifica-
ción del mencionado Contrato, referida a la incorpora-
ción de incentivos a la exploración, modificación de la
garantía corporativa y el descuento en 30% a las rega-
lías;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 014-2003-EM, de
fecha 6 de mayo de 2003, se aprobó la Cesión de Posición
Contractual en el Contrato de Licencia para la Exploración
y Explotación de Hidrocarburos en la Cuenca Marañón -
Lote 39, por parte de Barrett Resources (Perú) Corpora-
tion, Sucursal del Perú, a favor de Repsol Exploración Perú,
Sucursal del Perú, actual titular del 100% de participación

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