101 104-2002-ED 105-2002-ED 106-2002-ED 107-2002-ED - Modifican resoluciones mediante las cuales se expidieron cédulas y pensión de montepío

Fecha de publicación24 Marzo 2002
Fecha de disposición24 Marzo 2002
Pág. 219814
NORMAS LEGALES
Lima, domingo 24 de marzo de 2002
Artículo 2º.- El Comandante General de la Fuerza Aé-
rea queda facultado para variar la fecha de inicio y término
del nombramiento a que se refiere el artículo anterior, den-
tro del plazo señalado.
Artículo 3º.- Los gastos que irrogue la presente Reso-
lución por viáticos, costos del simulador, costos de pasa-
jes e impuestos de salida, ascendentes a la suma de TRES
MIL CIENTO CINCO CON 00/100 DÓLARES AMERICA-
NOS (US $ 3,105.00), serán sufragados por la empresa
Transportes Aéreos Nacionales de Selva, de acuerdo al
siguiente detalle:
Viáticos:
US $ 220.00 x 1 Pers. x 4 días :US $ 880.00 Dólares
Costos del simulador :US $ 1,650.00 Dólares
Costos de Pasajes
US $ 550.00 x 1 Pers. :US $ 550.00 Dólares
Impuesto de Aeropuerto:
US $ 25.00 x 1 Pers. :US $ 25.00 Dólares
Gasto Ministerio de Defensa
- Fuerza Aérea del Perú :US $ 3,105.00 Dólares
Artículo 4º.- El citado Oficial Superior, deberá cumplir
con sustentar lo señalado en los Artículos 5º y 9º del De-
creto Supremo Nº 048-2001-PCM de fecha 27 de abril de
2001.
Artículo 5º.- La presente Resolución no dará derecho
a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de nin-
guna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME
Ministro de Defensa
5546
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 575-DE/FAP-CP
Lima, 20 de marzo de 2002
Visto el Oficio IV-30-TANS-GADM-Nº 028 de fecha 15
de febrero de 2002 del Gerente General de Transportes
Aéreos Nacionales de Selva; referente a la propuesta de
nombramiento en Comisión del Servicio al extranjero del
Comandante FAP GANDOLFO CORBACHO Eduardo Ma-
riano;
CONSIDERANDO:
Que, el citado Oficial Superior cumple la función de Pi-
loto de avión en la empresa Transportes Aéreos Naciona-
les de Selva y ha sido propuesto para ser nombrado en
Comisión del Servicio a los Estados Unidos de América,
del 1 al 4 de mayo de 2002, para realizar el entrenamiento
PROFICIENT, en el simulador de vuelo del avión B-737, en
la CIA. PAN AM INTERNATIONAL FLIGHT ACADEMY, con
sede en la ciudad de Miami, Florida;
Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº
27619 del 4 de enero de 2002, Decreto Supremo Nº 048-
2001-PCM del 27 de abril de 2001 y su modificatoria el
Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM del 8 de mayo de 2001;
y,Estando a lo opinado por el Comandante de Personal,
a lo informado por el Jefe del Estado Mayor General y a lo
acordado con el Comandante General de la FAP;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Nombrar, en Comisión del Servicio a los
Estados Unidos de América, del 1 al 4 de mayo de 2002, al
Comandante FAP GANDOLFO CORBACHO Eduardo Ma-
riano, para realizar el entrenamiento PROFICIENT, en el
simulador de vuelo del avión B-737, en la CIA. PAN AM
INTERNATIONAL FLIGHT ACADEMY, con sede en la ciu-
dad de Miami, Florida.
Artículo 2º.- El Comandante General de la Fuerza Aé-
rea queda facultado para variar la fecha de inicio y término
del nombramiento a que se refiere el artículo anterior, den-
tro del plazo señalado.
Artículo 3º.- Los gastos que irrogue la presente Reso-
lución por viáticos, costos del simulador, costos de pasa-
jes e impuestos de salida, ascendentes a la suma de TRES
MIL CIENTO CINCO CON 00/100 DÓLARES AMERICA-
NOS (US $ 3,105.00), serán sufragados por la empresa
Transportes Aéreos Nacionales de Selva, de acuerdo al
siguiente detalle:
Viáticos:
US $ 220.00 x 1 Pers. x 4 días :US $ 880.00 Dólares
Costos del simulador :US $ 1,650.00 Dólares
Costos de Pasajes
US $ 550.00 x 1 Pers. :US $ 550.00 Dólares
Impuesto de Aeropuerto:
US $ 25.00 x 1 Pers. :US$ 25.00 Dólares
Gasto Ministerio de Defensa
- Fuerza Aérea del Perú :US $ 3,105.00 Dólares
Artículo 4º.- El citado Oficial Superior, deberá cumplir
con sustentar lo señalado en los Artículos 5º y 9º del De-
creto Supremo Nº 048-2001-PCM de fecha 27 de abril de
2001.
Artículo 5º.- La presente Resolución no dará derecho
a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de nin-
guna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME
Ministro de Defensa
5547
EDUCACIÓN
Modifican resoluciones mediante las
cuales se expidieron cédulas y pensión
de montepío
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 104-2002-ED
Lima, 22 de marzo de 2002
Visto, el Expediente Nº 52911-2001, y demás actuados
que se adjuntan; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Suprema Nº 304, de fecha
23 de abril de 1953, se expidió cédula de Montepío a favor
de doña Rosario La Cruz Moscoso Vda. de Lanoire;
Que, doña Julia Rosario La Cruz Moscoso Vda. de
La Noire, solicita la modificación de la Resolución Su-
prema Nº 304, en lo que se refiere a su primer nombre y
su apellido de casada, de acuerdo con la Constancia de
Bautismo expedida por la Parroquia San Juan Bautista
de Lampa de la Prelatura de Caravelí, así como confor-
me a su Documento Nacional de Identidad - D.N.I. Nº
07271954;
Que, el Artículo 25º del Código Civil establece que la
prueba referente al nombre resulta de su respectiva ins-
cripción en los Registros del Estado Civil;
Que, asimismo el Artículo 26º de la invocada norma
legal señala que toda persona tiene derecho a exigir que
se le designe por su nombre, por lo que doña Julia Rosario
La Cruz Moscoso Vda. de La Noire debe ser identificada
conforme a Ley;
Que, de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 26º de la
Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Iden-
tificación y Estado Civil, el Documento Nacional de Identi-
dad (D.N.I.), constituye la única Cédula de Identidad Per-
sonal para todos los actos civiles, comerciales, adminis-
trativos, judiciales y, en general, para todos aquellos casos
en que, por mandato legal, deba ser presentado; y, confor-
me establece el inciso a) del Artículo 84º del Reglamento
de Inscripciones del mencionado Registro Nacional, apro-
bado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, el Documen-
to Nacional de Identidad (D.N.I.) acredita la identidad de la
persona;
Estando a lo opinado por la Unidad de Personal me-
diante el Informe Nº 075-2002-ME/SG-OA-UPER-AAPER;
y,De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla-
tivo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto Ley Nº
25762, modificado por la Ley Nº 26510, y los Decretos
Supremos Nºs. 51-95-ED y 002-96-ED;

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