04 052-2005-JNE - Declaran improcedente solicitud sobre expedición de credencial para reemplazante del alcalde del Concejo Distrital de Huasahuasi, provincia de Tarma

Fecha de publicación19 Marzo 2005
Fecha de disposición19 Marzo 2005
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NORMAS LEGALES
Lima, sábado 19 de marzo de 2005
2004 adoptado por el Concejo Distrital de Imaza, provin-
cia de Bagua, departamento de Amazonas, por el que se
desestimó la solicitud de vacancia del cargo de alcalde
que ejerce don Jaime Kajekui Kuja;
CONSIDERANDO:
Que el Concejo Distrital de Imaza en sesión de fecha 16
de abril de 2004 desestimó la solicitud de vacancia del cargo
de alcalde que ejerce don Jaime Kajekui Kuja, formulada por
el ciudadano Eloy Mires Horna, y cuyo sustento es la pre-
sunta inconcurrencia injustificada a las sesiones ordinarias
de concejo de fechas 14 y 28 de noviembre y 10 de diciem-
bre de 2003 en que habría incurrido el citado alcalde, invo-
cando la causal prevista en el inciso 7) del artículo 22º de la
Que en las actas de las sesiones ordinarias de fe-
chas 14 y 28 de noviembre y 10 de diciembre de 2003,
cuyas copias corren de fojas 27 a 39, se observa que
éstas fueron presididas por el teniente alcalde, don Ser-
gio Suwikai Tatse, por ausencia del alcalde Jaime Kaje-
kui Kuja, pero no se acredita que dichas inconcurren-
cias hayan sido injustificadas, máxime cuando a fojas 18
corre el Informe Nº 003-2004-MDI-CH que el alcalde
presentó al concejo y que fue visto en la sesión del 16 de
abril de 2004, según el acta de fojas 16, detallando las
comisiones de servicio que realizó en las ciudades de
Lima y Chiclayo en las referidas fechas;
El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus
atribuciones;
RESUELVE:
Artículo Único.- Declarar INFUNDADO el recurso
de apelación interpuesto por el ciudadano Eloy Mires
Horna; en consecuencia, confirmar el Acuerdo del Con-
cejo Distrital de Imaza adoptado en sesión de fecha 16
de abril de 2004 que desestimó la solicitud de vacancia
del cargo de alcalde que ejerce don Jaime Kajekui Kuja.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS.
MENDOZA RAMÍREZ
SOTO VALLENAS
VELA MARQUILLÓ
VELARDE URDANIVIA
BALLÓN-LANDA CÓRDOVA,
Secretario General
05693
Declaran que Regidor de la Municipali-
dad Distrital de Huimbayoc continúa
en el ejercicio del cargo
RESOLUCIÓN Nº 051-2005-JNE
Expediente Nº 682-2004
Lima, 16 de marzo de 2005
VISTO, el Oficio presentado por don Elías Campos Pezo,
Alcalde de Concejo Distrital de Huimbayoc, provincia y depar-
tamento de San Martín, comunicando que en sesión extraordi-
naria de fecha 7 de junio de 2004, se declaró la vacancia del
cargo del regidor Segundo Heriberto Pezo Vásquez, por las
causales previstas en los incisos 4) y 7) del artículo 22º de la
CONSIDERANDO:
Que, en sesión extraordinaria de fecha 7 de junio de
2004, según Acta de fojas 4, el Concejo Distrital de Huimba-
yoc acordó, por unanimidad, declarar la vacancia del cargo
del regidor Segundo Heriberto Pezo Vásquez, por ausencia
de la jurisdicción municipal por más de 30 días consecuti-
vos, sin autorización del Concejo Municipal y, por inconcu-
rrencia injustificada a tres sesiones ordinarias consecuti-
vas, cuyas fechas no se especifican en la citada Acta;
Que, con la convocatoria de fecha 7 de junio de 2004
efectuada por el Alcalde para la sesión extraordinaria de
la misma fecha, que corre a fojas 3, se incumplió el
término de ley, de 5 (cinco) días hábiles que debió me-
diar entre la convocatoria y la sesión, a que se refiere el
cuarto párrafo del artículo 13º de la Ley Nº 27972, a fin
que el regidor Segundo Heriberto Pezo Vásquez pudiera
ejercer su derecho de defensa, conforme lo prevé el
artículo 23º de la citada norma, afectando el derecho al
debido proceso a que se refiere el numeral 1.2 del Ar-
tículo IV del Titulo Preliminar del la Ley de Procedimiento
Administrativo General Nº 27444;
Que, por lo expuesto, habiendo el Concejo afectado
el derecho al debido proceso, el Acuerdo que declara la
vacancia del cargo del regidor Segundo Heriberto Pezo
Vásquez deviene en nulo;
El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus
atribuciones;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Declarar nulo el Acuerdo del Con-
cejo Distrital de Huimbayoc, provincia y departamento
de San Martín, adoptado en la sesión de fecha 7 de junio
de 2004 que declaró la vacancia del cargo del regidor
Segundo Heriberto Pezo Vásquez.
Artículo Segundo.- Declarar que el regidor de la
Municipalidad Distrital de Huimbayoc, provincia y
departamento de San Martín, don Segundo Heriberto
Pezo Vásquez, continuará en el cargo por el período
2003-2006 para el que fue elegido.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS.
MENDOZA RAMÍREZ
SOTO VALLENAS
VELA MARQUILLÓ
VELARDE URDANIVIA
BALLÓN-LANDA CÓRDOVA,
Secretario General
05694
Declaran improcedente solicitud sobre
expedición de credencial para reempla-
zante del alcalde del Concejo Distrital
de Huasahuasi, provincia de Tarma
RESOLUCIÓN Nº 052-2005-JNE
Expediente Nº 070-2005
Lima, 16 de marzo de 2005
Vistos; la solicitud del teniente alcalde del Concejo Distri-
tal de Huasahuasi, provincia de Tarma, departamento de
Junín, Celio Gabriel Benítez Torres, para que se convoque
al reemplazate del alcalde Francisco Porras Limaymanta,
por suspensión de éste por falta grave de acuerdo al regla-
mento interno del concejo; y el escrito de don Francisco
Porras Limaymanta, oponiéndose a la solicitud de otorga-
miento de credencial, remitiendo el cargo del recurso de
apelación contra el acuerdo que dispone su suspensión,
interpuesto en sede municipal, y solicitando que el Jurado
Nacional de Elecciones resuelva dicha apelación;
CONSIDERANDO:
Que los regidores del Concejo Distrital de Huasahuasi
en sesión del 26 de enero de 2005, acordaron suspender
por 90 días a don Francisco Porras Limaymanta en el cargo
de alcalde, en aplicación del reglamento interno del concejo;
no habiéndose acreditado en autos la publicación de la orde-
nanza municipal que aprobó el reglamento interno del Con-
cejo Municipal de Huasahuasi, en cumplimiento de lo esta-
blecido por el artículo 44º de la Ley Orgánica de Municipali-
dades Nº 27972, por lo que no surte efecto, al no haber
observado el principio de publicidad garantizado por la Cons-
titución Política del Perú en su artículo 109º;
Que, en sesión de fecha 16 de febrero de 2005, cuya
acta corre en copia a fojas 54, se aprobó la adecuación del
acuerdo de suspensión, a la Resolución Nº 034-2004-JNE,
sin indicar en el acuerdo en qué consiste dicha adecuación;

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