1099 10-2006-AL/MDH - Establecen requisitos para la expedición de Certificados de Constatación Domiciliaria

Fecha de publicación28 Septiembre 2006
Fecha de disposición28 Septiembre 2006
NORMAS LEGALES
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329016 El Peruano
jueves 28 de setiembre de 2006
Desarrollo Turístico Playas del Norte con fecha 2.11.04,
en donde informe sobre la suscripción del Convenio de
Cooperación Interinstitucional celebrado entre Mincetur
- Plan Copesco - Municipalidad Provincial de Tumbes y
Municipalidad Distrital de la Cruz, en donde se acuerda
en la Cláusula 5ta referida a las Obligaciones de las
partes, numeral 5.1.2. de la Municipalidad Provincial de
Tumbes, literal m), en la que se precisa con clara
transparencia que la Municipalidad Provincial de
Tumbes, financiara y ejecutara la construcción de la
vía de acceso a la zona de desarrollo del Proyecto
Playa Hermosa - Tumbes a nivel afirmado, para lo que
previamente deberá elaborar el expediente técnico en
estricta sujeción a los estudios elaborados por Pro
Inversión, que forman parte del plan Maestro del
Proyecto Playa Hermosa - Tumbes.
Que, de acuerdo a lo indicado en el proyecto
elaborado por Pro Inversión, la Vía de Acceso a Playa
Hermosa se encuentra ubicada en el Km. 1256 de la
Panamericana Norte, caserío La Jota, lateral “H” del
distrito de Corrales y en dicho lugar existe una trocha
carrozable con un promedio de 5 metros de ancho, el
cual recorre una longitud de 1623.35 ML (longitud que
ha previsto Pro Inversión para la Vía de Acceso a Playa
Hermosa) al cual será necesario adicionar una franja
en toda la longitud de 6 metros de ancho con el fin de
lograr el ancho requerido por el Proyecto de Pro
Inversión de 11 metros lineales para la ejecución de la
Obra denominada “Vía de Acceso a Playa Hermosa a
nivel afirmado”, y que, al costado derecho de la trocha
carrozable existente se encuentran ubicados
propietarios agrícolas, los cuales son necesarios
afectar con una longitud de 6 metros a cada una de las
propiedades resultando la cantidad de metros cuadrados
a afectar de acuerdo al detalle que se indica en el
informe técnico mencionado.
Que, asimismo según se advierte, con fecha 31 de
mayo del 2005 se firma el Acta de Compromiso con
dichos propietarios en el que se acuerda en el Punto
Tercero la venta y/o compensación de las áreas
afectadas para la construcción de la Vía de Acceso a
$ 2.00 por M²; por lo que la Municipalidad Provincial,
emite el Acuerdo de Concejo Nº 060-2005/MPT-SG, el
cual acuerda en el Art. 1º Aprobar el Acta de Compromiso
de fecha 31.5.05, suscrita por el Alcalde, el Director
Ejecutivo del Proyecto y los Agricultores propietarios de
los terrenos agrícolas colindantes a la Vías de Acceso a
Playa Hermosa, que acuerdan el precio de $ 2.00 dólares
por M² de las áreas realmente afectadas. Que, con fecha
19.4.06, el Director Ejecutivo del Proyecto: Desarrollo
Turístico Playas del Norte alcanza al Director de Asesoría
legal los modelos de Contrato para su revisión a fin de
atender con carácter de urgencia la adquisición de los
terrenos para la construcción de la vía de acceso a
playa Hermosa.
Que, siendo así y teniendo en cuenta los fundamentos
vertidos en los considerandos precedentes; a fin de
proceder a la adquisición de los referidos lotes de terreno
por parte de esta Municipalidad Provincial de Tumbes se
deberá tenerse en cuenta lo prescrito en el Artículo 19
inciso e) del D.S. Nº 083-2004-PCM, Ley de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado, que
establece que están exonerados de los procesos de
exoneración las adquisiciones y contrataciones que se
realicen:…e) para bienes o servicios que no admiten
sustitutos, siempre que exista un sólo proveedor en el
mercado nacional y se haya establecido su exclusividad;
siendo que de acuerdo al Artículo 20 de la referida norma
la exoneración a que se hace referencia deberá ser
aprobada mediante Resolución del Titular del pliego de la
entidad
Que, se evidencia la necesidad de la culminación
del Proyecto: “Desarrollo Turístico Playas del Norte”;
sin embargo es de advertir asimismo que a partir de la
fecha 13.12.05 los propietarios solicitan el pago de los
terrenos y presentan la documentación requerida de
los mismos, advirtiéndose de las fichas regístrales que
los referidos predios se encuentran con gravámenes
(Hipotecas a favor del Proyecto Especial Binacional
Puyango Tumbes y de la Caja Municipal de Ahorro y
Crédito de Sullana).
Que, tal como se puede apreciar de los puntos
precedentes, se concluye en la necesidad de la
adquisición de los terrenos, previo pago de las áreas
afectadas, de acuerdo a los expedientes de cada uno
de ellos que se adjuntan y se detallan, teniendo en
cuenta además que la vía de acceso es la única vía
indicada en el Proyecto de Pro Inversión, el mismo
que se debe ejecutar tal y como se precisa en la
Cláusula 5ta Numeral 5.1.2 literal m) del Convenio de
Cooperación interinstitucional firmado por la
Municipalidad Provincial de Tumbes-Mincetur-Plan
Copesco-Municipalidad Distrital de La Cruz. Caso
contrario conllevaría a que Mincetur aplique la Cláusula
8va. “De la resolución del convenio” con las
correspondientes acciones legales.
Que, si bien es cierto se ha suscrito un convenio
interinstitucional para el Proyecto Playas del Norte, y
entre ellos la construcción de la vía de acceso a nivel
afirmado como compromiso de la Municipalidad
Provincial de Tumbes, también es cierto que los terrenos
materia de compra venta se encuentran con hipotecas
en el Registro de la Propiedad Inmueble de Tumbes, tal
y conforme se aprecia de las fichas registrales que se
tiene a la vista; y si bien es cierto el, Proyecto Puyango
ha suscrito las minutas de levantamiento de hipoteca
también lo es que al momento de protocolizarse las
misma ante registros públicos éste ha efectuado
observaciones
Que, estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría
Legal en el Informe Nº 220-2006-GAL-MPT, y en uso de
las atribuciones conferidas en la Ley Orgánica de
Municipalidades Nº 27972;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- EXONERAR del proceso de
selección las adjudicaciones de los terrenos para la Vía
de Acceso a Playa Hermosa, por las razones expuestas
en la parte considerativa del la presente resolución.
Artículo Segundo.- PROCEDER al respectivo
saneamiento físico legal de los terrenos por existir cargas
en algunos de ellos, debiéndose incluso cubrir los gastos
administrativos, notariales y regístrales.
Artículo Tercero.- ENCARGAR la elaboración de los
expedientes técnicos que sean necesarios a Emucsac.
Artículo Cuarto.- Encargar el cumplimiento de la
presente resolución a la Gerencia Municipal, Planificación
y Presupuesto, Administración, Asesoría Legal,
Abastecimiento, Emucsac y Tesorería.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
MIGUEL CALLE CASTILLO
Alcalde
02477-1
MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE HUAMPARÁ
Establecen requisitos para la expedición de
Certificados de Constatación Domiciliaria
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 10-2006-AL/MDH
Huampará, 15 de setiembre del 2006
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE HUAMPARÁ
VISTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 14 de
setiembre del 2006, el Informe Nº 015-2006-AJ-MDH de
la Oficina de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, el Art. 2º de la Ley Nº 27839, de fecha 11 de
octubre de 2002, establece que: "La Polícia Nacional
continúa expidiendo certificados de constatación
domiciliaria. Los Jueces de Paz, harán lo propio en los
casos señalados en la Ley Orgánica del Poder Judicial,
así como los gobiernos locales dentro de su jurisdicción".

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