1074 40-2005-P/JNE - Exoneran de proceso de selección la contratación del servicio de mantenimiento de central telefónica

Fecha de disposición11 Abril 2005
Fecha de publicación11 Abril 2005
Pág. 290643
NORMAS LEGALES
Lima, lunes 11 de abril de 2005
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Luis Gonzales
Alva, Subdirector de Aeronavegabilidad de la Dirección
General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes
y Comunicaciones, a la ciudad de Oklahoma, Estados Uni-
dos de América, durante los días 11 al 21 de abril de 2005,
para los fines a que se contrae la parte considerativa de la
presente Resolución.
Artículo 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento
de la presente Resolución serán financiados por el Conve-
nio de Gestión de Servicios PER/01/801, celebrado entre
el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Orga-
nización de Aviación Civil Internacional (OACI), de confor-
midad con la Autorización de Beca Int. Nº 005-02-2005, de
acuerdo a los siguientes términos:
Viáticos US$ 2,420.00
Pasajes Aéreos US$ 1,100.00
Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 28.24
Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10º
del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el profesional
mencionado en el artículo 1º de la presente Resolución
Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario si-
guientes de efectuado el viaje, deberá presentar un infor-
me al Despacho Ministerial, con copia a la Oficina General
de Administración del Ministerio de Transportes y Comuni-
caciones, describiendo las acciones realizadas y los resul-
tados obtenidos durante el viaje autorizado.
Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no otor-
gará derecho a exoneración o liberación de impuestos o
derechos aduaneros de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA
Ministro de Transportes y Comunicaciones
07001
ORGANISMOS AUTÓNOMOS
J N E
Exoneran de proceso de selección la
contratación del servicio de manteni-
miento de central telefónica
RESOLUCIÓN Nº 40-2005-P/JNE
Lima, 1 de abril de 2005
VISTO:
El Informe Técnico Nº 003-2005-OSS-GAF/JNE de la
Oficina de Servicios y Seguridad del Jurado Nacional de
Elecciones, de fecha 22 de febrero del 2005, y el Informe
Legal Nº 026-2005-GL/JNE de la Gerencia Legal del Jura-
do Nacional de Elecciones, de fecha 23 de febrero del
2005.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Nº 009-2005-P/JNE, se apro-
bó el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del
Jurado Nacional de Elecciones - JNE para el Ejercicio Fis-
cal 2005, en el cual estaba previsto la realización de una
Adjudicación Directa Selectiva para la contratación del ser-
vicio de mantenimiento de la central telefónica, por un va-
lor referencial de Veinte mil y 00/100 Nuevos Soles
(S/. 20,000.00) y con cargo a la fuente de financiamiento
Recursos Directamente Recaudados;
Que, con Memorando Nº 002-2005-CEADS002/JNE, el
Comité Especial, designado mediante la Resolución Nº 014-
2005-P/JNE y encargado de la conducción de la Adjudica-
ción Directa Selectiva mencionada en el considerando an-
terior, informa que, de las indagaciones realizadas sobre el
objeto materia de la convocatoria, se ha determinado que
actualmente existe en el mercado peruano un solo postor
que cumple con las especificaciones técnicas del servicio
de mantenimiento de la central telefónica;
Que, el artículo 144º del Reglamento de la Ley de Con-
trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por
Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, señala que "En los
casos en que no existan bienes o servicios sustitutos a los
requeridos por el área usuaria, y siempre que exista un
solo proveedor en el mercado nacional, la Entidad podrá
contratar directamente";
Que, mediante el Informe Técnico Nº 03-2005-OSS-GAF/
JNE, la Oficina de Servicios y Seguridad sustentó técnica-
mente que la Empresa E-Business Distribution Perú S.A. es
el único proveedor en el país que puede brindar el servicio de
mantenimiento a la central telefónica del JNE, tal cual el área
usuaria lo requiere y necesita; puesto que la carta del fabri-
cante, Alcatel Enterprise Solution Division, certifica que E-
Business Distribution Perú S.A. es el único distribuidor autoriza-
do de los productos de voz Alcatel para el mercado empresa-
rial y está acreditado para distribuir, instalar y dar soporte y
mantenimiento a estos equipos en el territorio peruano, con-
tando exclusivamente con la certificación técnica para ello;
Que, mediante el Informe Legal Nº 026-2005-GL/JNE
de la Gerencia Legal, se concluyó que, habiéndose justifi-
cado técnicamente la inexistencia de servicios sustitutos y
la exclusividad de E-Business Distribution Perú S.A., es
necesario y procedente exonerar de la Adjudicación Direc-
ta Selectiva la contratación del servicio de mantenimiento
de la central telefónica del JNE, por la causal contemplada
en el inciso e) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de
la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro-
bado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM;
Que, el artículo 20º del Reglamento de la Ley de Con-
trataciones y Adquisiciones de Estado señala que todas
las exoneraciones se aprobarán mediante Resolución del
Titular del Pliego de la Entidad, y que ésta requerirá obliga-
toriamente de un informe técnico-legal previo;
Que, de conformidad con los artículos 19º, inciso e), y
20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones
y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supre-
mo Nº 083-2004-PCM, y el artículo 144º de su Reglamen-
to, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- EXONERAR del proceso de Adjudi-
cación Directa Selectiva la contratación del servicio de
mantenimiento de la central telefónica, por el plazo de un
(1) año, a un valor referencial de Veinte mil y 00/100 Nue-
vos Soles (S/. 20,000.00) y con cargo a la fuente de finan-
ciamiento Recursos Directamente Recaudados.
Artículo Segundo.- DISPONER que la Oficina de Abas-
tecimiento realice la contratación exonerada en forma di-
recta, mediante acciones inmediatas, invitando a
E-Business Distribution Perú S.A.
Artículo Tercero.- DISPONER que la Gerencia de Ad-
ministración y Finanzas realice las gestiones necesarias
para publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El
Peruano y en el SEACE; así como, remitir copia de la
presente Resolución y de los Informes Técnico Nº 03-2005-
OSS-GAF/JNE y Legal Nº 026-2005-GL/JNE a la Contralo-
ría General de la República y al CONSUCODE, dentro de
los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su apro-
bación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ
Presidente
Jurado Nacional de Elecciones
06997
S B S
Autorizan al Banco de Crédito del Perú
la apertura de oficina especial en el
Cercado de Lima
RESOLUCIÓN SBS Nº 552-2005
Lima, 1 de abril de 2005
EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA
VISTA:
La solicitud presentada por el Banco de Crédito del
Perú, para que se le autorice la apertura de 1 Oficina
Especial, con carácter temporal los días 4 y 5 de abril de
2005, en las instalaciones del Instituto Cultural Peruano
Norteamericano (ICPNA), de la Sede Lima, ubicada en el

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