ACUERDO Nº 027-2008-A/MDC - Exoneran de proceso de selección la adquisición de productos para el Programa del Vaso de Leche

Fecha de disposición06 Julio 2008
Fecha de publicación06 Julio 2008
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, domingo 6 de julio de 2008
375656
los monumentos arqueológicos, históricos y artísticos,
colaborando y coordinando con los organismos regionales
y nacionales competentes para su identif‌i cación, registro,
control, conservación y restauración.
c) Impulsar, una cultura cívica de respeto a los
bienes comunales, de mantenimiento y limpieza y de
conservación y mejora del ornato local.
d) Promover y fortalecer la consolidación de una
cultura de espíritu solidario y trabajo colectivo, orientado
hacia el desarrollo de la convivencia social, armoniosa
y productiva, a la prevención de desastres naturales, la
seguridad ciudadana y la preservación del ambiente.
e) Promover la consolidación de una cultura de
ciudadanía democrática y fortalecer la identidad cultural
de la población del distrito.
f) Promover actividades culturales diversas, el
folklore, los espectáculos públicos, y todas aquellas que
correspondan a dicho ámbito.
g) El desempeño de la Dirección de Desarrollo
Económico Local e Inversiones, en lo referente a
Turismo.
h) El desempeño de la Dirección de Desarrollo Humano
y Social, en lo referente a Cultura.
i) Otros, acorde a su ámbito o que le encomiende el
Concejo.
Artículo Tercero.- ENCARGAR, la publicación de la
presente Ordenanza a la Of‌i cina de Secretaría General.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
MIGUEL RÍOS ZARZOSA
Alcalde
221729-1
Exoneran de proceso de selección
la adquisición de productos para el
Programa del Vaso de Leche
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 027-2008-A/MDC
Carabayllo, 30 de junio de 2008
VISTO: El Informe Nº 276-2008- SGLCP-GAF/MDC
de la Subgerencia de Logística y Control Patrimonial,
así como el Informe Nº 258-2008-GAJ/MDC de la
Gerencia de Asesoría Jurídica referidos a la Declaración
de Desabastecimiento Inminente del Suministro de
productos alimenticios del Programa del Vaso de Leche
en la Municipalidad Distrital de Carabayllo; y,
CONSIDERANDO:
Que, las Municipalidades son Órganos de Gobierno
Local, con personería jurídica de Derecho Público y
tienen autonomía política, económica y administrativa en
los asuntos de su competencia, de conformidad con lo
establecido en el Art. 194º de la Constitución Política del
Estado, modif‌i cado por la Ley de Reforma Constitucional
- Ley Nº 27680; y concordante con la Ley Orgánica de
Municipalidades Nº 27972;
Que, con Informe Nº 276-2008-SLCP/GAF/MDC, la
Subgerencia de Logística y Control Patrimonial informa
que, para el abastecimiento de insumos alimenticios para
el Programa del Vaso de Leche correspondiente al período
julio - diciembre de 2008, se ha convocado al proceso de
Licitación Pública Nº 003-2008-CE/MDC;
Que, uno de los participantes al proceso licitario antes
citado, Panif‌i cadora K&A, ha solicitado que todo lo actuado
sea elevado al CONSUCODE, de conformidad a lo establecido
en el artículo 116º del Reglamento de Adquisiciones y
Contrataciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo
Nº 084-2004-PCM, argumentando que no se han acogido las
observaciones planteadas por su representada, esta situación
paraliza el proceso de licitación hasta que CONSUCODE
emita su respectivo pronunciamiento;
Que, a f‌i n de asegurar el abastecimiento de insumos para
el Programa del Vaso de Leche, sin interrupciones, resulta
necesario declarar en Situación de Desabastecimiento
Inminente, la adquisición de insumos para el Programa
del Vaso de Leche (Leche Evaporada Entera y Mezcla de
Cereales: Hojuela de avena, quinua y kiwicha con maca
extruida), por el período máximo de 57 días calendarios
(01/07/2008 hasta el 26/08/2008) o hasta que se suscriban
los nuevos contratos con los proveedores que resulten
ganadores de la Buena Pro en el proceso de Licitación
Pública Nº 0003-2008-CE/MDC, lo que ocurra primero. Dicho
plazo estimado sería para: 1) Pronunciamiento por parte del
CONSUCODE (10 días útiles); 2) Integración de las Bases; 3)
Presentación de Propuestas; 4) Evaluación de Propuestas;
5) Otorgamiento de la Buena Pro; 6) Consentimiento de la
Buena Pro (8 días útiles después del otorgamiento de la
Buena Pro); y 7) Suscripción de Contratos (10 días útiles
luego de que quede consentida la Buena Pro).
Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe
Nº 258-2008-GAJ/MDC, señala que siendo de extrema
urgencia contar con los insumos para el Programa del Vaso
de Leche es de opinión que se declare en Situación de
Desabastecimiento Inminente la Adquisición de Suministros
de Productos Alimenticios para el Programa del Vaso de
Leche de la Municipalidad de Carabayllo;
Que, el artículo 19º inciso c) del Texto Único Ordenado
de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,
Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, precisa que están
exonerados de los procesos de selección las adquisiciones y
contrataciones que se realicen en Situación de Emergencia
o Desabastecimiento Inminente declaradas conforme a ley;
Que, el artículo 21º del mismo Texto Único señala: “Se
considera Situación de Desabastecimiento Inminente aquella
situación extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia
de determinado bien, servicio u obra compromete en forma
directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios,
actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene
a su cargo de manera esencial. Dicha situación faculta
a la Entidad a la adquisición o contratación de los bienes,
servicios u obra sólo por el tiempo o cantidad, según sea
el caso, necesario para resolver la situación y llevar a cabo
el proceso de selección que corresponda”. El artículo 146º
del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones
del estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-
PCM establece que: “La Resolución o Acuerdo que
apruebe la exoneración del proceso de selección, requiere
obligatoriamente de uno o más informes previos, que
contengan la justif‌i cación técnica y legal de la procedencia
y necesidad de la exoneración”;
Que, por medio de los informes se puede verif‌i car que
cumplen con sustentar técnica y legalmente la justif‌i cación
de la adquisición o contratación y la necesidad de Declarar
en Situación de Desabastecimiento Inminente el Suministro
de Productos Alimenticios para el Programa del Vaso de
Leche de la Municipalidad Distrital de Carabayllo;
Estando a lo expuesto y en uso de las facultades
conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades
27972, el Concejo POR UNANIMIDAD y con dispensa del
trámite de Aprobación y Lectura del Acta;
ACUERDA:
Artículo Primero.- DECLARAR EN SITUACIÓN DE
DESABASTECIMIENTO INMINENTE, la Adquisición de
Suministros de Productos Alimenticios para el Programa
del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de
Carabayllo, por el plazo de 57 días.
Artículo Segundo.- AUTORIZAR a la Subgerencia
de Logística y Control Patrimonial de la Municipalidad la
Adquisición de los insumos para el Programa del Vaso de
Leche, siguiendo el Procedimiento de Exoneración del
Proceso de Selección de acuerdo a lo establecido en el
artículo 148º del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, por
el período que dure la Situación de Desabastecimiento
Inminente declarada de conformidad con la normatividad
vigente, cuyo monto referencial asciende a la suma de S/.
529,502.53 según el detalle siguiente:
PRODUCTO UNIDAD CANTIDAD TOTAL
Leche Evaporada Entera Lata 170,704 367,013.60
Mezcla de Cereales Kg. 33,641.60 162,488.93
Artículo Tercero.- PRECISAR que los montos
señalados se encuentran consignados en la Fuente
de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios para los
Gobiernos Locales, de la Específ‌i ca de Transferencia del
Gobierno Central para el Programa del Vaso de Leche.
Artículo Cuarto.- Encargar al Órgano de Control
Institucional de la Municipalidad el inicio de las acciones de
control destinadas a determinar o deslindar responsabilidades
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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