ACUERDO Nº 06-2009/MDQ - Exoneran de proceso de selección la adquisición de insumo del Programa Vaso de Leche

Fecha de publicación21 Enero 2009
Fecha de disposición21 Enero 2009
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, miércoles 21 de enero de 2009 389029
de desgaste, carriles superiores con 90% de desgaste,
rueda guía 95% de desgaste, chavetas guiadoras de
rueda guía, alojamiento del estabilizador deformado,
lampón de la parte frontal mal recalzada con f‌i suras de
gran longitud, cantonera 85% de desgaste, calibración de
transmisión, uñas de Ripper para recalce, incluyendo el
cambio de aceite de motor, de conformidad con el informe
de evaluación técnica, elaborada por la Empresa Campos
Maquinaria & Construcción;
Que, mediante Informe Legal Nº 001-2009-ALE-
MDCH, de fecha 5 de diciembre del 2009, emitida por el
Asesor Legal Externo, de esta Entidad, se especif‌i ca, que
resulta procedente convocar a un proceso de selección
por exoneración, bajo la causal de desabastecimiento
inminente, y que se fundamenta en el artículo VIII de la
Ley Nº 27972, el artículo 19º del TUO del CONSUCODE,
aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM
concordante con el artículo 22º y 141º del Reglamento de
la Ley de CONSUCODE, aprobado por Decreto Supremo
Nº 084-2004-PCM;
Que, el Art. II de la Ley Nº 27972, concordante con el
señalan que los Gobiernos Locales gozan de autonomía
Política, Económica y Administrativa en los asuntos de
su competencia. Y que la autonomía que la Constitución
Política del Perú establece para las Municipalidades,
radica en la facultad de ejercer actos de Gobierno,
Administrativos y de Administración, con sujeción al
ordenamiento jurídico;
Que, la Autonomía Política, Económica y Administrativa
a la que se hace mención, faculta a la Municipalidad
Distrital de Chuquibamba realizar el mantenimiento
y reparación del tractor de Oruga Marca Caterpillar,
Modelo D6MXL, Serie Nº 4HS00606, consistente en el
cambio de cadenas, rectif‌i cación de carriles inferiores y
superiores, rectif‌i cación de la rueda guía, fabricación de
la rueda guía, reconstruir el alojamiento del estabilizador,
reforzamiento del lampón en la parte frontal, recalzada
de las cantoneras y las uñas del Ripper y calibración del
sistema de transmisión.
En uso de las facultades conferidas en el artículo 9º
los Informes Técnico y Legal señalados en el Visto; el
Concejo Municipal por mayoría y con dispensa del trámite
de lectura y aprobación del Acta;
SE ACUERDA:
Artículo Primero.- Aprobar la Exoneración por
Desabastecimiento Inminente del Proceso de Selección
para el Servicio de Mantenimiento y Reparación del tractor
de Oruga Marca Caterpillar, Modelo D6MXL, Serie Nº
4HS00606, de propiedad de la Municipalidad Distrital de
Chuquibamba, por un valor referencial de S/. 120,808.00
(CIENTO VEINTE MIL OCHOCIENTOS OCHO Y 00/100
NUEVOS SOLES).
Artículo Segundo.- Autorizar al Comité Especial
Permanente de esta Entidad, conducir el presente
proceso de selección para el servicio de Mantenimiento y
Reparación del Tractor de Oruga Marca CATERPILLAR
Modelo D6MXL, Serie Nº 4HS00606 de propiedad
de la Municipalidad Distrital de Chuquibamba
- Chachapoyas-Amazonas, consiguientemente
contratar directamente hasta por un monto de S/.
120,808.00 (CIENTO VEINTE MIL OCHOCIENTOS
OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES) y con cargo a las
Fuentes de Financiamiento: Cuenta Central Recursos
Determinados y Recursos Directamente Recaudados,
que administra la Municipalidad.
Artículo Tercero.- Disponer, que el Despacho de
Alcaldía curse las comunicaciones a la Contraloría General
de la República, y CONSUCODE a través del SEACE,
dentro del término de 10 días hábiles, de conformidad con
los artículos 20º y 47º del Decreto Supremo Nº 083-2004-
PCM y 142º del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; y
sus modif‌i catorias.
Artículo Cuarto.- Encargar a la Secretaría de la
Municipalidad la publicación del presente Acuerdo en el
Diario Of‌i cial El Peruano en el plazo legal, así como las
demás acciones correspondientes para su ejecución de
acuerdo a ley.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
CELSO L. PORTAL BUSTAMANTE
Alcalde
302436-1
MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE QUERECOTILLO
Exoneran de proceso de selección la
adquisición de insumo del Programa
Vaso de Leche
ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL
Nº 06-2009/MDQ.
Querecotillo, 15 de enero del 2009.
VISTO:
En sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 15
de enero 2009, el Informe Nº 006-2009/MDQ-GM de fecha
12 de enero 2009 de la Gerencia Municipal y el Informe
Nº 003-2009/MDQ-A.J. del Asesor Jurídico, de fecha 13
de enero 2009, sobre Declaratoria en Desabastecimiento
Inminente de Insumo para el programa VASO DE LECHE
y aprobar la exoneración del proceso de selección para
adquirir en forma directa por el plazo de noventa (90)
días.
CONSIDERANDO:
Que, las Municipalidades son Órganos de Gobierno
Local, con personería jurídica de derecho público, tienen
autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia, de conformidad con lo
establecido en el Art. 194º de la Constitución Política del
Estado, modif‌i cada por la Ley de Reforma Constitucional
Nº 28607 y concordante con el Art. II del Título Preliminar
Que, con fecha 4 de diciembre de 2008, las madres
benef‌i ciarias del Programa Vaso de leche, a convocatoria
del Comité de Administración del citado Programa, han
elegido los productos: ARROZ, MAIZ, TRIGO, KIWICHA,
AVENA, CEBADA, QUINUA, CAÑIHUA, TARWI CON
LEGUMINOSA (SOYA), MACA, ALGARROBINA, MIEL
DE ABEJA, LECHE CON AZUCAR, CON VITAMINAS
Y MINERALES EN HOJUELAS PRECOCIDAS
complementado con LECHE EVAPORADA para que se
les abastezca el Ejercicio 2009.
Que, con fecha 22 de diciembre 2008, mediante
Acuerdo de Concejo Municipal Nº 065-2008/MDQ, se
aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura para
el Ejercicio 2009, en el que consta una asignación
presupuestal de S/. 322,821.00 para el Programa Municipal
VASO DE LECHE, lo que signif‌i ca realizar un proceso de
Adjudicación Directa Pública, que en un procedimiento
normal, necesita un mínimo de 45 días, generándose así
un desabastecimiento durante los primeros meses del
año 2009.
Que, en previsión de esta problemática se atendió
la recomendación del Area de Abastecimientos, la de
realizar una COMPRA COMPLEMENTARIA contemplada
en el Art. 236º del Reglamento de la Ley Nº 26850 - Ley de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
Que, con fecha 23 de diciembre 2008, mediante
Of‌i cio Nº 642-2008/MDQ, se solicitó a la Empresa
INSULAC DEL PERU S.R.L., la f‌i rma de contrato por
compra complementaria, por el producto de la ADP Nº
001-2008/MDQ.CEP, denominado hojuelas de avena,
quinua, kiwicha y trigo azucarada fortif‌i cada con vitaminas
y minerales, habiendo respondido mediante Carta Nº 806-
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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