07 0000011 - Aprueban exoneración de adjudicación directa para la contratación de abogado a fin que preste servicio de asesoría externa en materia laboral

Fecha de publicación17 Enero 2004
Fecha de disposición17 Enero 2004
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NORMAS LEGALES
Lima, sábado 17 de enero de 2004
EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES
POR CUANTO:
El Concejo Distrital de San Juan de Miraflores, en Se-
sión Ordinaria de fecha 10 de enero del 2004, Vistos y Oí-
dos el Oficio Nº 002 T.H.N. MDSJM-2004 de fecha
9.01.2004, presentado por el Regidor Sr. Teófilo Huamán,
proponiendo Proyecto de Ordenanza.
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Estado en su artículo
194º, reconoce a los gobiernos locales autonomía política,
económica y administrativa en asuntos de su competen-
cia; así mismo se atribuye a los Concejos Municipales las
funciones normativas que establece el Artículo 9º de la Ley
Orgánica de Municipalidades Nº 27972, y la ejercen me-
diante Ordenanzas;
Que, de acuerdo a lo establecido en la Norma IV del
Título Preliminar y del Artículo 41º del Texto Único Ordena-
do del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº
135-99-EF y sus modificatorias, los Gobiernos Locales
pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, ar-
bitrios, derechos, Licencias o exonerar de ellos dentro de
su jurisdicción y con los límites que señala la Ley;
Que, excepcionalmente los Gobiernos Locales podrán
condonar, con carácter general, los intereses y las sancio-
nes respecto de los tributos que administren;
Que, es política de la actual gestión municipal estable-
cer medidas y facilidades extraordinarias que faciliten el cum-
plimiento de las obligaciones tributarias, dada la situación y
las dificultades de índole económica que atraviesan los ve-
cinos del distrito de San Juan de Miraflores, tomando en
consideración que existe voluntad de la población de regu-
larizar sus deudas de carácter tributario o administrativo;
Que, estando a lo dispuesto, por el artículo 9º numera-
les 8 y 9 y del artículo 40º de La Ley Orgánica de Munici-
palidades Nº 27972, debatido en el pleno y con la dispensa
de la lectura y aprobación del Acta y con el voto Unánime
se aprobó la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º.- Concédase beneficios tributarios, aplica-
ble a las deudas acumuladas hasta el año 2003, consis-
tente en:
a) Condonación del 100% de la Multa Tributaria para
los omisos y subvaluadores tributarios, producto de la
fiscalización, quedan exceptuados aquellos predios que
sobrepasen la base imponible de 30 UIT.
b) Condonación del 50% de los reajustes, intereses
moratorios de las deudas tributarias del Impuesto Predial.
c) Rebaja del 60% por el pago de la tasa de arbitrios
municipales de limpieza pública, parques y jardines y relle-
no sanitario sobre el monto insoluto adeudado hasta el año
2003, y la condonación del 100 % de los reajustes e intere-
ses moratorios.
d) Rebaja del 50% de multas administrativas impues-
tas hasta el año 2003.
Artículo 2º.- Se encuentran comprendidas todas las
cobranzas que se encuentren en procedimiento de Ejecu-
ción Coactiva, en este caso solamente se abonará por con-
cepto de costas procesales para los procedimientos que
se encuentren en trámite de ejecución el importe único de
S/. 16.00 (Dieciséis y 00/100 Nuevos Soles). Para los pro-
cedimientos que se encuentren en ejecución se abonará la
suma de S/. 75.00 (Setenticinco y 00/100 Nuevos Soles).
Artículo 3º.- Están comprendidos en el presente bene-
ficio los fraccionamientos de deudas tributarias y no tribu-
tarias, con la cancelación del saldo pendiente.
Artículo 4º.- Los contribuyentes que deseen acogerse
a los beneficios descritos en la presente Ordenanza y que
tengan en trámite recurso de reclamación referente a deu-
das tributarias, deberán previamente desistirse de su pre-
tensión a efectos de acceder a los mismos.
Artículo 5º.- Vencido el plazo de beneficios de condo-
nación y rebaja se procederá inmediatamente a ejecutar la
cobranza total de la deuda pendiente, incluyéndose las
sanciones tributarias, los intereses moratorios y el íntegro
de las multas adeudadas, utilizando en los casos necesa-
rios el procedimiento de cobranza coactiva.
Artículo 6º.- La presente Ordenanza entrará en vigen-
cia al día siguiente de su publicación hasta el 17 de febrero
del presente año.
Artículo 7º.- Deróguese todas las disposiciones que
se opongan a la presente Ordenanza.
Artículo 8º.- Encargar a la Gerencia de Rentas, Ge-
rencia de Informática y Estadística, Ejecutoria Coactiva el
fiel cumplimiento de la presente Ordenanza y a la Oficina
de Imagen Institucional la adecuada y oportuna difusión
masiva de la misma.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
PAULO HERNÁN HINOSTROZA GUZMÁN
Alcalde
00836
Aprueban exoneración de adjudicación
directa para la contratación de aboga-
do a fin que preste servicio de asesoría
externa en materia laboral
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 000011
San Juan de Miraflores, 7 de enero de 2004
EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE
SAN JUAN DE MIRAFLORES;
En Sesión Ordinaria del 7 de enero del 2004, Vistos y
Oídos, el Memorándum Nº 005-2004/MDSJM-OAJ de fe-
cha 6.1.2004, Informe Nº 032-2004-MDSJM-OAJ de fecha
6.1.2004 emitidos por la Gerencia de la Oficina de Aseso-
ría Jurídica, Informe Nº 008-04-SGP/MDSJM emitido por
la Subgerencia de Personal.
CONSIDERANDO:
conforme a la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 esta-
blece que las municipalidades provinciales, distritales y las
delegadas conforme a ley, tienen autonomía política, económi-
ca y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, conforme fluye de los Informes Nº 032-2004-
MDSJM-OAJ de fecha 6.1.2004 emitido por la Gerencia de
la Oficina de Asesoría Jurídica e Informe Nº 008-04-SGP/
MDSJM emitido por la Subgerencia de Personal, se tiene
que es necesario que la institución contrate los Servicios
Especializados del Dr. Jesús A. Rivera Ore, para el aseso-
ramiento legal externo en materia laboral, pensionario y
previsional para el presente año, toda vez que dichos ser-
vicios resultan valiosos en dichas materias y que se re-
quiere a fin de que preste el soporte profesional en dichos
aspectos, ya que es objetivo de la actual gestión municipal
el lograr una eficiente marcha institucional especialmente
en las materias referidas;
Que, asimismo del Informe Nº 008-04-SGP/MDSJM
emitido por la Subgerencia de Personal, se tiene que de
acuerdo al análisis de la problemática de la Oficina de la
Subgerencia de Personal y que fuera advertida e informada
por los Asesores Legales de la Municipalidad durante el
año 2003, dicha problemática estriba en tres aspectos fun-
damentales: inadecuada orientación y asesoría de los re-
gímenes laborales público y privado, inadecuada informa-
ción de los procedimientos previsionales y pensionarios y
falta de un efectivo estudio y verificación de los legajos del
personal sujeto al régimen pensionario del Decreto Ley Nº
20530, aspectos que por el volumen de carga procesal no
pueden ser asumidos en su integridad por la Gerencia de
la Oficina de Asesoría Jurídica de la institución;
Que, la problemática antes señalada ha dado lugar que
en la gestión pasada la administración incurra en reconoci-
miento de derechos laborales al margen de la normatividad
y legislación correspondiente generando acciones judicia-
les diversas por las cuales los servidores exigen el pago de
compensaciones o liquidaciones económicas desmesura-
das que afectan gravemente el erario municipal, lo que urge

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