1007 016-2004-P-CSJLI/PJ - Establecen disposiciones para la distribución de exhortos en materia civil, de familia, laboral y penal entre Juzgados Especializados de la Corte Superior de Justicia de Lima

EmisorCORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Fecha de la disposición14 de Enero de 2004
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NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 14 de enero de 2004
CONSIDERANDO:
Que por Resolución Administrativa Nº 153-99-P-CSJLI/
PJ, de fecha 5 de marzo de 1999, se creó la Escuela de
Formación de Auxiliares Jurisdiccionales de la Corte Su-
perior de Justicia de Lima, la misma que fue creada con el
objeto de cubrir un gran vacío ante la falta de capacitación
y dictado de cursos que redunden en un trabajo eficiente
por parte de los servidores jurisdiccionales y administrati-
vos que prestan apoyo a los Magistrados;
Que la labor realizada por el señor doctor José Antonio
Neyra Flores como Director de la Escuela de Auxiliares
Jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima
durante el año 2003, ha sido positiva, siendo preciso hacer
la felicitación por el trabajo desempeñado el pasado año
judicial, como también reconocer la labor eficiente realiza-
da por la Secretaría de la indicada área académica;
Que por lo expuesto, resulta pertinente ratificar al se-
ñor doctor José Antonio Neyra Flores, Presidente de la
Quinta Sala Penal con Reos Libres, como Director de la
Escuela de Auxiliares Jurisdiccionales de esta Corte Su-
perior de Justicia, para el presente año judicial, quien inde-
pendientemente a sus funciones asumirá la dirección de la
misma;
Que en uso de las atribuciones conferidas en los artí-
culos 3) y 9) del artículo 90º de la Ley Orgánica del Poder
Judicial;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- RATIFICAR al señor doctor JOSÉ
ANTONIO NEYRA FLORES como DIRECTOR DE LA
ESCUELA DE AUXILIARES JURISDICCIONALES Y AD-
MINISTRATIVOS DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTI-
CIA DE LIMA, para el presente año judicial.
Artículo Segundo.- FELICITAR al señor doctor
JOSÉ ANTONIO NEYRA FLORES y a la señorita MO-
NICA LILIANA VILLAR FROLETZ, por sus desempeños
como Director y Secretaria, respectivamente, de la Es-
cuela de Auxiliares Jurisdiccionales de la Corte Supe-
rior de Justicia de Lima, estando a la elogiable labor
realizada en el año 2003.
Artículo Tercero.- DISPONER que el señor Director
de la Escuela de Auxiliares Jurisdiccionales y Administrati-
vos de la Corte Superior de Justicia de Lima, presente el
PLAN DE ACTIVIDADES ACADÉMICAS a desarrollar en
la indicada área, durante el presente año judicial.
Artículo Cuarto.- PONER la presente resolución en
conocimiento de la Presidencia de la Corte Suprema de
Justicia de la República, del Consejo Ejecutivo del Poder
Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la
Gerencia General, de la Gerencia de Personal y Escalafón
del Poder Judicial, Fiscalía de la Nación y de los señores a
que se hace referencia en la presente resolución, para los
fines pertinentes.
Regístrese, publíquese, cúmplase y archívase.
VÍCTOR RAÚL MANSILLA NOVELLA
Presidente de la Corte Superior
de Justicia de Lima
00631
Establecen disposiciones para la distri-
bución de exhortos en materia civil, de
familia, laboral y penal entre Juzgados
Especializados de la Corte Superior de
Justicia de Lima
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
Nº 016-2004-P-CSJLI/PJ
Lima, 7 de enero de 2004
CONSIDERANDO:
Primero: Que por Resolución Administrativa Nº 020-
2003-P-CSJLI/PJ, de fecha 15 de enero del 2003, la Presi-
dencia de esta Corte Superior de Justicia de Lima, dispuso
la competencia de los órganos jurisdiccionales de primera
instancia que en cada una de las especialidades (civil, la-
boral, familia y penal) se haría cargo de la tramitación de
los exhortos durante el pasado año judicial.
Segundo: Que luego por Resolución Administrativa Nº
039-2003-CSJLI/PJ, de fecha 17 de enero del 2003, basa-
do en la Resolución Administrativa Nº 197-2002-CE-PJ, de
fecha 20 de diciembre del 2002, se dispuso la distribución
aleatoria de los exhortos en materia laboral entre los 29
Juzgados Especializados de Trabajo de la Corte Superior
de Justicia de Lima, para su diligenciamiento, sin perjuicio
de su competencia habitual.
Tercero: Que asimismo, por Resolución Administrativa
Nº 277-2003-P-CSJLI/PJ, de fecha 8 de julio del 2003, se
dispuso la tramitación de los exhortos en la especialidad
de familia atendiendo a la naturaleza de los actos conteni-
dos en los mismos, es decir de acuerdo al área penal, tute-
lar o civil a la que correspondan.
Cuarto: Que de otro lado, por Resolución Administrativa
Nº 389-2003-P-CSJLI/PJ, de fecha 24 de setiembre del
2003, se dispuso la distribución aleatoria de los exhortos
en materia civil entre todos los Juzgados Especializados
en lo Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima, para su
diligenciamiento, sin perjuicio de su competencia habitual.
Quinto: Que asimismo, se debe disponer lo correspon-
diente a la tramitación de exhortos en materia penal, por lo
que existiendo al interior de esta Corte Superior cinco (5)
Juzgados Penales para Procesos en Reserva, resulta per-
tinente que los mismos conozcan de la tramitación de ex-
hortos en materia penal, independiente a su competencia
habitual, siendo la Mesa de Partes Única de los citados
Juzgados, la que derivará en forma aleatoria y equitativa
los exhortos que ingresen.
Sexto: Que el Presidente de la Corte Superior de Justi-
cia, es la máxima autoridad administrativa del distrito judi-
cial a su cargo, por lo que es responsable de emitir las
disposiciones administrativas pertinentes, como es el caso
de disponer lo correspondiente a la competencia de los
órganos jurisdiccionales para el diligenciamiento de exhor-
tos durante el presente año judicial.
Sétimo: Que en uso de las atribuciones conferidas en
los artículos 3) y 9) del artículo 90º de la Ley Orgánica del
Poder Judicial;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- DISPONER la distribución aleato-
ria de los exhortos en materia civil, entre todos los Juzga-
dos Especializados en lo Civil de la Corte Superior de Jus-
ticia de Lima, ubicados en el edificio "Javier Alzamora Val-
dez", para su diligenciamiento, sin perjuicio de su compe-
tencia habitual.
Artículo Segundo.- DISPONER la distribución aleato-
ria de los exhortos en materia de familia, conforme a lo
expuesto en el tercer considerando de la presente resolu-
ción, quedando establecido de la siguiente manera:
- Área Civil: Los Juzgados Especializados de Familia
con competencia civil.
- Área Penal: Los Juzgados Especializados de Familia
con competencia penal.
- Área Tutelar: Los Juzgados Especializados de Fami-
lia con competencia tutelar.
Artículo Tercero.- DISPONER la distribución aleatoria
de los exhortos en materia laboral entre los 29 Juzgados
Especializados de Trabajo de la Corte Superior de Justicia
de Lima, para su diligenciamiento, sin perjuicio de su com-
petencia habitual, de conformidad con lo dispuesto en la
Resolución Administrativa Nº 197-2002-CE-PJ, de fecha
20 de diciembre del 2002.
Artículo Cuarto.- DISPONER que el diligenciamiento
de exhortos en materia penal sea distribuido en forma alea-
toria y equitativa entre los cinco (5) Juzgados Penales para
Procesos en Reserva, ubicados en el edificio "Anselmo
Barreto León", sin perjuicio de su competencia habitual,
siendo que esta distribución estará a cargo de la Mesa de
Partes Única de los citados órganos jurisdiccionales.
Artículo Quinto.- PONER la presente resolución en
conocimiento de la Presidencia de la Corte Suprema
de Justicia de la República, del Consejo Ejecutivo del
Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistra-
tura, de la Gerencia General, Oficina de Administración
Distrital, Oficina del Nuevo Despacho Judicial y Servi-
cios Judiciales, Oficina de Desarrollo de la Presiden-
cia, del Centro de Distribución General, órganos juris-
diccionales respectivos, y de las Presidencias de las

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