77 396-2003-P-CSJLI/PJ - Exhortan a diversos Juzgados de Familia con competencia civil de Lima a cumplir con disposiciones sobre competencia en el trámite de autorizaciones para viaje con niños y adolescentes

Fecha de publicación30 Septiembre 2003
Fecha de disposición30 Septiembre 2003
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NORMAS LEGALES
Lima, martes 30 de setiembre de 2003
VISTOS:
La Resolución Administrativa Nº 044-2003-P-CSJLI-
PJ, de fecha 21 de enero del 2003, el Informe Técnico
Nº 05-2003-CEDASJPI/PJ, y el Informe complementario
del mismo, de fechas 23 y 24 de los corrientes respectiva-
mente, evacuados por la Comisión Especial de Apoyo al
Servicio Judicial para internos de esta Corte Superior de
Justicia; y
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución Administrativa Nº 044-2003-P-
CSJL/PJ de vista, se dispuso el rol de turnos judiciales
de las Salas Especializadas en lo Penal para Procesos
con Reos en Cárcel, para el presente año, de acuerdo al
cual la Cuarta Sala Penal con Reos en Cárcel asume el
turno respectivo en el mes de octubre próximo;
Que, conforme al análisis del Cuadro Nº 1 contenido
en el Informe Técnico que se tiene a la vista, la Primera
Sala Penal para Procesos con Reos en Cárcel cuantitati-
vamente ha demostrado mantener mayor carga proce-
sal frente a las demás Salas Penales, pues del inventa-
rio físico detallado en el referido Cuadro, se aprecia
que hasta la primera semana de setiembre del presen-
te año, la sumatoria de causas existentes en las áreas
de Mesa de Partes, Secretaría de Actas y Relatoría de
la referida Sala Penal, ascienden a 1095 expedientes,
que constituyen más del doble de la carga procesal
que mantiene la Cuarta Sala Penal para Procesos con
Reos en Cárcel, que afronta una carga procesal de 415
expedientes;
Que, se une a la situación antes descrita, el hecho
que la citada Primera Sala Penal es la que se encuentra
con mayor recarga de expedientes con juzgamientos
orales, al tener 164 expedientes con audiencias conti-
nuadas, según Cuadro Nº 2 del Informe visto, de los
cuales muchos son de naturaleza compleja, al tratarse
de procesos por delito de tráfico ilícito de drogas, robo
agravado y otros, que importa un mayor tiempo a cada
sesión de audiencia y de sucesiones de audiencias con-
tinuadas;
Que, de otro lado, también la Segunda Sala Penal
para Procesos con Reos en Cárcel, al haber asumido
la carga procesal de la desactivada Sala Superior
Especializada en Tráfico Ilícito de Drogas, llega a 115 el
número de los expedientes con audiencia continuada,
y por ende con las mismas consecuencias antes des-
critas;
Que, situación distinta mantiene la Cuarta Sala
Penal para Procesos con Reos en Cárcel, la que de-
tenta una mínima cantidad de expedientes (415), que
hace manejable el trabajo realizado por su Colegia-
do, sucediendo similar situación con el número de
expedientes con audiencia continuada, que llega a
67 expedientes.
Que, en tal sentido, se hace necesario que esta
Presidencia adopte las medidas administrativas con-
venientes con la finalidad de evitar posteriores colap-
sos procesales al interior de la Primera y Segunda Sala
Penal referidas, pero al mismo tiempo cuidando que
dichas medidas no atenten contra el debido proceso y
el reconocimiento de la garantía al Juez Natural que
goza todo justiciable;
Que en uso de la facultades contenidas en los inci-
sos 3) y 9) del artículo 90º de la Ley Orgánica del Poder
Judicial;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- MODIFICAR el Artículo Prime-
ro de la Resolución Administrativa Nº 044-2003-P-
CSJLI/PJ, de fecha 21 de enero del 2003, en el extre-
mo que dispone el turno judicial de la Primera y Se-
gunda Sala Penal para Procesos con Reos en Cárcel
para los meses de noviembre y diciembre
respectivamente, prorrogando el turno de la Cuarta
Sala Penal para Procesos con Reos en Cárcel duran-
te los meses de octubre, noviembre y diciembre del
presente año.
Artículo Segundo.- DISPONER que la Primera y
Segunda Sala Penal para Procesos con Reos en Cár-
cel remitan a la Cuarta Sala Penal para Procesos con
Reos en Cárcel cincuenta (50) causas cada una, las
que deberán ser aquellas que cuenten con el dictamen
del Ministerio Público respectivo y en las que el Cole-
giado no se haya abocado aún al conocimiento de las
mismas, en resguardo a la plena observancia de los
principios referidos en la parte considerativa de la pre-
sente resolución.
Artículo Tercero.- DISPONER que la Oficina de Con-
trol de la Magistratura, en coordinación con los señores
Presidentes de la Primera, Segunda y Cuarta Sala Penal
para Procesos con Reos en Cárcel, supervise la realiza-
ción del inventario físico y el traslado de los expedientes
en las condiciones establecidas en el artículo preceden-
te, con cargo de dar cuenta a este Despacho finalizado
que sea el mismo.
Artículo Cuarto.- PONER la presente resolución
en conocimiento de la Corte Suprema de Justicia de la
República, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Ofici-
na de Control de la Magistratura, Gerencia General,
Fiscalía de la Nación, de los señores Presidentes de
las Salas Especializadas en lo Penal con Reos en Cár-
cel y Juzgados Penales respectivos para los fines per-
tinentes.
Regístrese, publíquese, cúmplase y archívase.
VÍCTOR RAÚL MANSILLA NOVELLA
Presidente de la Corte Superior
de Justicia de Lima
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Exhortan a diversos Juzgados de Fami-
lia con competencia civil de Lima a
cumplir con disposiciones sobre com-
petencia en el trámite de autorizacio-
nes para viaje con niños y adolescentes
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
Nº 396-2003-P-CSJLI/PJ
Lima, veintiséis de setiembre del 2003
VISTOS Y CONSIDERANDO:
Que, el literal f) del Art. 53º de la Ley Orgánica del
Poder Judicial establece expresamente que los Juzga-
dos de Familia conocen, en materia civil, las autoriza-
ciones de competencia judicial para viaje con niños y
adolescentes; concordando ello con el Art. 1º de la Re-
solución Administrativa Nº 406-99-P-CSJL (7 de setiem-
bre de 1999)¹, vigente a la fecha;
Que, la Presidencia de la Corte, al realizar las visitas
administrativas a los Juzgados de Familia competentes
en materia civil, ha verificado, in situ, que no todos los
órganos jurisdiccionales mencionados cumplen con las
disposiciones legales y administrativas indicadas en el
párrafo precedente, específicamente del 15º al 20º Juz-
gado de Familia, lo que se corrobora con la información
estadística recopilada por la Oficina de Desarrollo de la
¹ Artículo Primero.- DISPONER administrativamente que la carga procesal cons-
tituida por las autorizaciones de viajes con niños y adolescentes asignados
a los Juzgados de Familia Tutelar, sea asumida por los Juzgados de Familia
- Civil, mediante distribución diaria, equitativa y aleatoria, en estricto cumpli-
miento de lo dispuesto por el inciso f) del Artículo 53º (en materia civil), del
Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, modificado por

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