ORDENANZA Nº 287-2008-MPL - Exceptúan a la Av. Sucre de los alcances de la Tercera Disposición Transitoria de la Ordenanza N° 261-MPL
Fecha de disposición | 20 Marzo 2008 |
Fecha de publicación | 20 Marzo 2008 |
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, jueves 20 de marzo de 2008
369198
Aprueban Reglamento de Control
de Asistencia y Permanencia de
los Empleados Públicos de la
Municipalidad
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 008-2008-MDJM
Jesús María, 11 de marzo del 2008
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE JESÚS MARÍA:
CONSIDERANDO:
Que, es política de la actual Administración Municipal
llevar a cabo procesos de mejoramiento continuo, en el
marco de las normas vigentes y según materias;
Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 125-96-MJM,
de fecha 16 de julio de 1996, se aprobó el “Reglamento
Interno de Control de Asistencia y Permanencia del Personal
de la Municipalidad Distrital de Jesús María”, el mismo que
fue modifi cado por Resolución de Alcaldía Nº 720-2002 de
fecha 19 de junio del 2002;
Que, el citado Reglamento tuvo como base legal, diversas
normas que han sido derogadas entre la que se encuentra la
Ley Nº 23853 Orgánica de Municipalidades, y asimismo se han
dictado diversas normas en materia de personal y de ética pública
que resulta necesario incorporar a la legislación distrital;
Que, subsistiendo la necesidad de implementar un
instrumento de gestión que regule las condiciones a que
deben sujetarse las relaciones laborales existentes entre
la administración municipal y sus empleados públicos, en
cumplimiento de sus prestaciones, resulta evidente que es
necesario aprobar un Reglamento de Control de Asistencia y
Permanencia de los Empleados Públicos de la Municipalidad
de Jesús María, amparado en normas vigentes;
Estando a las atribuciones conferidas por el artículo 42º
de Municipalidades;
SE DECRETA:
Artículo Primero.- APRUÉBASE el Reglamento de
Control de Asistencia y Permanencia de los Empleados
Públicos de la Municipalidad de Jesús María, el mismo que
forma parte integrante del presente Decreto y que consta
de VIII Títulos, 58 Artículos, Dos Disposiciones Finales y
Una Disposición Complementaria.
Artículo Segundo.- Dejar sin efecto la Resolución de
Alcaldía Nº 125-96-MJM de fecha 16 de julio de 1996 y la
Resolución de Alcaldía Nº 720-2002 de fecha 19 de junio
del 2002 y toda otra norma que se oponga al presente
Decreto.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
ENRIQUE OCROSPOMA PELLA
Alcalde
177696-1
MUNICIPALIDAD DE
PUEBLO LIBRE
Modifican la Ordenanza Nº 243-MPL
Pueblo Libre, 27 de febrero de 2008
EL CONCEJO DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de Pueblo Libre, en Sesión
Ordinaria Nº 04 de la fecha; y,
CONSIDERANDO:
Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política,
económica y administrativa en los asuntos de su competencia,
conforme lo establece el artículo 194º de la Constitución Política
del Estado, modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional
Nº 27680 y en concordancia con el artículo II del Título Preliminar
de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972;
Que, la autonomía que la Constitución Política del
Perú establece para las municipalidades radica en la
facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de
administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, actualmente la Municipalidad de Pueblo Libre cuenta
con la Ordenanza Nº 243-MPL, que aprobó el Reglamento de
Fraccionamiento de Deudas Tributarias y Administrativas,
siendo que en aplicación del principio de desconcentración
administrativa a que se refi ere la Ley de Procedimiento
Administrativo General Nº 27444, es necesario modifi car los
alcances del artículo 10º de la citada Ordenanza;
Que, el numeral 8 del artículo 9º de la Ley Orgánica
de Municipalidades Nº 27972, establece que corresponde
al Concejo Municipal, aprobar, modifi car o derogar las
Ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; y,
En uso de las facultades conferidas por los artículos
9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972,
se aprobó por unanimidad y con dispensa del trámite de
lectura y aprobación por Acta, la siguiente:
ORDENANZA QUE MODIFICA LA
ORDENANZA Nº 243-MPL
Artículo Único.- Modifíquese el último párrafo del
artículo 10º de la Ordenanza Nº 243-MPL, cuyo texto
quedará redactado de la siguiente manera:
“Excepcionalmente, se podrán otorgar benefi cios especiales
de fraccionamiento de deudas tributarias con requisitos
diferentes a los taxativamente establecidos en el presente
Reglamento. En estos casos la resolución será expedida por la
Gerencia de Servicios al Vecino y deberá contener el sustento
técnico jurídico que lo respalde, bajo responsabilidad.”
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
RAFAEL SANTOS NORMAND
Alcalde
178156-1
Exceptúan a la Av. Sucre de los alcances
de la Tercera Disposición Transitoria
de la Ordenanza Nº 261-MPL
ORDENANZA Nº 287-2008-MPL
Pueblo libre, 27 de febrero de 2008
EL CONCEJO DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de Pueblo Libre, en Sesión
Ordinaria Nº 04 de la fecha; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú,
señala que las municipalidades provinciales y distritales son
órganos de gobierno local con autonomía política, económica
y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica
de Municipalidades, Ley Nº 27972, menciona que los
gobiernos locales gozan de autonomía política, económica
y administrativa en los asuntos de su competencia y que la
autonomía que la Constitución Política del Perú establece
para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer
actos de gobierno, administrativos y de administración, con
sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, la Tercera Disposición Transitoria de la Ordenanza
Nº 261-MPL dispone suspender los procedimientos
administrativos relativos al trámite y expedición de
Certifi cados de Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios,
Anteproyectos en consulta, Licencias de Obra, Licencias
de Funcionamiento, de cualquier modalidad, así como
Licencias de Anuncios y Publicidad Exterior referidos a
inmuebles ubicados en la Zona Monumental del distrito
hasta la expedición de la Ordenanza de la Municipalidad
Metropolitana de Lima que establezca las normas
urbanísticas y edifi catorias de aplicación a dicha zona;
Que, mediante Informe Nº 049-2008-MPL-GSV-SGLA
del 11.02.08, la Subgerencia de Licencias y Autorizaciones
señala que la Av. Sucre ha experimentado en los últimos
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