Evasión y elusión tributaria: precisiones

Por Humberto Medrano (*)

El principio constitucional de legalidad, es piedra angular del derecho tributario y penal. El impuesto únicamente se adeuda si el acto realizado calza con la hipótesis prevista por el legislador. Solo existe delito si la conducta de un sujeto coincide con la figura que detalla el Código Penal.

Hay evasión cuando a pesar de incurrir en el supuesto gravado, se incumple dolosamente, con el deber de tributar. Se trata de un proceder delictivo, sancionado con pena privativa de la libertad.

En cambio, en la elusión, en la economía de opción o la planificación fiscal, no hay ilicitud. Si la ley afecta a las empresas que venden inmuebles, no puede exigirse el tributo a quienes los enajenan mediante fusión, escisión o cualquier otra operación real distinta a la venta.

Nótese que se produce transferencia, pero a un título distinto del que hace surgir la obligación. Obviamente, nadie puede ser obligado a escoger el camino que signifique pagar más impuestos.

Debe recordarse que la ley no es redactada por el contribuyente sino por el Congreso o el Poder Ejecutivo, en caso de delegación de facultades. Es allí donde debe constar con toda claridad y precisión cuáles son los actos gravados.

Por lo tanto, si la norma no afecta determinado hecho económico es porque el legislador no ha querido incluirlo por razones de política fiscal o cualquier otro fundamento (de lo que sería conveniente dejar constancia en la respectiva exposición de motivos).

En sentido estricto, las leyes tributarias (como las penales) no contienen lagunas o vacíos. Si la actividad de una persona no está prevista como imponible, sería ilegítimo exigirle el tributo, aún cuando sea semejante a la recogida en el texto legal. Asimismo, si el comportamiento de un sujeto no se ajusta al diseño que contiene el Código Penal, no se le puede atribuir la comisión de un delito.

Considerar que en la ley tributaria existen defectos o ambigüedades, no son premisas que permitan saltar a la conclusión que el impuesto es...

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