Evalúan designar a un abogado ad hoc ante el TC

Por Delia MuñozMinistra de Justicia

El miércoles 18 de noviembre, el Tribunal Constitucional (TC) tiene programado analizar la demanda competencial que el Ejecutivo, en setiembre pasado, interpuso contra el Congreso de la República por la figura de la vacancia presidencial por permanente incapacidad moral. Sin embargo, la presencia del procurador Luis Huerta Guerrero, quien planteó la medida, ha sido puesta en duda por la ministra de Justicia, Delia Muñoz.En diálogo con El Comercio, la funcionaria sostuvo que se busca ?la mejor defensa? en la causa. Ello, agregó, pasaría por buscar abogados ?con expertise y experiencia?. Sobre el procurador Huerta, refirió que ?el Estado Peruano puede ratificarlo o puede tener otra persona más?.?Yo espero que tengamos la mejor defensa, la haga Luis Huerta, a quien conozco hace muchísimos años, o la haga otra persona que se designe de manera ad hoc. Eso tengo que decidirlo conversando con él?, dijo.En otro momento, sostuvo que ?ya hubo un pronunciamiento del Tribunal Constitucional sobre la incapacidad moral en el año 2004?. En todo caso, agregó, el tribunal será libre de decidir su pronunciamiento.Respecto a la permanencia del procurador general Daniel Soria, Muñoz anunció que ha pedido un informe legal sobre su situación. Esto, luego de que Soria informó en RPP que la ministra le pidió la renuncia para designar en el cargo a la exprocuradora Katherine Ampuero. Sin embargo, él se negó a dimitir por tener independencia de función y haber sido nombrado por cinco años.Finalmente, Muñoz remarcó que no le pidió a Soria el desistimiento de la demanda competencial ante el TC.?Desistimiento no procedería?Este Diario consultó con fuentes del TC sobre el amparo o no de un posible desistimiento de la demanda competencial por parte del Ejecutivo. Una de ellas explicó que el Código Procesal Constitucional indica que el TC puede ?impulsar de oficio? una causa, así las partes no muestren interés en el proceso.Otra fuente recordó que el desistimiento es un recurso procesal que existe en el Código de Procedimientos Civiles y que en el ámbito del Poder Judicial es viable, pero no en el TC. ?En la acción de inconstitucionalidad no cabe desistimiento. La acción que se ha interpuesto [demanda competencial] se rige exactamente por los mismos términos que la inconstitucionalidad, entonces tampoco cabría el desistimiento?, puntualizó.Aníbal Quiroga, quien es abogado del Congreso en la demanda...

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