Aprueban Estrategia Regional CRECER Ucayali

Fecha de publicación02 Marzo 2008
Fecha de disposición02 Marzo 2008
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, domingo 2 de marzo de 2008
367838
prescribe que es atribución del Consejo Regional, como
órgano normativo del Gobierno Regional, aprobar,
modif‌i car o derogar las normas que regulen o reglamenten
los asuntos y materias de su competencia y funciones del
Gobierno Regional.
Que, así mismo es atribución del Consejo Regional
aprobar los documentos de gestión Reglamento de
Organización y Funciones (ROF), Manual de Organización
y Funciones (MOF) y el Cuadro para Asignación de
Personal (CAP) de las instituciones públicas del Gobierno
Regional, en concordancia con el artículo 38º de la Ley
Orgánica de Gobiernos Regionales, que establece que
las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter
general en la organización y administración del Gobierno
Regional.
Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM,
de fecha 18 de junio de 2004, aprueban lineamientos para
la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación
de Personal - CAP por parte de las entidades de la
Administración Pública, establece los requisitos mínimos
para la elaboración de los instrumentos de gestión, que se
ha cumplido estrictamente.
De conformidad con las facultades conferidas por
27867, modif‌i cado por la Leyes Nº 27902, Nº 28968 y el
Reglamento Interno del Consejo Regional de Ucayali, el
Consejo Regional de Ucayali en Sesión Ordinaria de fecha
23 de enero del 2008 se aprobó la siguiente Ordenanza
Regional.
ORDENA:
Artículo Primero.- APROBAR la modif‌i cación del
Cuadro para Asignación de Personal CAP, y el Cuadro
Nominativo de Personal CNP, de la Sede Central del
Gobierno Regional de Ucayali, conteniendo los siguientes
cargos clasif‌i cados, 68 directivos, 85 profesionales, 116
técnicos y 04 auxiliares, según anexo que forma parte de
la presente Ordenanza Regional.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Of‌i cina Regional
de Administración la publicación de la presente Ordenanza
Regional en el Diario Of‌i cial El Peruano y en un diario de
circulación local y a la Of‌i cina de Sistemas para su difusión
a través del Portal Electrónico del Gobierno Regional del
Departamento de Ucayali.
Artículo Cuarto.- DISPENSAR la presente Ordenanza
Regional del trámite de lectura y aprobación del acta.
Comuníquese al señor Presidente del Gobierno
Regional de Ucayali para su promulgación.
En Ucayali, a los veintitrés días del mes de enero del
dos mil ocho
CARLOS FERNANDO HENDERSON LIMA
Consejero Delegado del
Consejo Regional de Ucayali
POR TANTO:
Regístrese, publíquese y cúmplase
Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de
Ucayali, a los veintinueve días del mes de enero del dos
mil ocho.
JORGE VELÁSQUEZ PORTOCARRERO
Presidente Regional
170460-1
Aprueban Estrategia Regional CRECER
Ucayali
ORDENANZA REGIONAL
Nº 003-2008-CR-GRU
EL CONSEJO REGIONAL DE UCAYALI
POR CUANTO :
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali,
de conformidad con lo previsto en los artículos 197º y 198º
de la Constitución Política del Estado , modif‌i cado por la
Ley de Reforma Constitucional, Capítulo XIV, Título IV
sobre Descentralización - Ley Nº 27680, Ley Nº 27783,
la Ley Nº 27902, Nº 28968, Nº 29053 y demás normas
complementarias ; en Sesión Extraordinaria de fecha 31
de enero del 2008; y,
CONSIDERANDO:
Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad
popular, son personas jurídicas de derecho público con
autonomía política, económica y administrativa, conforme
se establece en el artículo y de la Ley Nº 27867, Ley
Orgánica de los Gobiernos Regionales, en concordancia
con lo previsto en el artículo 191º de la Constitución
Política del Estado, modif‌i cada por la Ley Nº 27680, Ley
de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV,
sobre Descentralización; y en el artículo 8º de la Ley Nº
Que, los artículos 47º, 48º, 49º, y 58º de la Ley 27867´-
es competencia de los Gobiernos Regionales: Formular,
Aprobar y Evaluar las Políticas, Programas, Proyectos
y Planes Regionales en materia de Educación, Salud,
Trabajo, Vivienda y Saneamiento en concordancia con las
Políticas Nacionales y Planes Sectoriales y los Planes de
Desarrollo de los Gobiernos Locales;
Que, en el Acuerdo del Milenio celebrado en setiembre
del año 2000, el Estado Peruano se comprometió a lograr
los “Objetivos del Desarrollo del Milenio”, los cuales
comprometen esfuerzos para lograr metas en materia
de reducción de pobreza, el hambre, la desnutrición, la
mortalidad materno e infantil, entre otros, las mismas que
deben ser exhibidas entre el año 2010 y el 2015.
Que, la Décimo Quinta Política del Estado ”Promoción
de la Seguridad alimentaria y Nutrición” establece que el
Estado asegura el acceso de alimentos y una adecuada
nutrición, especialmente a los niños menores de 5 años
y lactantes, mujeres gestantes y niños en etapa escolar,
pobres extremos y vulnerables, así como familias en
situación de pobreza o riesgo, promoviendo una amplia
participación, vigilancia y autogestión de la sociedad civil
organizada y de las familias a benef‌i ciar.
Que, mediante el artículo primero del Decreto Supremo
Nº 066-2004-PCM; se aprobó la Estrategia Nacional de
Seguridad Alimentaria 2004-2015, la cual plantea como
objetivo general el prevenir los riesgos de def‌i ciencias
nutricionales y reducir los niveles de malnutrición, en
especial en las familias con niños y niñas menores de
cinco años y madres gestantes, y en aquellas en situación
de mayor vulnerabilidad.
Que, mediante el artículo primero del Decreto Supremo
Nº 002-2003-PCM; se aprobaron las “Bases para la
Estrategia de Superación de la Pobreza y Oportunidades
Económicas para los Pobres”, estableciendo en su artículo
3º la convocatoria a los Ministerios, Organismos Públicos
Descentralizados, Gobiernos Regionales y Locales a una
activa participación en la formulación de la Estrategia de
la Superación de la Pobreza y Oportunidades Económicas
para los más Pobres. En dicho propósito se señaló que
las instituciones del Sector Público alinearán sus planes
estratégicos y presupuestos, de acuerdo a los objetivos y
metas que se establezcan en la mencionada Estrategia.
Que, en la ciudad de Lima, en el mes de febrero del
2007 y en el marco de una serie de coordinaciones y
acciones intersectoriales en el tratamiento de la lucha
contra la pobreza, los Presidentes de los Gobiernos
Regionales establecieron el compromiso de reducir
los indicadores en cinco puntos porcentuales durante
el período gubernamental. Asimismo, en el marco del
Fondo para la Igualdad el gobierno se ha planteado,
como meta para el año 2011 mejorar las condiciones de
vida en las zonas rurales pobres, dentro de ellas reducir
la desnutrición crónica rural en niños menores de cinco
años (en 2005 era 39%), y reducir la pobreza rural (en
2005 era alrededor del 70%). Es así que para el logro
de las metas propuestas de la política social se requiere
el esfuerzo y dedicación de todo el Estado en sus
diferentes niveles de gobierno y la acción coordinada
entre ellas.
Que, el Plan de Reforma de Programas Sociales,
aprobado por Decreto Supremo Nº 029-2007-PCM,
establece como objetivo general el de contribuir a la

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR