RESOLUCION DIRECTORAL Nº 827-2011-MTC/15 - Autorizan a Hermanos Burgos & Estrada Asociados S.R.L. para funcionar como Escuela de Conductores Integrales

Fecha de disposición25 Marzo 2011
Fecha de publicación25 Marzo 2011
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, viernes 25 de marzo de 2011
439630
a) En un plazo no mayor de sesenta (60) días
calendario de obtenida la autorización como Escuela de
Conductores, su reglamento interno.
b) En un plazo no mayor de treinta (30) días
calendario de obtenida la autorización como Escuela
de Conductores, presentará el original de la Carta
Fianza Bancaria, conforme lo señala el numeral 43.6
del artículo 43º de El Reglamento, bajo sanción de
declararse la nulidad de la Resolución Directoral de
autorización.
c) En un plazo no mayor de noventa (90) días
calendario de publicada la Resolución Directoral
que establece las características especiales
del circuito donde se realizarán las prácticas de
manejo, presentará copia de la Póliza de Seguros
de Responsabilidad Civil extracontractual a favor de
terceros, conforme lo señala el literal e) numeral 43.4
del artículo 43º de El Reglamento, bajo sanción de
declararse la nulidad de la Resolución Directoral de
autorización.
Artículo Quinto.- Disponer que ante el
incumplimiento de las obligaciones administrativas por
parte de la Escuela, del Representante Legal, y/o de
cualquier miembro de su plana docente, se aplicarán
las sanciones administrativas establecidas en el
Cuadro de Tipif‌i cación, Calif‌i cación de Infracciones
e Imposición de Sanciones correspondientes, con la
subsiguiente declaración de suspensión o cancelación
de la autorización, así como la ejecución de la Carta
Fianza Bancaria emitida a favor de esta administración;
sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales
que les pudiera corresponder.
Artículo Sexto.- Remitir a la Superintendencia de
Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías
- SUTRAN, copia de la presente Resolución
Directoral para las acciones de control conforme a su
competencia; y encargar a la Dirección de Circulación y
Seguridad Vial, la ejecución de la presente Resolución
Directoral.
Artículo Séptimo.- La presente Resolución Directoral
surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación,
siendo de cargo de la Escuela autorizada los gastos que
origine su publicación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GENARO HUMBERTO SOTO ARDILES
Director General
Dirección General de Transporte Terrestre¡
617658-1
Autorizan a Hermanos Burgos & Estrada
Asociados S.R.L. para funcionar como
Escuela de Conductores Integrales
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
N° 827-2011-MTC/15
Lima, 8 de marzo de 2011
VISTOS:
El Parte Diario Nº 138835 y Expediente Nº 2010-
0019745 presentados por la empresa denominada
HERMANOS BURGOS & ESTRADA ASOCIADOS SRL,
en adelante La Empresa, que solicita autorización como
Escuela de Conductores Integrales, y;
CONSIDERANDO:
Que, con la solicitud presentada mediante Parte Diario
Nº 138835 y el Expediente Nº 2010-0019745, La Empresa
presenta la documentación con la f‌i nalidad de cumplir
los requisitos legales para funcionar como Escuela de
Conductores Integrales;
Que, el Reglamento Nacional de Licencias de
Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de
Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo
Nº 040-2008-MTC, en adelante el Reglamento, regula
las condiciones, requisitos y procedimientos para
la obtención de la autorización y funcionamiento de
las Escuelas de Conductores, tal como lo dispone el
artículo 43º que establece las condiciones de acceso,
concordado con el artículo 51º que señala los requisitos
documentales; los cuales fueron cumplidos por la
escuela,
Que, el artículo 38º del Reglamento indica que:”
Las Escuelas de Conductores tienen objetivo brindar
conocimientos teóricos y prácticos a los postulantes
para obtener una licencia de conducir, para garantizar la
conducción segura y responsable de los vehículos que
circulan dentro del territorio Nacional”.
Que, el artículo 60° del reglamento indica : “La
autorización como escuela de Conductores, así como
su modif‌i cación, suspensión o caducidad, para surtir
efectos jurídico, serán publicadas en el Diario Of‌i cial El
Peruano”;
Que, con el Informe Nº 322-2011-MTC/15.03 de
fecha 03 de Marzo de 2011, la Dirección de Circulación
y Seguridad Vial, concluye que debe publicarse la
autorización de funcionamiento como escuela de
conductores integrales presentada por la Empresa,
con la f‌i nalidad de surtir efectos jurídicos, por lo
que resulta procedente emitir el acto administrativo
correspondiente;
Que, de conformidad a lo dispuesto en el Decreto
Supremo Nº 040-2008-MTC - Reglamento Nacional
de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no
Motorizados de Transporte Terrestre; la Ley Nº 27444
Nº 29370 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio
de Transportes y Comunicaciones;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Publicar la Resolución de
Autorización de la empresa denominada HERMANOS
BURGOS & ESTRADA ASOCIADOS SRL para funcionar
como Escuela de Conductores Integrales, con el objetivo
de impartir los conocimientos teóricos – prácticos
requeridos para conducir vehículos motorizados de
transporte terrestre, propugnando una formación
orientada hacia la conducción responsable y segura, a
los postulantes para obtener una licencia de conducir de
la Clase A Categoría II y III y de la Clase B Categoría
II-c; en consecuencia, procédase a su inscripción en el
Registro Nacional de Escuelas de Conductores, en los
siguientes términos:
Denominación de la Escuela : HERMANOS BURGOS &
ESTRADA ASOCIADOS SRL.
Clase de Escuela : Escuela de Conductores
Integrales
Ubicación del Establecimiento : OFICINAS ADMINISTRATIVAS,
AULAS DE ENSEÑANZA Y
TALLER DE INSTRUCCIÓN
TEÓRICO – PRÁCTICO DE
MECÁNICA
Urbanización Ignacio Merino I
Etapa Mz W1 Lote 26 distrito,
provincia y departamento de
Piura
Plazo de Autorización : Cinco (5) años, computados
a partir del día siguiente de
la publicación de la presente
Resolución Directoral en el
Diario Of‌i cial El Peruano.

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