205 096-2003/SUNAT - Aprueban estatuto y reglamento del Fondo de Empleados de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria

Fecha de disposición01 Mayo 2003
Fecha de publicación01 Mayo 2003
Pág. 243514
NORMAS LEGALES
Lima, jueves 1 de mayo de 2003
CONSIDERANDO:
Que el inciso h) del Artículo 19º del Texto Único Or-
denado de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y
Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supre-
mo Nº 012-2001-PCM, establece que las contratacio-
nes de servicios personalísimos se encuentran exone-
radas de los procesos de Licitación, Concurso Público o
Adjudicaciones Directas, procediendo su contratación
mediante una adjudicación de menor cuantía y debiendo
aprobarse tales exoneraciones según lo establecido por
el Artículo 20º de dicho Texto;
Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo
111º del Reglamento del citado Texto, aprobado por De-
creto Supremo Nº 013-2001-PCM, procede dicha exo-
neración en el caso de los contratos de locación de
servicios para cuya celebración se tenga en cuenta,
como requisito esencial, a la persona del locador, ya sea
por sus características inherentes, particulares o espe-
ciales o por su determinada calidad, profesión, ciencia,
arte u oficio;
Que en los Artículos 105º y 116º del referido Regla-
mento se establecen los procedimientos a que deben
someterse tales contrataciones, precisándose que de-
berá indicarse en la resolución exoneratoria el órgano
que se encargará de llevar a cabo la contratación y que,
una vez aprobada la exoneración, la contratación debe-
rá realizarse mediante acciones inmediatas sobre la base
de la obtención de una cotización que cumpla los requisi-
tos establecidos en las Bases;
Que de acuerdo a lo expuesto en el Informe Técni-
co Nº 001-2003-200000 de la Superintendencia Na-
cional Adjunta de Tributos Internos de la Superinten-
dencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT,
se requiere contratar los servicios profesionales del
Centro Interamericano de Administraciones Tributa-
rias - CIAT, para prestar asesoría y apoyo técnico en
el proceso de desarrollo del modelo de fusión de las
administraciones de tributos internos y aduaneros, así
como en la gestión de personal y organización Inter-
na, por un monto de US$ 96,000.00 (Noventa y seis
mil y 00/100 Dólares Americanos) incluidos todos los
impuestos de ley;
Que el CIAT es un organismo internacional público,
sin fines de lucro, cuya misión es ofrecer un servicio
integral para la modernización de las administraciones
tributarias de América Latina y del Caribe, propiciando
su evolución y consolidación, mediante el intercambio
de conocimientos y experiencias y la prestación de
asistencia técnica especializada;
Que dicho Centro es la única institución especiali-
zada en el continente americano en el campo de la
administración tributaria en los aspectos relacionados a
la formulación, cobro y gestión de los impuestos, tasas,
tributos y/o contribuciones, cuya experiencia está reco-
nocida por sus 29 países miembros de la región y cuen-
ta con el apoyo técnico de la Agencia Estatal de Adminis-
tración Tributaria e Instituto de Estudios Fiscales de Espa-
ña, el Departamento de Ingresos y Aduanas de Canadá,
el Servicio de Rentas Internas de Estados Unidos de
Norteamérica, la Dirección General de Impuestos de
Francia, entre otros;
Que dicho Organismo dispone de recursos
especializados, tecnología, información y el "know how"
de las administraciones tributarias de sus países miem-
bros, en las áreas de: gestión, recaudación, fiscaliza-
ción, cobranza, legislación, gerencia, organización, sis-
temas de información, estadísticas, recursos humanos,
capacitación y tecnología informática;
Que teniendo en consideración el objetivo institucional
del CIAT, el conocimiento que tiene de las mejores prác-
ticas alcanzadas en Latinoamérica y en los países de-
sarrollados de Europa y América, así como su expe-
riencia como órgano ejecutor de programas de fortale-
cimiento en una gran cantidad de administraciones tribu-
tarias y aduaneras, resulta conveniente su contratación
para prestar asesoría y apoyo técnico en el proceso de
fusión de la Superintendencia Nacional de Administración
Tributaria - SUNAT y Superintendencia Nacional de Adua-
nas - ADUANAS, y en general para actividades de la
nueva administración tributaria y aduanera;
Que a través del Informe Legal Nº 014-2003-SUNAT-
2B2300 la División Jurídico Administrativa de la Geren-
cia Procesal y Administrativa de la Intendencia Nacional
Jurídica de esta Superintendencia opina que los servi-
cios a contratar califican como servicios personalísimos;
Que lo expuesto en los citados Informes justifica
técnica y legalmente la contratación del servicio
especializado mediante la exoneración de los proce-
sos de selección antes señalados, cumpliéndose así
con lo previsto en el Artículo 113º del mencionado
Reglamento;
De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 19º
y 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrata-
ciones y Adquisiciones del Estado y en los Artículos
105º, 113º y 116º de su Reglamento; y en uso de las
facultades conferidas en el inciso u) del Artículo 19º del
Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT,
aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar la exoneración del proceso
de selección correspondiente, a la contratación de los
servicios de asesoría y apoyo técnico del Centro
Interamericano de Administraciones Tributarias - CIAT,
servicio que deberá ser prestado en un plazo no ma-
yor a 5 (cinco) meses, y, consecuentemente, autori-
zar a la Intendencia Nacional de Administración a con-
tratar dicho servicio mediante Adjudicación de Menor
Cuantía.
Artículo 2º.- El valor referencial del servicio a con-
tratar asciende a US$ 96,000.00 (Noventa y seis mil y
00/100 Dólares Americanos), incluido impuestos; impor-
te que será financiado con Recursos Propios.
Artículo 3º.- Disponer que la Intendencia Nacional
de Administración remita copia de la presente Resolu-
ción y de los informes que sustentan esta exoneración a
la Contraloría General de la República, dentro de los
diez (10) días calendario siguientes a la fecha de su
emisión.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
BEATRIZ MERINO LUCERO
Superintendente Nacional
08341
Aprueban estatuto y reglamento del
Fondo de Empleados de la Superinten-
dencia Nacional de Administración
Tributaria
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE
ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
Nº 096-2003/SUNAT
Lima, 30 de abril de 2003
CONSIDERANDO:
Que mediante los Decretos Legislativos Nºs. 673 y
680, se crearon los Fondos de Empleados de la Superin-
tendencia Nacional de Administración Tributaria - SU-
NAT y de la ex Superintendencia Nacional de Aduanas -
ADUANAS, con la finalidad de brindar apoyo a sus tra-
bajadores y familiares mediante el otorgamiento de pres-
taciones asistenciales de salud, así como de préstamos
para financiar necesidades de carácter social;
Que a través del Decreto Supremo Nº 061-2002-
PCM, se dispuso la fusión de la SUNAT con ADUANAS,
otorgándole a la primera la calidad de entidad incorpo-
rante;
Que mediante Decreto Supremo Nº 003-2003-PCM
de fecha 2 de enero de 2003, se precisó que la fusión de
la ex ADUANAS y la SUNAT, dispuesta mediante Decre-
to Supremo Nº 061-2002-PCM, implicaba también la fu-
sión de los Fondos de Empleados de ambas entidades,
otorgando plazo hasta el 1 de abril de 2003 para su
concreción, prorrogable por un plazo máximo de tres
meses adicionales;

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