ORDENANZA Nº 00026-2009/MDSA - Disponen el uso del Estadio Municipal previo pago de la tasa establecida en el TUPA de la Municipalidad

Fecha de disposición20 Febrero 2009
Fecha de publicación20 Febrero 2009
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, viernes 20 de febrero de 2009 391269
MUNICIPALIDAD DE
SANTA ANITA
Disponen el uso del Estadio Municipal
previo pago de la tasa establecida en el
TUPA de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 00026-2009/MDSA
Santa Anita, 17 de enero del 2009
VISTO: En sesión ordinaria de Concejo del 29.11.08,
el DICTAMEN Nº 003-2008-CCEDRAJ/MDSA emitido por
la Comisión de Cultura, Educación, Deporte, Recreación
y Asuntos Jurídicos con respecto al alquiler del Estadio
Municipal de Santa Anita.
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política del Estado, en el Artículo
192º establece que las municipalidades tienen competencia
para administrar sus bienes y rentas, que además
pueden crear, modif‌i car y suprimir contribuciones, tasas,
arbitrios, licencias y derechos municipales; y organizar,
reglamentar y administrar los servicios públicos locales de
su responsabilidad.
establece en su Art. 9º inc. 8) que el Concejo Municipal
puede aprobar, modif‌i car o derogar las ordenanzas y dejar
sin efecto los acuerdos;
Que, por Acuerdo de Concejo Nº 014-2008-MDSA se
dio en cesion en uso el Estadio Municipal a favor de la Liga
Deportiva Distrital de Futbol de Santa Anita, desde el 26 de
febrero 2008 hasta el 26 de junio de 2008.
Que, mediante Informe Nº 576-2008/SGSSESRDPV/
GSPDS/MDSA, la Subgerencia de Servicios Sociales,
Educación, Salud, Recreación, Deporte y Participación
Vecinal, da cuenta que la citada Asociación no cumplió
con los compromisos asumidos en la cesión de uso,
como el cuidado y mantenimiento de las instalaciones
deportivas y la promoción de practicas deportivas
con participación de jóvenes del distrito, limitándose
solo a realizar sus campeonatos los días sábados y
domingos, y se cobraba las entradas al público. En
dicho documento, la Subgerencia de Servicios Sociales,
Educación, Salud, Recreación, Deporte y Participación
Vecinal manifiesta que realizó una evaluación
situacional del escenario deportivo cuyo resultado puso
en evidencia el inadecuado mantenimiento de dicha
infraestructura.
Que, el Estadio Municipal es un bien de propiedad
municipal que debe estar al servicio de toda la población
santanitense y su uso debe estar supeditado al pago de
una tasa establecida en el TUPA, que debe ser irrestricto
para toda organización que lo solicite, incluyendo
instituciones educativas públicas y privadas, instituciones
gubernamentales, organizaciones sociales de base y el
empresariado.
Que, el Estadio Municipal necesita generar sus
propios recursos para lograr su mejoramiento, tanto en
infraestructura como en la calidad del servicio que se debe
brindar a la comunidad santanitense, no solo mediante
actividades deportivas, sino también a través de eventos
culturales y recreacionales.
Estando a lo expuesto y a lo dispuesto por el Art. 10º
Nº 27972, el Concejo Municipal por UNANIMIDAD aprueba
la siguiente ORDENANZA:
Artículo Primero.- DISPONER el uso del Estadio
Municipal previo pago de la tasa establecida en el TUPA
de la Municipalidad de Santa Anita.
Artículo Segundo.- Las instituciones públicas o
privadas, que pertenezcan al distrito de Santa Anita, que
requieran utilizar el Estadio Municipal por más de cinco
horas, obtendrán un descuento del 20% sobre el monto
total.
Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento de
la presente Ordenanza a la Gerencia General, Gerencia
de Servicios Públicos y Desarrollo Social y áreas
administrativas correspondientes.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
LEONOR CHUMBIMUNE CAJAHUARINGA
Alcaldesa
314343-1
315121-1
ANEXO I
UNIDAD COSTO % COSTO
CONCEPTO CANTID MEDIDA UNITARIO DEDICAC TOTAL %
COSTOS DIRECTOS 153,894.17 99.42
COSTO DE MANO DE OBRA DIRECTA (*) 6,770.82
Personal Nombrado
Depurador de la base de datos 1 persona 4,824.36 28% 1,350.82
Personal Contratado (CAS)
Analista de Registros 1 persona 1,600.00 100% 1,600.00
Verificador de registros 1 persona 1,600.00 100% 1,600.00
Analista de la Gerencia de Tecnologías de la Información 1 persona 3,000.00 74% 2,220.00
OTROS COSTOS Y GASTOS VARIABLES 147,123.35
Materiales
Tóner 1 unidad 280.00 60% 168.00
Papel 1 millar 30.00 100% 30.00
Servicios de terceros
Servicio de impresión 1 servicio 128,000.00 100% 128,000.00
Servicio de Distribución dentro y fuera del distrito 1 servicio 18,925.35 100% 18,925.35
COSTOS INDIRECTOS Y GASTOS ADMINISTRATIVOS 895.38 0.58
COSTO DE MANO DE OBRA INDIRECTA 845.38
Personal Nombrado
Jefe de Unidad de Servicio y Orientación Tributaria 1 persona 5,635.87 15% 845.38
GASTOS INDIRECTOS Y ADMINISTRATIVOS 50.00
Otros
Movilidad 1 recibo 50.00 100% 50.00
TOTAL GENERAL 154,789.55 100.00
(*) Se está considerando la dedicación promedio del personal de cada área operativa.
ESTRUCTURA DE COSTOS - DERECHO DE COSTO DE EMISIÓN EJERCICIO 2009
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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