Autorizan a empresas la operación de estaciones transmisora y retransmisora del servicio de radiodifusión sonora comercial

Fecha de publicación28 Abril 2000
Fecha de disposición28 Abril 2000
Pág. 186036
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 28 de abril de 2000
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA
Ministro de Relaciones Exteriores
4756
M T C
Autorizan a empresas la operación de
estaciones transmisora y retransmi-
sora del servicio de radiodifusión so-
nora comercial
RESOLUCION VICEMINISTERIAL
Nº 106-2000-MTC/15.03
Lima, 10 de marzo de 2000
VISTA, la solicitud presentada por la empresa HUA-
RAZ DE RADIODIFUSION S.R.LTDA., sobre autoriza-
ción por el plazo de diez (10) años, para operar una
estación transmisora del servicio de radiodifusión sono-
ra comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en
el distrito y provincia de Huaraz, departamento de
Ancash;
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución Ministerial Nº 609-97-MTC/15.19,
del 1.DIC.97, publicada en el Diario Oficial El Peruano
el 4.DIC.97, se otorgó a la empresa HUARAZ DE RADIO-
DIFUSION S.R.LTDA., autorización y permiso de insta-
lación y prueba, por el plazo improrrogable de doce (12)
meses, para operar una estación transmisora del servi-
cio de radiodifusión sonora en FM, en el distrito y
provincia de Huaraz, departamento de Ancash;
Que, la Dirección de Administración de Frecuen-
cias de la Dirección General de Telecomunicaciones,
según los términos del Informe Nº 585-99-MTC/
15.19.03.3 expresa que habiéndose efectuado la ins-
pección técnica a las instalaciones de la referida esta-
ción de radiodifusión en FM, se constató que cuenta
con el equipamiento necesario y han sido satisfacto-
rias las pruebas de funcionamiento; por lo que emite
su conformidad técnica para que se le otorgue la
autorización por diez (10) años;
Que, la Dirección de Asesoría Técnica de la Dirección
General de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº
034-2000-MTC/15.19.01, considera procedente autori-
zar la operación de la citada estación de radiodifusión,
por el plazo de diez (10) años, que incluye el período de
instalación y prueba otorgado por la Resolución Ministe-
rial Nº 609-97 acotada;
De conformidad con los Decretos Supremos Nºs. 013-
93-TCC, 06-94-TCC, 005-98-MTC, 022-98-MTC, 002-99-
MTC y 030-99-MTC; y,
Con la opinión favorable del Director General de
Telecomunicaciones;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar por el plazo de diez (10) años
a la empresa HUARAZ DE RADIODIFUSION
S.R.LTDA., la operación de una estación transmisora del
servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia
Modulada (FM), ubicada en el distrito y provincia de
Huaraz, departamento de Ancash, de acuerdo a las
siguientes características técnicas:
Estación :BC-FM
Frecuencia :106.7 MHz
Indicativo :OCT-3T-FM
Potencia :250 w.
Emisión :256F8E
Horario :H24
Ubicación de
Estudios y Planta
Transmisora :Jr. Lúcar y Torre Nº 664, distrito
y provincia Huaraz, departa-
mento Ancash.
Coordenadas:
L.O. 77° 32' 15"
L.S. 09° 30' 40"
Artículo 2º.- El plazo de la autorización a que se
refiere el artículo precedente incluye el período de insta-
lación y prueba de doce (12) meses otorgado por la
Resolución Ministerial Nº 609-97-MTC/15.19, por tanto
vencerá el 4 de diciembre del 2007. La Dirección General
de Telecomunicaciones procederá a extender la corres-
pondiente licencia de operación.
Artículo 3º.- La presente resolución dejará de surtir
efectos en el caso que la empresa HUARAZ DE RADIO-
DIFUSION S.R.LTDA. incumpla con lo establecido en el
Artículo 150º del Reglamento General de la Ley de
Telecomunicaciones, o incurra en alguna de las causales
contempladas en los incisos 2) al 6) del Artículo 151º del
Reglamento General acotado.
Artículo 4º.- De conformidad con el Artículo 118º del
Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, la
empresa HUARAZ DE RADIODIFUSION S.R.LTDA.
no podrá introducir modificaciones en las características
técnicas establecidas en el Artículo 1º de la presente
resolución, sin la autorización previa de este Ministerio.
Artículo 5º.- Los derechos otorgados en la presente
resolución son intransferibles, salvo previa autorización
del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivien-
da y Construcción, caso contrario y en aplicación del
Artículo 51º del Texto Unico Ordenado de la Ley de
Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº
013-93-TCC, la presente resolución quedará automática-
mente anulada.
Artículo 6º.- La empresa HUARAZ DE RADIODI-
FUSION S.R.LTDA. para solicitar la renovación de la
autorización otorgada, observará el plazo previsto en el
Artículo 178º del Reglamento General de la Ley de
Telecomunicaciones.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JULIO GARCIA TORRES
Viceministro de Comunicaciones
4697
RESOLUCION VICEMINISTERIAL
Nº 107-2000-MTC/15.03
Lima, 10 de marzo de 2000
VISTAS, las solicitudes presentadas por la empresa
RADIO SABOR MIX S.A., sobre autorización por el plazo
de diez (10) años, para operar una estación retransmisora
del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuen-
cia Modulada (FM), ubicada en el distrito y provincia de
Jaén, departamento de Cajamarca; así como autorización
para cambiar de ubicación dicha estación;
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución Viceministerial Nº 240-98-MTC/
15.03, del 3.SET.98, publicada en el Diario Oficial El
Peruano el 19.SET.98, se otorgó a la empresa RADIO
SABOR MIX S.A., autorización y permiso de instalación
y prueba, por el plazo improrrogable de doce (12) meses,
para operar una estación retransmisora del servicio de
radiodifusión sonora en FM, en el distrito y provincia de
Jaén, departamento de Cajamarca;
Que, la Dirección de Administración de Frecuencias de la
Dirección General de Telecomunicaciones, según los términos
del Informe Nº 002-2000-MTC/15.19.03.2 expresa que ha-
biéndose efectuado la inspección técnica a las instalaciones de
la referida estación de radiodifusión en FM, se constató que
cuenta con el equipamiento necesario y han sido satisfactorias
las pruebas de funcionamiento; por lo que emite su conformi-
dad técnica para que se le otorgue la autorización por diez (10)
años, y que asimismo es factible autorizar el cambio de
ubicación de la estación según lo solicitado;
Que, la Dirección de Asesoría Técnica de la Dirección
General de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº
037-2000-MTC/15.19.01, considera procedente autori-
zar la operación de la citada estación de radiodifusión,

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