1068 004-2003-INIA-E.E.POV/D - Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Estación Experimental "El Porvenir" del INIA, correspondiente al Año 2003
Fecha de disposición | 10 Marzo 2003 |
Fecha de publicación | 10 Marzo 2003 |
Pág. 240515
NORMAS LEGALES
Lima, lunes 10 de marzo de 2003
PODER EJECUTIVO
AGRICULTURA
Aprueban Plan Anual de Adquisiciones
y Contrataciones de la Estación Experi-
mental "El Porvenir" del INIA,
correspondiente al año 2003
INSTITUTO NACIONAL DE
INVESTIGACIÓN AGRARIA
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 004-2003-INIA-E.E.POV/D.
El Porvenir, 25 de enero del 2003
VISTO, el Oficio Nº 002-2003-INIA-EE.POV/LOGIST,
de fecha 23 de enero de 2003, de la Responsable del
Área de Logística, mediante el cual propone el Plan Anual
de Adquisiciones y Contrataciones para la Unidad Ejecuto-
ra 008 - Estación Experimental "El Porvenir", del Pliego
163 - Instituto Nacional de Investigación Agraria, Ejercicio
Presupuestal 2003; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 7º del Texto Único Ordenado de la Ley
de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado
por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y Artículo 7º de su
Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-
2001-PCM, establecen que cada entidad elaborará un Plan
Anual de Adquisiciones y Contrataciones que prevea el
tipo de bienes y servicios requeridos durante el Ejercicio
Presupuestal, el mismo que deberá ser aprobado por el
Titular del Pliego;
Que, el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones
de la Estación Experimental "El Porvenir" - INIA, propuesto
para el año 2003, ha sido formulado en función a la asig-
nación presupuestal para el referido ejercicio fiscal;
Que, en cumplimiento de los citados dispositivos, el
Área de Logística ha formulado el Plan Anual correspon-
diente a la Unidad Ejecutora: 008 de la Estación Experi-
mental "El Porvenir", sobre la base de los cuadros de re-
querimientos de bienes y servicios presentados por las
distintas Coordinaciones y Áreas de la Estación Experi-
mental "El Porvenir";
De conformidad con el Artículo 10º del Reglamento de
Organización y Funciones del INIA, aprobado por el Decre-
to Supremo Nº 021-2001-AG y con las visaciones de los
Directores Generales de las Oficinas de Administración y
Asesoría Jurídica;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar el Plan Anual de Adquisi-
ciones y Contrataciones de la Unidad Ejecutora: 008 - Es-
tación Experimental "El Porvenir", del Pliego 163 - Instituto
Nacional de Investigación Agraria, correspondiente al Ejer-
cicio Presupuestal 2003, contenido en el Anexo que forma
parte de la presente Resolución.
Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente
Resolución, en el Diario Oficial de mayor circulación, de la
provincia de San Martín, dentro de los diez (10) días hábiles
siguientes a la fecha de su expedición, asimismo que en igual
plazo se remita el Plan Anual al Consejo Superior de Contrata-
ciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE.
Artículo Tercero.- Determinar que el Plan Anual sea
puesto a disposición de los interesados en el Área de
Logística de la Estación Experimental "El Porvenir" - INIA,
sito en Martínez de Compagñón Nº 1035 - Tarapoto.
Artículo Cuarto.- Disponer que se remita una copia del
Plan Anual a la Comisión de Promoción de Pequeña y
Micro Empresa - PROMPYME por el medio de comunicación
más rápido y en un plazo no mayor de diez (10) días a partir
de su aprobación.
Regístrese y comuníquese.
ÓSCAR E. GUTIÉRREZ VEGA
Director
Estación Experimental El Porvenir - Tarapoto
04523
DEFENSA
Nombran en comisión del servicio a
Colombia al personal FAP que
conformará tripulación de avión que
realizará vuelo en misión oficial de
traslado de ministros de Defensa y
Relaciones Exteriores
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 488 DE/FAP-CP
Lima, 7 de marzo de 2003
Visto el Oficio V-35-DPFI-Nº 0434 de fecha 6 de marzo
de 2003 del Comandante de Operaciones referente al
nombramiento en Comisión del Servicio al extranjero del
Personal de la Fuerza Aérea que se indica;
CONSIDERANDO:
Que, el Personal FAP que se indica en la parte resolu-
tiva, ha sido propuesto para viajar en Comisión del Servicio
a la República de Colombia, ciudad de Bogotá, para con-
formar la tripulación del avión FALCON 20F Nº 300 que
realizará un vuelo en Misión Oficial trasladando al señor
Ministro de Defensa y al señor Ministro de Relaciones Exte-
riores y comitiva, del 10 al 12 de marzo de 2003;
Que, la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-
PCM de fecha 5 de junio de 2002, regulan la autorización de
viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y,
Estando a lo recomendado por el Comandante General
de la Fuerza Aérea del Perú;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Nombrar en Comisión del Servicio a la Re-
pública de Colombia, ciudad de Bogotá, al Personal FAP
que se indica a continuación, el cual conformará la tripula-
ción del avión FALCON 20F Nº 300, que realizará un vuelo
en Misión Oficial trasladando al señor Ministro de Defensa
y al señor Ministro de Relaciones Exteriores y comitiva, del
10 al 12 de marzo de 2003:
Crnl. FAP PAREJA LÓPEZ César Copiloto
May. FAP RODRÍGUEZ CORONEL Javier Piloto
Téc. Insp. FAP ESTACIO NAVEDA José Ing. Vuelo
E.C. FAP TO RRES LAÑAS Virginia Hostess
Artículo 2º.- El Comandante General de la Fuerza Aérea
queda facultado para variar la fecha de inicio y término del
nombramiento, así como efectuar el reemplazo o disminución
de los miembros integrantes del nombramiento a que se refie-
re el artículo anterior, dentro del plazo señalado.
Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea
del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuer-
do a disposiciones vigentes:
Viáticos
US$ 200.00 x 4 personas x 3 días.
Gastos Operativos
US$ 5,200.00
Artículo 4º.- El Coronel FAP PAREJA LÓPEZ César,
tendrá la responsabilidad de rendir cuenta documentada
de los gastos operativos efectuados en el avión FALCON
20F Nº 300, de conformidad a lo establecido en el Decreto
Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002.
Artículo 5º.- Los miembros integrantes de la tripulación
tendrán la responsabilidad de rendir cuenta documentada
de los gastos por viáticos de conformidad a lo establecido
en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de
junio de 2002.
Artículo 6º.- La presente Resolución no dará derecho a
exoneración o liberación de impuestos aduaneros de nin-
guna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME
Ministro de Defensa
04539
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