Modifican el Acuerdo de Concejo N° 105-2003, mediante el cual se estableció monto de remuneración mensual del alcalde y dieta de regidores

Fecha de publicación03 Julio 2004
Fecha de disposición03 Julio 2004
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NORMAS LEGALES
Lima, sábado 3 de julio de 2004
Artículo Cuarto.- Encargar a la Oficina de Rentas, Ofi-
cina de Administración y Unidad de Informática y Estadís-
tica, el cumplimiento de la presente Ordenanza.
Artículo Quinto.- La presente Ordenanza rige para el
Ejercicio Fiscal del año 2004.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
WASHINGTON IPENZA PACHECO
Alcalde
COSTO DE LOS SERVICIOS DE LIMPIEZA PUBLICA PARQUES Y
JARDINES Y SERENAZGO (NUEVOS SOLES) – 2004
DETALLE MONTO
LIMPIEZA PÚBLICA 4’354,361.68
PARQUES Y JARDINES 1’074,419.81
SERENAZGO 1’154,890.20
COSTO TOTAL DEL SERVICIO PÚBLICO 6’583,671.69
Costo total del servicio de Limpieza
Pública 2004 (nuevos soles)
DETALLE MONTO
Personal 1’797,234.96
Materiales y Suministro 1’511,202.88
Disposición final 451,573.84
Gastos generales 15,600.00
Depreciación 578,750.00
4’354,361.68
Costo total del servicio de Parques y
Jardines Público 2004 (nuevos soles)
DETALLE MONTO
Personal 632,210.01
Materiales y Suministro 210,369.80
Costos fijos 149,340.00
Depreciación 82,500.00
1’074,419.81
Costo total del servicio de
Serenazgo 2004 (nuevos soles)
DETALLE MONTO
Personal 662,517.80
Materiales y Suministro 432,398.40
Costos Fijos 38,724.00
Depreciación 21,250.00
1’154,890.20
PROYECCIÓN DE LOS INGRESOS
ARBITRIOS – 2004
DETALLE MONTO
LIMPIEZA PÚBLICA 4’354,361.68
PARQUES Y JARDINES 1’074,419.81
SERENAZGO 1’154,890.20
PROYECCIÓN TOTAL DE LOS ARBITRIOS 6’583,671.69
OTROS USOS ANEXO 1
ARBITRIOS LIMPIEZA PÚBLICA – MERCADO DE ABASTOS – 2004
N° Contri- % UIT MENSUAL TOTAL TOTAL TOTAL TOTAL
buyentes PO TM TM MENSUAL TRIMESTRAL ANUAL
43 2,544.06 81.41 90 7,326.90 21,980.07 87,920.28
OTROS USOS ANEXO 2
ARBITRIOS SERENAZGO – MERCADO DE ABASTOS – 2004
Nº CONTRI- MONTO MENSUAL TOTAL TOTAL TOTAL
BUYENTE X CONTRIBUYENTE MENSUAL TRIMESTRAL ANUAL
43 25.00 1,075.00 3,225.00 12,900.0
OTROS USOS ANEXO 3
ARBITRIOS PARQUES Y JARDINES – MERCADO DE ABASTOS – 2004
Nº CONTRI- MONTO MENSUAL TOTAL TOTAL TOTAL
BUYENTE X CONTRIBUYENTE MENSUAL TRIMESTRAL ANUAL
43 2% 146.54 439.62 1,758.41
12406
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE SAYÁN
Modifican el Acuerdo de Concejo
105-2003, mediante el cual se estable-
ció monto de remuneración mensual del
Alcalde y dieta de Regidores
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 054-2004
Sayán, 21 de mayo de 2004
EL CONCEJO DISTRITAL DE SAYÁN
VISTO:
En Sesión de Concejo de la fecha; y,
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 27972,
Ley Orgánica de Municipalidades, señala que el Alcalde
desempeña su cargo a tiempo completo y es rentado me-
diante una remuneración mensual; y los Regidores des-
empeñan su cargo a tiempo parcial y tienen derecho a die-
tas, la cual es fijada discrecionalmente de acuerdo a la real
y tangible capacidad económica del gobierno local, los mis-
mos se fijan previo Acuerdo del Concejo Municipal dentro
del primer trimestre del año en gestión;
Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 105-2003 de
fecha 3 de julio de 2003, se estableció en su artículo pri-
mero la remuneración del Alcalde para el año 2004, y en el
artículo segundo en fijar que durante el ejercicio presupues-
tal del 2004, el monto que por concepto de dieta percibirán
cada uno de los Regidores del Concejo Distrital de Sayán,
constituía la suma de S/. 600.00 (seiscientos con 00/100
nuevos soles) por asistencia efectiva a sesión, hasta un
máximo de cuatro (4) sesiones mensuales;
Que, de la revisión del citado Acuerdo de Concejo se
colige que el mismo establece los montos de remunera-
ción del Alcalde y dietas de los Regidores, respectivamente,
durante el ejercicio presupuestal 2004, situación que no se
encuentra acorde con lo establecido en la Ley Nº 27972,
puesto que la remuneración y las dietas del Alcalde y de
los Regidores, respectivamente, de acuerdo con la norma
debe ser contemplado para toda la gestión;
Que, en tal sentido es necesario dictar el acto corres-
pondiente que precise la situación descrita en el párrafo
anterior, de conformidad con las normas de la materia;
Que, de igual forma es necesario precisar que de acuer-
do a lo señalado en el Acuerdo de Concejo referido las
dietas de los Regidores ascienden a la suma de S/. 2,400
(dos mil cuatrocientos y 00/100 nuevos soles) mensuales
como máximo, la cual se encuentra debidamente presu-

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